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Document 62015CN0146

    Asunto C-146/15: Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad von State (Países Bajos) el 26 de marzo de 2015 — J.H. Dees-Erf/Staatssecretaris van Infrastructuur en milieu, Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV

    DO C 198 de 15.6.2015, p. 22–23 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.6.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 198/22


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad von State (Países Bajos) el 26 de marzo de 2015 — J.H. Dees-Erf/Staatssecretaris van Infrastructuur en milieu, Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV

    (Asunto C-146/15)

    (2015/C 198/30)

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Raad von State

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: J.H. Dees-Erf

    Demandadas: Staatssecretaris van Infrastructuur en milieu, Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV

    Cuestión prejudicial

    El artículo 16 del Reglamento (CE) no 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) no 295/91 (DO L 46, p. 1), habida cuenta de que el Derecho neerlandés ofrece acceso al juez de lo civil para la protección de los derechos que los pasajeros, en virtud del Derecho de la Unión, pueden deducir de los artículos 5, apartado 1, inicio y letra c), y 7, del Reglamento, ¿obliga a las autoridades nacionales a adoptar medidas de aplicación que ofrezcan una base para que la autoridad designada en virtud del artículo 16 pueda adoptar medidas administrativas con el fin de que se dé cumplimiento al Reglamento de forma individual en cada caso concreto en el que se infrinjan los artículos 5, apartado 1, inicio y letra c), y 7, del Reglamento, al objeto de poder garantizar de forma individual en cada caso concreto el derecho a compensación de un pasajero?


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