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Document 62014TA0068
Case T-68/14: Judgment of the General Court of 3 May 2016 — Post Bank Iran v Council (Common foreign and security policy — Restrictive measures adopted against Iran with the aim of preventing nuclear proliferation — Freezing of funds — Plea of illegality — Article 46(2) of Regulation (EU) No 267/2012 — Article 215 TFEU — Article 20(1)(c) of Decision 2010/413/CFSP, as amended by Article 1(7) of Decision 2012/35/CFSP — Article 23(2)(d) of Regulation No 267/2012 — Fundamental rights — Articles 2 TEU, 21 TEU and 23 TEU — Articles 17 and 52 of the Charter of Fundamental Rights — Error of assessment — Equal treatment — Non-discrimination — Principle of sound administration — Obligation to state reasons — Misuse of powers — Legitimate expectations — Proportionality)
Asunto T-68/14: Sentencia del Tribunal General de 3 de mayo de 2016 — Post Bank Iran/Consejo [«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra la República Islámica de Irán a fin de impedir la proliferación nuclear — Congelación de fondos — Excepción de ilegalidad — Artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) n.° 267/2012 — Artículo 215 TFUE — Artículo 20, apartado 1, letra c), de la Decisión 2010/413/PESC, en su versión modificada por el artículo 1, punto 7, de la Decisión 2012/35/PESC — Artículo 23, apartado 2, letra d), del Reglamento n.° 267/2012 — Derechos fundamentales — Artículos 2 TUE, 21 TUE y 23 TUE — Artículos 17 y 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales — Error de apreciación — Igualdad de trato — No discriminación — Principio de buena administración — Obligación de motivación — Desviación de poder — Confianza legítima — Proporcionalidad»]
Asunto T-68/14: Sentencia del Tribunal General de 3 de mayo de 2016 — Post Bank Iran/Consejo [«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra la República Islámica de Irán a fin de impedir la proliferación nuclear — Congelación de fondos — Excepción de ilegalidad — Artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) n.° 267/2012 — Artículo 215 TFUE — Artículo 20, apartado 1, letra c), de la Decisión 2010/413/PESC, en su versión modificada por el artículo 1, punto 7, de la Decisión 2012/35/PESC — Artículo 23, apartado 2, letra d), del Reglamento n.° 267/2012 — Derechos fundamentales — Artículos 2 TUE, 21 TUE y 23 TUE — Artículos 17 y 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales — Error de apreciación — Igualdad de trato — No discriminación — Principio de buena administración — Obligación de motivación — Desviación de poder — Confianza legítima — Proporcionalidad»]
DO C 222 de 20.6.2016, p. 14–15
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
20.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 222/14 |
Sentencia del Tribunal General de 3 de mayo de 2016 — Post Bank Iran/Consejo
(Asunto T-68/14) (1)
([«Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas contra la República Islámica de Irán a fin de impedir la proliferación nuclear - Congelación de fondos - Excepción de ilegalidad - Artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 267/2012 - Artículo 215 TFUE - Artículo 20, apartado 1, letra c), de la Decisión 2010/413/PESC, en su versión modificada por el artículo 1, punto 7, de la Decisión 2012/35/PESC - Artículo 23, apartado 2, letra d), del Reglamento n.o 267/2012 - Derechos fundamentales - Artículos 2 TUE, 21 TUE y 23 TUE - Artículos 17 y 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales - Error de apreciación - Igualdad de trato - No discriminación - Principio de buena administración - Obligación de motivación - Desviación de poder - Confianza legítima - Proporcionalidad»])
(2016/C 222/15)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Post Bank Iran (Teherán, Irán) (representante: D. Luff, abogado)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: I. Rodios y M. Bishop, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: Comisión Europea (representantes: F. Castillo de la Torre y D. Gauci, agentes)
Objeto
Por una parte, pretensión de anulación, en virtud de los artículos 263 TFUE y 275 TFUE, de la Decisión 2013/661/PESC del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 306, p. 18), y del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1154/2013 del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 267/2012 sobre medidas restrictivas contra Irán (DO L 306, p. 3), en lo que afecta a la demandante, y, por otra parte, pretensión de declaración de inaplicabilidad con respecto a la demandante, en virtud del artículo 277 TFUE, del artículo 20, apartado 1, letra c), de la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC (DO L 195, p. 39), en su versión modificada por el artículo 1, punto 7, de la Decisión 2012/35/PESC del Consejo, de 23 de enero de 2012 (DO L 19, p. 22), así como del artículo 23, apartado 2, letra d), y del artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 961/2010 (DO L 88, p. 1).
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar en costas a Post Bank Iran. |