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Document 52018DC0802

Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO dirigida a corregir la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en Rumanía

COM/2018/802 final

Bruselas, 21.11.2018

COM(2018) 802 final

Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

dirigida a corregir la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en Rumanía

{SWD(2018) 503 final}


Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

dirigida a corregir la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en Rumanía

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 4,

Visto el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas 1 , y en particular su artículo 10, apartado 2, párrafo segundo,

Vista la Recomendación de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)El 16 de junio de 2017, el Consejo decidió, de conformidad con el artículo 121, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («TFUE»), que en 2016 se había observado en Rumanía una desviación significativa del -1% del PIB respecto del objetivo presupuestario a medio plazo. Habida cuenta de la significativa desviación constatada, el Consejo emitió el 16 de junio de 2017 una Recomendación dirigida a Rumanía para que tomase las medidas necesarias a fin de garantizar que la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto no superase el 3,3 % en 2017, lo que corresponde a un ajuste estructural anual del 0,5 % del PIB. El 5 de diciembre de 2017, el Consejo concluyó que Rumanía no había tomado medidas efectivas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 16 de junio de 2017 y emitió una recomendación revisada. En la nueva recomendación, el Consejo pidió a Rumanía que adoptase las medidas necesarias para garantizar que la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto no rebasara el 3,3 % en 2018, lo que corresponde a un ajuste estructural anual del 0,8 % del PIB. El 22 de junio de 2018, el Consejo concluyó que Rumanía no había tomado medidas efectivas en respuesta a la recomendación revisada del Consejo de 5 de diciembre de 2017.

(2)El 22 de junio de 2018, el Consejo determinó, de conformidad con el artículo 121, apartado 4, del Tratado, que también en 2017 se había observado en Rumanía una desviación significativa respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo. Habida cuenta de la significativa desviación constatada, el Consejo emitió el 22 de junio de 2018 una Recomendación 2 dirigida a Rumanía para que tomase las medidas necesarias a fin de garantizar que la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto 3 no superase el 3,3 % en 2018 ni el 5,1 % en 2019, lo que corresponde a un ajuste estructural anual del 0,8 % del PIB cada año. El Consejo recomendó también a Rumanía que utilizase todos los beneficios imprevistos para reducir el déficit; al mismo tiempo, las medidas de saneamiento presupuestario habrán de garantizar una mejora duradera del saldo estructural de las administraciones públicas que sea propicia al crecimiento. El Consejo estableció la fecha límite de 15 de octubre de 2018 para que Rumanía informase sobre las medidas adoptadas en respuesta a dicha Recomendación.

(3)El 13 de julio de 2018, el Consejo recomendó a Rumanía que en 2018 y en 2019 cumpla la Recomendación del Consejo de 22 de junio de 2018 de corrección de la significativa desviación respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo 4 .

(4)Los días 27 y 28 de septiembre de 2018, la Comisión llevó a cabo una misión de supervisión reforzada en Rumanía a efectos de comprobación in situ, con arreglo al artículo -11, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1466/97. Después de haber enviado sus conclusiones provisionales a las autoridades rumanas para que presentasen sus observaciones, la Comisión informó de sus conclusiones al Consejo el 21 de noviembre de 2018. Estas conclusiones se hicieron públicas posteriormente.

(5)El 16 de octubre de 2018, las autoridades rumanas presentaron el informe sobre las medidas efectivas aplicadas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 22 de junio de 2018 5 . Habida cuenta de la información facilitada por las autoridades rumanas en su informe y la evaluación global basada en las previsiones del otoño de 2018 de la Comisión, el Consejo de 21 de noviembre de 2018 llegó a la conclusión de que Rumanía no ha adoptado medidas efectivas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 22 de junio de 2018.

(6)Teniendo en cuenta que Rumanía no ha adoptado ninguna medida efectiva al respecto, y dada la gran desviación acumulada respecto de la trayectoria de ajuste adecuada hacia el objetivo presupuestario a medio plazo, es conveniente dirigir a este Estado miembro una recomendación revisada sobre las medidas apropiadas que deban adoptarse, con arreglo al artículo 121, apartado 4, del TFUE.

(7)El déficit estructural de Rumanía aumentó un 2,1 % del PIB en 2016 y un 1,2 % del PIB en 2017. Alcanzó el 3,4 % del PIB en 2017, y según las previsiones del otoño de 2018 de la Comisión, se estabilizaría globalmente a partir de 2018. Para corregir las desviaciones acumuladas y conseguir que Rumanía vuelva a la senda adecuada de ajuste tras las pasadas desviaciones, se precisa esfuerzo adicional que complemente el esfuerzo estructural del 0,8 % del PIB recomendado por el Consejo el 22 de junio de 2018. Un esfuerzo adicional del 0,2 % del PIB parece apropiado, dada la magnitud de la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste recomendada hacia el objetivo presupuestario a medio plazo. Dicho esfuerzo aceleraría el ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo sin poner en peligro el crecimiento económico.

(8)La mejora del saldo estructural requerida del 1,0 % del PIB en 2019 es coherente con la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto, no superior al 4,5 % en 2019.

(9)Según las previsiones de la otoño de 2018 de la Comisión, se prevé un nuevo deterioro del saldo estructural del 0,1 % del PIB en 2019. Por consiguiente, una mejora estructural del 1,0 % del PIB exige que se adopten medidas con un rendimiento estructural total del 1,1 % del PIB en 2019, con respecto a la base de referencia actual de las previsiones del otoño de 2018 de la Comisión.

(10)Según las previsiones del otoño de 2018 de la Comisión, el déficit de las administraciones públicas será del 3,4 % del PIB en 2019, cifra que se sitúa por encima del valor de referencia del 3 % del PIB establecido en el Tratado. El ajuste estructural requerido parece adecuado también para garantizar que Rumanía respete el valor de referencia del 3 % del PIB establecido en el Tratado en 2019 con un margen.

(11)El hecho de que no se actuara de acuerdo con las recomendaciones anteriores para corregir la desviación significativa observada y el riesgo de que se rebase el valor de referencia establecido en el Tratado exigen la adopción de medidas urgentes para volver a situar la política fiscal de Rumanía en una trayectoria prudente.

(12)Con el fin de alcanzar los objetivos presupuestarios recomendados, es fundamental que Rumanía adopte y aplique estrictamente las medidas necesarias y que realice un estrecho seguimiento de la evolución del gasto corriente.

(13)Los requisitos formulados en la presente Recomendación sustituyen a los elementos correspondientes establecidos en la recomendación presupuestaria contenida en la Recomendación del Consejo dirigida a Rumanía el 13 de julio de 2018.

(14)Rumanía debe informar al Consejo sobre las medidas adoptadas en respuesta a la presente Recomendación a más tardar el 15 de abril de 2019, posiblemente como parte de su Programa de Convergencia, presentado de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n.º 1466/97.

(15)Procede que la presente Recomendación se haga pública.

RECOMIENDA QUE RUMANÍA:

(1)tome las medidas necesarias para asegurar que la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto no sea superior al 4,5 % en 2019, lo que corresponde a un ajuste estructural anual del 1,0 % del PIB y situará al Estado miembro en la trayectoria de ajuste adecuada hacia el objetivo presupuestario a medio plazo.

(2)utilice todos los beneficios imprevistos para reducir el déficit; al mismo tiempo, las medidas de saneamiento presupuestario habrán de garantizar una mejora duradera del saldo estructural de las administraciones públicas que sea propicia al crecimiento.

(3)informe al Consejo, a más tardar el 15 de abril de 2019, sobre las medidas tomadas en respuesta a la presente Recomendación; el informe debe contener medidas suficientemente detalladas y presentadas de forma verosímil, con indicación de la repercusión presupuestaria de cada una de ellas, así como previsiones presupuestarias actualizadas y pormenorizadas para 2019.

El destinatario de la presente Recomendación es Rumanía.

Hecho en Bruselas, el

   Por el Consejo

   El Presidente

(1)    DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2)    DO C 223 de 27.6.2018, p. 3.
(3)    El gasto público primario neto se compone del gasto público total menos el gasto en concepto de intereses, el gasto en programas de la Unión que se contrarreste totalmente con los ingresos de fondos de la Unión y los cambios no discrecionales en los gastos destinados a prestaciones de desempleo. La formación bruta de capital fijo financiada a nivel nacional se verá facilitada durante un período de cuatro años. Las medidas discrecionales relacionadas con los ingresos o los aumentos de los ingresos fijados legalmente se integran en el cálculo. Las medidas puntuales por el lado de los ingresos y del gasto se integran sobre una base neta.
(4)    Recomendación del Consejo, de 13 de julio de 2018, relativa al Programa Nacional de Reformas de 2018 de Rumanía y por la que se emite un Dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2018 de Rumanía (DO C 320 de 10.9.2018, p. 98).
(5)    Disponible en http://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-13279-2018-INIT/en/pdf
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