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Document 62012TA0026

    Asunto T-26/12: Sentencia del Tribunal General de 25 de junio de 2015 — PT Musim Mas/Consejo [«Dumping — Importaciones de determinados alcoholes grasos y sus mezclas originarios de India, Indonesia y Malasia — Ajuste — Artículo 2, apartados 9 y 10, letra i), del Reglamento (CE) no 1225/2009 — Funciones similares a las de un agente que trabaja a comisión — Entidad económica única — Error manifiesto de apreciación — Principio de buena administración — Igualdad y no discriminación»]

    DO C 262 de 10.8.2015, p. 16–16 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    10.8.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 262/16


    Sentencia del Tribunal General de 25 de junio de 2015 — PT Musim Mas/Consejo

    (Asunto T-26/12) (1)

    ([«Dumping - Importaciones de determinados alcoholes grasos y sus mezclas originarios de India, Indonesia y Malasia - Ajuste - Artículo 2, apartados 9 y 10, letra i), del Reglamento (CE) no 1225/2009 - Funciones similares a las de un agente que trabaja a comisión - Entidad económica única - Error manifiesto de apreciación - Principio de buena administración - Igualdad y no discriminación»])

    (2015/C 262/20)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: PT Perindustrian dan Perdagangan Musim Semi Mas (PT Musim Mas) (Medan, Indonesia) (representante: D. Luff, abogado)

    Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: J.-P. Hix, agente, asistido inicialmente por G. Berrisch, abogado, y N. Chesaites, Barrister, posteriormente D. Geradin, abogado, y por último E. McGovern, Barrister)

    Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: M. França y A. Stobiecka-Kuik, agentes); Sasol Olefins & Surfactants GmbH (Hamburgo, Alemania); y Sasol Germany GmbH (Hamburgo) (representantes: inicialmente V. Akritidis, abogado, y J. Beck, Solicitor, posteriormente V. Akritidis)

    Objeto

    Anulación del Reglamento de Ejecución (UE) no 1138/2011 del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinados alcoholes grasos y sus mezclas originarios de la India, Indonesia y Malasia (DO L 293, p. 1), y del Reglamento de Ejecución (UE) no 1241/2012 del Consejo, de 11 de diciembre de 2012, que modifica el Reglamento de Ejecución no 1138/2011 (DO L 352, p. 1).

    Fallo

    1)

    Desestimar el recurso.

    2)

    PT Perindustrian dan Perdagangan Musim Semi Mas (PT Musim Mas) cargará con sus propias costas y con aquellas en que haya incurrido el Consejo de la Unión Europea.

    3)

    La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

    4)

    Sasol Olefins & Surfactants GmbH y Sasol Germany GmbH cargarán con sus propias costas.


    (1)  DO C 80, de 17.3.2012.


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