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Ficha resumen
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Evaluación de impacto relativa a la propuesta sobre una base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades (BICCIS)
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A. Necesidad de actuar
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¿Por qué? ¿Cuál es el problema que se afronta? Máximo once líneas
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En la actualidad, coexisten en la UE veintiocho sistemas del impuesto sobre sociedades diferentes que brindan oportunidades de planificación fiscal agresiva, en perjuicio de la ética y la equidad tributarias. Esta fragmentación del impuesto genera asimismo elevados costes de cumplimiento y supone un obstáculo a la inversión. La mayoría de los sistemas fiscales nacionales favorecen la financiación por endeudamiento frente a la financiación mediante recursos propios, lo que incrementa los niveles de deuda y afecta a la resiliencia de la economía. Además, las inversiones de las empresas de la UE en investigación y desarrollo son inferiores a las que se realizan en otras grandes economías.
Estos problemas vienen determinados por la internacionalización de las empresas y la creciente movilidad de los beneficios. Al mismo tiempo, las bases imponibles se determinan a nivel nacional, lo que incentiva a los Estados miembros a protegerlas de forma unilateral y a atraer los beneficios móviles. Una acción unilateral no permite resolver los problemas fundamentales. Estos problemas incrementan la complejidad, dificultando aún más la evolución del mercado único y creando barreras adicionales a la inversión y el crecimiento.
Las empresas se ven afectadas de diversas maneras. En particular, las que operan a escala transfronteriza tienen que soportar elevados costes de cumplimiento, mientras que las que ejercen una planificación fiscal agresiva prosperan a expensas de otras empresas y de los ciudadanos.
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¿Cuál es el objetivo que se espera alcanzar con esta iniciativa? Máximo ocho líneas
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Uno de los principales objetivos consiste en lograr una mayor equidad del sistema tributario abordando algunas de las causas profundas de la elusión del impuesto sobre sociedades. Ello debería permitir i) una reducción significativa de la planificación fiscal transfronteriza, ii) la creación de unas condiciones más equitativas entre las empresas nacionales y multinacionales, iii) la garantía de que las empresas paguen una justa proporción de la carga fiscal, y iv) una mayor sensibilización general de los contribuyentes hacia los aspectos relacionados con la ética fiscal. Paralelamente, la iniciativa tiene por objeto estimular el crecimiento y la inversión mediante i) la simplificación del complejo sistema del impuesto sobre sociedades existente en la UE a fin de reducir los costes de cumplimiento y las cargas administrativas; ii) la eliminación de los riesgos de doble imposición y otras discriminaciones y restricciones existentes, iii) la reducción de las distorsiones que la fiscalidad provoca en la inversión y en las decisiones de financiación, y iv) la creación de incentivos para invertir en la UE, apoyando, entre otras cosas, la I+D y la innovación.
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¿Cuál es el valor añadido de la actuación a nivel de la UE? Máximo siete líneas
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El valor añadido a nivel de la UE es una mejora adicional de la movilidad de los capitales dentro de la Unión mediante la reducción de los costes de cumplimiento y de las barreras fiscales transfronterizas. Al mismo tiempo, la acción de la UE garantiza que las actividades de las empresas multinacionales dentro de la UE no eludan someterse a un nivel de imposición justo. Un enfoque común de la base imponible del impuesto sobre sociedades de la UE contribuye a restablecer la relación entre la imposición y la creación de valor.
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B. Soluciones
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¿Qué opciones legislativas y no legislativas se han estudiado? ¿Existe o no una opción preferida? ¿Por qué? Máximo catorce líneas
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La principal opción considerada es una propuesta para el establecimiento de una base consolidada común del impuesto sobre sociedades. Es preciso realizar una elección fundamental en lo que se refiere al alcance de dicha base imponible, es decir, a quiénes debería aplicarse. Las principales opciones que se han barajado han sido la extensión de la obligatoriedad de la BICCIS a todas las empresas o su limitación a un subconjunto de ellas. Se han analizado una serie de opciones dirigidas a neutralizar el sesgo en favor del endeudamiento que fomentan los actuales sistemas fiscales. Cabe adoptar dos acciones de principio: permitir la deducción de los costes de financiación tanto mediante recursos propios como mediante deuda o prohibir la deducción de ambos. En lo que se refiere a los incentivos en materia de I+D, las opciones esenciales contemplan una bonificación fiscal por gastos de inversión en I+D, con diversos grados de generosidad.
Tras la valoración de las distintas opciones, se ha determinado como opción preferida la siguiente: una BICCIS obligatoria para las grandes empresas, complementada con una bonificación en concepto de crecimiento e inversión y con una bonificación por gastos de I+D. La bonificación en concepto de crecimiento e inversión concede deducciones de los costes de financiación mediante deuda y mediante recursos propios dentro de ciertos límites para evitar el fraude y la planificación fiscal. La bonificación por gastos de I+D tiene por objeto mantener, como mínimo, los actuales incentivos fiscales en I+D. El análisis muestra que la BICCIS ofrece ventajas evidentes frente a la alternativa de no adoptar medida alguna.
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¿Quién apoya cada opción? Máximo siete líneas
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El relanzamiento de la BICCIS ha recibido un apoyo generalizado por parte de todos los grupos de interés. El apoyo mayor ha procedido de las ONG, los particulares y otros participantes en la consulta, pero también de algunas empresas, especialmente de las pymes. Las ONG, las pymes y los particulares también están decididamente a favor de que se confiera a la BICCIS carácter (parcialmente) obligatorio; las grandes empresas se oponen a ello. Por otro lado, una clara mayoría de partes interesadas se pronunció a favor de crear una BICCIS facultativa. Tanto las pequeñas como las grandes empresas apoyaron también en gran medida la concesión de un trato favorable a la I+D y la propuesta de abordar el problema de la financiación mediante deuda o mediante recursos propios a través de una bonificación por recursos propios en el marco de la iniciativa reactivada.
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C. Repercusiones de la opción preferida
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¿Cuáles son las ventajas de la opción preferida (de haberla, o bien de las opciones principales)? Máximo doce líneas
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Se espera que la aplicación de la opción preferida aumente la equidad de los sistemas fiscales y cree igualdad de condiciones gracias a la eliminación efectiva de los incentivos para la planificación fiscal agresiva en la UE. Ello facilitaría el pago por las grandes empresas de la justa proporción de la carga fiscal y haría que el contribuyente adquiriera mayor sensibilización en aspectos relacionados con la ética fiscal. Por otra parte, se eliminarían de forma efectiva los obstáculos fiscales transfronterizos dentro de la UE. Las distorsiones en las decisiones de financiación de las empresas se reducirían gracias a la bonificación en concepto de crecimiento y empleo, que permite equiparar la financiación mediante endeudamiento a la financiación mediante recursos propios. Los incentivos fiscales a la I+D no solo se mantienen, sino que se refuerzan y racionalizan.
Se espera que la propuesta aporte ventajas económicas. La BICCIS, completada con una bonificación en concepto de crecimiento e inversión, daría lugar a un aumento de la inversión y el empleo de hasta el 3,4 % y el 0,6 %, respectivamente. Globalmente, el crecimiento aumentaría hasta en un 1,2 %. Se espera que disminuyan los costes de cumplimiento (un 10 % en términos de tiempo y un 2,5 % términos de costes). Los costes que entraña la creación de una filial disminuirían hasta un 67 %, facilitando la expanción de las sociedades (incluidas las pymes) en el extranjero.
No se prevé que la opción preferida tenga un impacto importante desde el punto de vista ambiental. El impacto social también será limitado.
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¿Cuáles son los costes de la opción preferida (de haberla, o bien de las opciones principales)? Máximo doce líneas
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Los costes de la propuesta en términos de ingresos fiscales nacionales dependerán de la forma en que los Estados miembros ajusten sus tipos impositivos a la nueva base imponible, de la generosidad de la bonificación en concepto de inversión y crecimiento y de los incentivos de I+D. Los costes administrativos y de cumplimiento de la opción preferida están vinculados fundamentalmente a la transición de los sistemas vigentes de imposición de las sociedades a una BICCIS. Ahora bien, solo se incurrirá en estos costes una sola vez. No se dispone de datos cuantitativos sobre los costes que habrán de soportar las autoridades tributarias en concepto de administración de un impuesto específico o la introducción de otro nuevo. Ello se debe a que la mayoría de las administraciones tributarias (y los correspondientes sistemas de TI) están organizadas por funciones y no por categorías de impuestos.
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¿Cómo se verán afectadas las empresas, las pymes y las microempresas? Máximo ocho líneas
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En el caso de las grandes empresas que entran en el ámbito de aplicación del elemento obligatorio, esta base común será obligatoria. Se trata de un cambio importante para esta categoría de empresas que creará unas condiciones más equitativas dentro de la UE. Todas las demás empresas podrán aplicar el BICCIS con carácter facultativo. Por consiguiente, no se verán afectadas de forma inmediata si deciden continuar utilizando el sistema nacional. Cuando las empresas decidan aplicar la BICCIS será porque consideren que el sistema ofrece ventajas, por ejemplo en cuanto a la reducción de los costes de cumplimiento y al aumento de la eficiencia. Por consiguiente, el impacto será positivo.
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¿Se producirán efectos significativos sobre los presupuestos y las administraciones nacionales? Máximo cuatro líneas
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Se producirán dos efectos directos sobre los ingresos fiscales. En primer lugar, la BICCIS modificará las normas de cálculo de la base imponible frente a las existentes en los sistemas nacionales, haciendo que para la mayoría de los Estados miembros esa base imponible sea menor. En segundo lugar, la base imponible de los grupos multinacionales se asignará a los Estados miembros aplicando una fórmula que mide la actividad económica y basada en la mano de obra, el capital social y las ventas. Sin embargo, es difícil predecir exactamente los cambios que se producirán en última instancia, ya que el impacto en los ingresos dependerá asimismo de cómo ajusten los Estados miembros los tipos impositivos en respuesta a la nueva base imponible, así como de cuál sea la reacción de las empresas ante las novedades.
Globalmente considerada, la aplicación paralela de los sistemas fiscales nacionales y la BICCIS supondrá una carga mayor para las administraciones tributarias, ya que deberán gestionar dos impuestos distintos, si bien similares. Sin embargo, las sociedades multinacionales solo presentarán una declaración fiscal en la UE, lo que reducirá al mismo tiempo la carga de las administraciones fiscales. Además, la administración de la documentación sobre precios de transferencia se reducirá en gran medida.
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¿Se producirán otros impactos significativos? Máximo seis líneas
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La BICCIS aumentará el atractivo de la UE a efectos de inversión. Los inversores no tendrán que analizar y evaluar las especificidades y disposiciones de veintiocho sistemas fiscales a la hora de invertir en la UE, lo que reducirá sus costes administrativos y de cumplimiento. Asimismo, la base imponible acompañada de incentivos por I+D y de una bonificación en concepto de crecimiento e inversión aumentará la competitividad de la UE, ya que las inversiones serán más rentables y aumentará la resiliencia de la economía.
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D. Seguimiento
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¿Cuándo se revisará la política? Máximo cuatro líneas
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La política se evaluarán entre tres y cinco años después de su puesta en práctica. Este plazo parece razonable dado que tanto las empresas como las administraciones tributarias necesitan tiempo para adaptarse y proporcionar los datos pertinentes.
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