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Document 62014CA0095

Asunto C-95/14: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 16 de julio de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Milano — Italia) — Unione Nazionale Industria Conciaria (UNIC), Unione Nazionale dei Consumatori di Prodotti in Pelle, Materie Concianti, Accessori e Componenti (Uni.co.pel)/FS Retail, Luna srl, Gatsby srl (Procedimiento prejudicial — Libre circulación de mercancías — Artículos 34 TFUE a 36 TFUE — Medidas de efecto equivalente — Directiva 94/11/CE — Artículos 3 y 5 — Armonización exhaustiva — Prohibición de obstaculizar la comercialización de artículos de calzado conforme a las disposiciones en materia de etiquetado de la Directiva 94/11 — Normativa nacional que exige la indicación del país de origen en la etiqueta de los productos transformados en el extranjero utilizando la expresión en italiano «pelle» — Artículos despachados a libre práctica)

DO C 302 de 14.9.2015, p. 6–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

14.9.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 302/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 16 de julio de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Milano — Italia) — Unione Nazionale Industria Conciaria (UNIC), Unione Nazionale dei Consumatori di Prodotti in Pelle, Materie Concianti, Accessori e Componenti (Uni.co.pel)/FS Retail, Luna srl, Gatsby srl

(Asunto C-95/14) (1)

((Procedimiento prejudicial - Libre circulación de mercancías - Artículos 34 TFUE a 36 TFUE - Medidas de efecto equivalente - Directiva 94/11/CE - Artículos 3 y 5 - Armonización exhaustiva - Prohibición de obstaculizar la comercialización de artículos de calzado conforme a las disposiciones en materia de etiquetado de la Directiva 94/11 - Normativa nacional que exige la indicación del país de origen en la etiqueta de los productos transformados en el extranjero utilizando la expresión en italiano «pelle» - Artículos despachados a libre práctica))

(2015/C 302/07)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale di Milano

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Unione Nazionale Industria Conciaria (UNIC), Unione Nazionale dei Consumatori di Prodotti in Pelle, Materie Concianti, Accessori e Componenti (Uni.co.pel)

Demandadas: FS Retail, Luna srl, Gatsby srl

Fallo

Los artículos 3 y 5 de la Directiva 94/11 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de marzo de 1994, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en relación con el etiquetado de los materiales utilizados en los componentes principales del calzado destinado a la venta al consumidor, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una legislación de un Estado miembro, como la controvertida en el litigio principal, que prohíbe, entre otras cosas, la comercialización de componentes en cuero de artículos de calzado procedentes de otros Estados miembros o de países terceros y que, en este caso, ya han sido comercializados en otro Estado miembro o en el Estado miembro de que se trata, cuando dichos productos no incluyen una indicación relativa a su país de origen.


(1)  DO C 245, de 28.7.2014.


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