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Document 62010TN0157

    Asunto T-157/10: Recurso interpuesto el 8 de abril de 2010 — Barilla/OAMI — Brauerei Schlösser (ALIXIR)

    DO C 148 de 5.6.2010, p. 47–47 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    5.6.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 148/47


    Recurso interpuesto el 8 de abril de 2010 — Barilla/OAMI — Brauerei Schlösser (ALIXIR)

    (Asunto T-157/10)

    2010/C 148/76

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

    Partes

    Demandante: Barilla G. e R. Fratelli SpA (Parma, Italia) (representantes: A. Colmano, G. Sironi y A. Vanzetti, abogados)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Brauerei Schlösser GmbH (Dusseldorf, Alemania)

    Pretensiones de la parte demandante

    Que se anule la resolución de la Sala Segunda de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 25 de enero de 2010 en el asunto R 820/2009-2.

    Que se desestime la oposición formulada por la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso contra el registro de la marca comunitaria de que se trata.

    Con carácter subsidiario, que se devuelva el asunto a la demandada para que ésta pueda desestimar la oposición.

    Que se condene a la demandada y a la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso al pago de las costas de estos procedimientos.

    Motivos y principales alegaciones

    Solicitante de la marca comunitaria: La parte demandante

    Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «ALIXIR» para productos de la clase 32, entre otros

    Titular de la marca o del signo invocados en oposición: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

    Marca o signo invocados en oposición: Marca denominativa «Elixeer», registrada en Alemania para productos de la clase 32

    Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición en su totalidad

    Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

    Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo por parte de la Sala de Recurso, al haber concluido erróneamente que existía un riesgo de confusión entre las marcas de que se trata.


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