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Document 52015TA1209(35)
Report on the annual accounts of the European Union's Judicial Cooperation Unit for the financial year 2014, together with Eurojust’s reply
Informe sobre las cuentas anuales de la Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2014, acompañado de las respuestas de Eurojust
Informe sobre las cuentas anuales de la Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2014, acompañado de las respuestas de Eurojust
DO C 409 de 9.12.2015, p. 315–323
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
9.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 409/315 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2014, acompañado de las respuestas de Eurojust
(2015/C 409/35)
INTRODUCCIÓN
1. |
La Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea (en lo sucesivo denominada «Eurojust»), con sede en La Haya, se creó en virtud de la Decisión 2002/187/JAI del Consejo (1) con la finalidad de reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia organizada. Su misión consiste en mejorar la coordinación de las investigaciones y actuaciones judiciales transfronterizas entre los Estados miembros de la Unión Europea, y entre los Estados miembros y terceros países (2). |
INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
2. |
El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de Eurojust, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores y un análisis de las manifestaciones de la dirección. |
DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
Responsabilidades de la dirección
Responsabilidades del auditor
Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas
Opinión sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas
|
10. |
Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal. |
COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA
11. |
La incidencia financiera de los ajustes salariales y del incremento del coeficiente de corrección del ejercicio actual y del anterior, ambos decididos por las autoridades presupuestarias en abril de 2014, no estaban incluidos en el presupuesto inicial correspondiente al ejercicio 2014. El déficit en el presupuesto salarial de aproximadamente 1,8 millones de euros exigió recortes temporales en los gastos de operaciones, principalmente para proyectos de tratamiento de datos y de gestión de la información, así como transferencias significativas de las líneas presupuestarias relativas a los gastos administrativos y de funcionamiento al final del ejercicio. Al final de noviembre de 2014, el déficit se había compensado en parte gracias a un presupuesto rectificativo que proporcionaba 1,2 millones de euros adicionales a Eurojust. Además se contrajeron compromisos para alcanzar el nivel de la ejecución de los proyectos. |
12. |
El porcentaje global de los créditos comprometidos fue elevado, situándose en el 99 %. Sin embargo, en el título III (gastos de funcionamiento) el nivel de créditos comprometidos prorrogados a 2015 fue elevado situándose en 2,6 millones de euros, es decir, el 35 % (2,3 millones de euros, es decir, el 32 % en 2013), lo que se debió principalmente al déficit presupuestario temporal durante el ejercicio en el que solo fue posible contraer compromisos al final de este (véase el apartado 11), así como a proyectos de ayuda a equipos de investigación de carácter conjunto iniciados durante los últimos meses de 2014 en cuyo caso los pagos no eran exigibles hasta 2015. |
SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
13. |
En el anexo I figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con el ejercicio anterior. |
El presente Informe ha sido aprobado por la sala IV, presidida por Milan Martin CVIKL, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 8 de septiembre de 2015.
Por el Tribunal de Cuentas
Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA
Presidente
(1) DO L 63 de 6.3.2002, p. 1.
(2) El anexo II presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de Eurojust.
(3) Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, el estado de cambios en los activos netos y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.
(4) Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.
(5) Artículos 39 y 50 del Reglamento Delegado (UE) no 1271/2013 de la Comisión (DO L 328 de 7.12.2013, p. 42).
(6) Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Nomas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.
(7) Artículo 107 del Reglamento (UE) no 1271/2013.
(8) Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).
ANEXO I
Seguimiento de los comentarios de ejercicios anteriores
Ejercicio |
Comentario del Tribunal |
Estado de aplicación de la medida correctora (Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto) |
2011 |
En el Informe relativo al ejercicio 2010, el Tribunal señaló que habría que estudiar la posibilidad de redefinir las funciones y competencias respectivas del director y el Colegio de Eurojust con el fin de evitar el solapamiento de responsabilidades, derivadas actualmente del Reglamento de base. En 2011 no se adoptaron medidas correctoras. |
En curso (nuevo Reglamento de Eurojust en elaboración) |
2013 |
El porcentaje de créditos comprometidos en los diferentes títulos variaba entre un 99 % y un 98 % de los créditos totales, lo cual indica que los compromisos jurídicos se suscribieron dentro de plazo. El nivel de créditos comprometidos que se prorrogaron a 2014 fue sin embargo elevado en el título III (gastos de funcionamiento), ya que ascendió a 2 3 41 825 euros (32 %), debido sobre todo a los retrasos en el traspaso de la gestión del software interno a un nuevo proveedor de servicios a final de año. Asimismo, los reembolsos de gastos con cargo a los regímenes de ayuda en apoyo de los equipos de investigación de carácter conjunto no eran exigibles hasta 2014. |
Sin objeto |
2013 |
En 2013, Eurojust procedió a 49 transferencias presupuestarias que afectaban a 101 líneas presupuestarias, lo cual denota insuficiencias en la planificación y ejecución del presupuesto. |
Aplicada |
ANEXO II
Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea (La Haya)
Competencias y actividades
Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado (artículo 85 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) |
La función de Eurojust es apoyar y reforzar la coordinación y la cooperación entre las autoridades nacionales encargadas de la lucha contra la delincuencia grave que tenga una dimensión transfronteriza y que afecte a la Unión Europea. |
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Competencias de Eurojust (definidas en los artículos 3, 5, 6 y 7 de la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, modificada por la Decisión 2003/659/JAI del Consejo y la Decisión 2009/426/JAI del Consejo) |
Objetivos Artículo 3 de la Decisión del Consejo por la que se crea Eurojust En el marco de investigaciones y actuaciones judiciales que afecten a dos o más Estados miembros, referidas a las conductas delictivas previstas en el artículo 4 que entren en el ámbito de la delincuencia grave, en particular en los casos de delincuencia organizada, los objetivos de Eurojust serán los siguientes:
Funciones Artículo 5 de la Decisión del Consejo por la que se crea Eurojust
Artículo 6 de la Decisión del Consejo por la que se crea Eurojust
Artículo 7 de la Decisión del Consejo por la que se crea Eurojust
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Gobernanza (artículos 2, 9, 23, 28, 29 y 36 de la Decisión 2002/187/JAI de Eurojust; artículo 3 del reglamento interno de Eurojust) |
Colegio El Colegio es responsable de la organización y el funcionamiento de Eurojust y está compuesto por los miembros nacionales enviados por los Estados miembros conforme a las condiciones establecidas en su sistema jurídico respectivo. Los miembros deberán tener la condición de fiscal, juez o funcionario de policía de competencia equivalente. El Colegio elige su presidente entre los miembros nacionales. Director El director administrativo es designado por el Colegio por mayoría de dos tercios. Autoridad común de control Supervisa el tratamiento de los datos personales. Auditor externo Tribunal de Cuentas Europeo. Autoridad de aprobación de la gestión Parlamento Europeo, previa recomendación del Consejo, actuando por mayoría cualificada. |
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Medios a disposición de Eurojust en 2014 (2013) |
Presupuesto definitivo 33,9(32,4) millones de euros, incluidos los ingresos afectados Efectivos a 31 de diciembre de 2014 Miembros nacionales: 28 (de los cuales 2 basados en los Estados miembros) (28, de los cuales 2 basados en los Estados miembros) Miembros nacionales adjuntos: 21 (de los cuales 11 basados en los Estados miembros) (20, de los cuales 11 basados en los Estados miembros) Asistentes de los miembros nacionales: 21 (de los cuales 9 basados en los Estados miembros) (21, de los cuales 8 basados en los Estados miembros) Agentes temporales: 199 (203) Agentes contractuales: 27 (27) Expertos nacionales en comisión de servicio: 24 (14) |
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Productos y servicios facilitados en 2014 (2013) |
Total de reuniones de coordinación: 196 (206) Total de asuntos: 1 804(1 576) Tráfico de drogas: 283 (239) (1) Inmigración ilegal: 32 (25) (1) Trata de personas: 71 (84) (1) Fraude: 560 (449) (1) Ciberdelincuencia: 42 (29) (1) Terrorismo: 14 (17) (1) Crimen organizado (móvil): 128 (257) (1) Delitos PIF: 76 (31) (1) Corrupción: 55 (52) (1) |
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(1) La lista de delitos utilizada a efectos de clasificación refleja los tipos de delincuencia prioritarios para Eurojust en 2014.
Fuente: Anexo facilitado por Eurojust.
RESPUESTAS DE EUROJUST
11. |
Eurojust está de acuerdo con el comentario y en el futuro incluirá en su presupuesto los ajustes salariales anticipados y aumentos del coeficiente corrector, que probablemente se decidirán tras la adopción del presupuesto. |
12. |
Eurojust está de acuerdo con el comentario. |