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Document 62013TB0279

    Asunto T-279/13: Auto del Tribunal General de 15 de febrero de 2016 — Ezz y otros/Consejo («Recurso de anulación — Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Egipto — Medidas adoptadas contra personas responsables de apropiación indebida de capitales y personas y entidades asociadas a ellas — Congelación de fondos — Inclusión de los demandantes en la lista de las personas afectadas — Base jurídica — Inobservancia de los criterios de inclusión — Error de Derecho — Error de hecho — Derecho de propiedad — Ataque a la reputación — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Obligación de motivación — Adaptación de las pretensiones y de los motivos — Litispendencia — Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente carente de todo fundamente jurídico»)

    DO C 118 de 4.4.2016, p. 31–32 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    4.4.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 118/31


    Auto del Tribunal General de 15 de febrero de 2016 — Ezz y otros/Consejo

    (Asunto T-279/13) (1)

    ((«Recurso de anulación - Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Egipto - Medidas adoptadas contra personas responsables de apropiación indebida de capitales y personas y entidades asociadas a ellas - Congelación de fondos - Inclusión de los demandantes en la lista de las personas afectadas - Base jurídica - Inobservancia de los criterios de inclusión - Error de Derecho - Error de hecho - Derecho de propiedad - Ataque a la reputación - Derecho de defensa - Derecho a la tutela judicial efectiva - Obligación de motivación - Adaptación de las pretensiones y de los motivos - Litispendencia - Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente carente de todo fundamente jurídico»))

    (2016/C 118/35)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandantes: Ahmed Abdelaziz Ezz (Guiza, Egipto), Abla Mohammed Fawzi Ali Ahmed Salama (El Cairo, Egipto), Khadiga Ahmed Ahmed Kamel Yassin (Guiza) y Shahinaz Abdel Azizabdel Wahab Al Naggar (Guiza) (representantes: J. Binns, Solicitor, J. Lewis, QC, B. Kennelly, J. Pobjoy, Barristers, S. Rowe y J.-F. Bellis, abogados)

    Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: I. Gurov y M. Bishop, agentes)

    Objeto

    Anulación, por una parte, de la Decisión 2011/172/PESC del Consejo, de 21 de marzo de 2011, relativa a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto (DO L 76, p. 63), en su versión modificada por la Decisión 2013/144/PESC del Consejo, de 21 de marzo de 2013 (DO L 82, p. 54), y, por otra, del Reglamento (UE) n.o 270/2011, «prorrogado mediante una resolución del Consejo notificada a los demandantes mediante escrito de 22 de marzo de 2013», del Consejo, de 21 de marzo de 2011, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto (DO L 76, p. 4), en la medida en que estos actos se apliquen a los demandantes.

    Fallo

    1)

    Desestimar el recurso.

    2)

    El Sr. Ahmed Abdelaziz Ezz y las Sras. Abla Mohammed Fawzi Ali Ahmed Salama, Khadiga Ahmed Ahmed Kamel Yassin y Shahinaz Abdel Azizabdel Wahab Al Naggar cargarán, además de con sus propias costas, con las costas en que ha incurrido el Consejo de la Unión Europea.


    (1)  DO C 207 de 20.7.2013.


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