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Document 62010TN0140
Case T-140/10: Action brought on 26 March 2010 — Hans Günter Söns v OHIM — Settimio (GREAT CHINA WALL)
Asunto T-140/10: Recurso interpuesto el 26 de marzo de 2010 — Hans Günter Söns/OAMI — Settimio (GREAT CHINA WALL)
Asunto T-140/10: Recurso interpuesto el 26 de marzo de 2010 — Hans Günter Söns/OAMI — Settimio (GREAT CHINA WALL)
DO C 148 de 5.6.2010, p. 39–40
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
5.6.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 148/39 |
Recurso interpuesto el 26 de marzo de 2010 — Hans Günter Söns/OAMI — Settimio (GREAT CHINA WALL)
(Asunto T-140/10)
2010/C 148/66
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Hans Günter Söns (Wehr, Alemania) (representante: M. Schwabe, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Alfredo Settimio (Los Ángeles, Estados Unidos)
Pretensiones de la parte demandante
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Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 26 de enero de 2010 en el asunto R 281/2009-1. |
— |
Que se ordene a la demandada declarar la nulidad de la marca comunitaria registrada respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad. |
— |
Que se condene en costas a la demandada. |
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad: La marca denominativa «GREAT CHINA WALL», para productos de las clases 18, 24 y 25
Titular de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: El demandante
Resolución de la División de Anulación: Denegación de la solicitud de nulidad
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 7, letras c) y g), del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, en la medida en que la Sala de Recurso aplicó erróneamente las normas en cuestión; infracción de acuerdos internacionales relativos a la protección de las indicaciones geográficas.