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Document 62015CN0146
Case C-146/15: Request for a preliminary ruling from the Raad van State (Netherlands) lodged on 26 March 2015 — J.H. Dees-Erf, other parties: Staatssecretaris van Infrastructuur en Milieu, Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV
Asunto C-146/15: Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad von State (Países Bajos) el 26 de marzo de 2015 — J.H. Dees-Erf/Staatssecretaris van Infrastructuur en milieu, Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV
Asunto C-146/15: Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad von State (Países Bajos) el 26 de marzo de 2015 — J.H. Dees-Erf/Staatssecretaris van Infrastructuur en milieu, Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV
DO C 198 de 15.6.2015, p. 22–23
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
15.6.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 198/22 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad von State (Países Bajos) el 26 de marzo de 2015 — J.H. Dees-Erf/Staatssecretaris van Infrastructuur en milieu, Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV
(Asunto C-146/15)
(2015/C 198/30)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Raad von State
Partes en el procedimiento principal
Demandante: J.H. Dees-Erf
Demandadas: Staatssecretaris van Infrastructuur en milieu, Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV
Cuestión prejudicial
El artículo 16 del Reglamento (CE) no 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) no 295/91 (DO L 46, p. 1), habida cuenta de que el Derecho neerlandés ofrece acceso al juez de lo civil para la protección de los derechos que los pasajeros, en virtud del Derecho de la Unión, pueden deducir de los artículos 5, apartado 1, inicio y letra c), y 7, del Reglamento, ¿obliga a las autoridades nacionales a adoptar medidas de aplicación que ofrezcan una base para que la autoridad designada en virtud del artículo 16 pueda adoptar medidas administrativas con el fin de que se dé cumplimiento al Reglamento de forma individual en cada caso concreto en el que se infrinjan los artículos 5, apartado 1, inicio y letra c), y 7, del Reglamento, al objeto de poder garantizar de forma individual en cada caso concreto el derecho a compensación de un pasajero?