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Document 62010TA0436

    Asunto T-436/10: Sentencia del Tribunal General de 15 de julio de 2015 — HIT Groep/Comisión («Competencia — Prácticas colusorias — Mercado europeo del acero para pretensado — Fijación de precios, reparto del mercado e intercambio de información comercial sensible — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE — Normas relativas a la imputabilidad de las prácticas contrarias a la competencia de una filial a su sociedad matriz — Presunción de ejercicio efectivo de una influencia decisiva — Plazo razonable»)

    DO C 302 de 14.9.2015, p. 40–40 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    14.9.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 302/40


    Sentencia del Tribunal General de 15 de julio de 2015 — HIT Groep/Comisión

    (Asunto T-436/10) (1)

    ((«Competencia - Prácticas colusorias - Mercado europeo del acero para pretensado - Fijación de precios, reparto del mercado e intercambio de información comercial sensible - Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE - Normas relativas a la imputabilidad de las prácticas contrarias a la competencia de una filial a su sociedad matriz - Presunción de ejercicio efectivo de una influencia decisiva - Plazo razonable»))

    (2015/C 302/50)

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Partes

    Demandante: HIT Groep BV (Haarlem, Países Bajos) (representantes: inicialmente G. van der Wal, G. Oosterhuis y H. Albers, posteriormente G. van der Wal y G. Oosterhuis, abogados)

    Demandada: Comisión Europea (representantes: P. Van Nuffel, S. Noë y V. Bottka, agentes)

    Objeto

    Recurso de anulación de la Decisión C(2010) 4387 final de la Comisión, de 30 de junio de 2010, relativa a un procedimiento conforme al artículo 101 TFUE y al artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/38.344 — Acero para pretensado), modificada por la Decisión C(2010) 6676 final de la Comisión, de 30 de septiembre de 2010, y por la Decisión C(2011) 2269 final de la Comisión, de 4 de abril de 2011.

    Fallo

    1)

    Desestimar el recurso.

    2)

    HIT Groep BV cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.


    (1)  DO C 317, de 20.11.2010.


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