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Document 62013CA0277
Case C-277/13: Judgment of the Court (First Chamber) of 11 September 2014 — European Commission v Portuguese Republic (Failure of a Member State to fulfil obligations — Directive 96/67/EC — Article 11 — Air transport — Groundhandling service — Selection of suppliers)
Asunto C-277/13: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de septiembre de 2014 — Comisión Europea/República Portuguesa (Incumplimiento de Estado — Directiva 96/67/CE — Artículo 11 — Transporte aéreo — Servicio de asistencia en tierra — Selección de agentes de asistencia en tierra)
Asunto C-277/13: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de septiembre de 2014 — Comisión Europea/República Portuguesa (Incumplimiento de Estado — Directiva 96/67/CE — Artículo 11 — Transporte aéreo — Servicio de asistencia en tierra — Selección de agentes de asistencia en tierra)
DO C 409 de 17.11.2014, p. 14–14
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
17.11.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 409/14 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de septiembre de 2014 — Comisión Europea/República Portuguesa
(Asunto C-277/13) (1)
((Incumplimiento de Estado - Directiva 96/67/CE - Artículo 11 - Transporte aéreo - Servicio de asistencia en tierra - Selección de agentes de asistencia en tierra))
2014/C 409/19
Lengua de procedimiento: portugués
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: P. Guerra e Andrade y F.W. Bulst, agentes)
Demandada: República Portuguesa (representantes: L. Inez Fernandes, T. Falcao y V. Moura Ramos, agentes)
Fallo
1) |
Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 11 de la Directiva 96/67/CE del Consejo, de 15 de octubre de 1996, relativa al acceso al mercado de asistencia en tierra en los aeropuertos de la Comunidad, al no haber adoptado las medidas necesarias para que se organice un procedimiento de selección de los agentes autorizados para prestar servicios de asistencia en tierra en los aeropuertos de Lisboa, Oporto y Faro, en lo que atañe a los «equipajes», a las «operaciones en pista» y a la «carga y correo», de conformidad con el citado artículo. |
2) |
Condenar en costas a la República Portuguesa. |