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Document 52014PC0055
Proposal for a COUNCIL IMPLEMENTING DECISION amending Implementing Decision 2011/344/EU on granting Union financial assistance to Portugal
Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal
Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal
/* COM/2014/055 final - 2014/0028 (NLE) */
Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal /* COM/2014/055 final - 2014/0028 (NLE) */
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS A petición de
Portugal, el 17 de mayo de 2011 el Consejo concedió una ayuda financiera a ese
país (Decisión de Ejecución 2011/344/UE del Consejo) en apoyo a un estricto
programa de reformas económicas destinado a restablecer la confianza, propiciar
el regreso de la economía a una senda de crecimiento sostenible y preservar la
estabilidad financiera de Portugal, la zona del euro y la UE. De conformidad con el artículo 3,
apartado 10, de la Decisión 2011/344/UE, la Comisión, conjuntamente con el FMI
y en concertación con el BCE, ha llevado a cabo la décima evaluación de los
progresos realizados en la aplicación de las medidas acordadas, así como de la
eficacia e incidencia económica y social de dichas medidas. Teniendo en cuenta la reciente evolución
económica, presupuestaria y financiera y las medidas tomadas en estos ámbitos,
la Comisión considera que son necesarias algunas modificaciones de las
condiciones de política económica a las que se supedita la ayuda a fin de
garantizar los objetivos del programa, según se explica en los considerandos de
la propuesta de modificación de la Decisión de Ejecución del Consejo. 2014/0028 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de
Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión
a Portugal EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, Visto el Reglamento (UE) nº 407/2010 del
Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de
estabilización financiera[1],
y en particular su artículo 3, apartado 2, Vista la propuesta de la Comisión
Europea, Considerando lo siguiente: (1) El Consejo concedió una
ayuda financiera a Portugal, a petición de este último, el 17 de mayo de 2011,
mediante la Decisión de Ejecución 2011/344/UE del Consejo[2]. Esa ayuda
financiera se concedió en apoyo a un estricto programa de reformas económicas y
financieras («el Programa») destinado a restablecer la confianza, propiciar el
regreso de la economía a una senda de crecimiento sostenible y preservar la
estabilidad financiera de Portugal, la zona del euro y la Unión. (2) De conformidad con el
artículo 3, apartado 10, de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, la Comisión,
conjuntamente con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y en concertación con
el Banco Central Europeo (BCE), procedió a realizar, entre el 4 y el 16 de
diciembre de 2013, la décima evaluación de los avances de las autoridades
portuguesas en la aplicación de las medidas acordadas en virtud del Programa. (3) El crecimiento
trimestral del PIB se mantuvo en valores positivos en el tercer trimestre de
2013 y los indicadores a corto plazo apuntan a la recuperación económica
prevista. Sobre una base anual, todavía se prevé que el PIB real disminuya un
1,6 % en 2013, pero que repunte en 2014 y 2015, con un crecimiento del
0,8 % y el 1,5 %, respectivamente. Las perspectivas del mercado de
trabajo también han mejorado, pero el desempleo, que sigue siendo alto, debería
de alcanzar su nivel máximo (16,8 %) en 2014 y disminuir posteriormente de
manera progresiva. Persisten los riesgos de sobreestimación de las perspectivas
macroeconómicas, pues la recuperación prevista depende en gran medida de la
evolución positiva del comercio y del mercado financiero, que a su vez depende
de la coyuntura europea global. (4) Hasta noviembre de 2013
el déficit de caja de las administraciones públicas había registrado una mejora
del 0,25 % del PIB (excluidos los factores extraordinarios) en comparación
con el mismo período del año anterior, al ser más elevado el ritmo de
crecimiento de los ingresos que el de los gastos. La aceleración del
crecimiento de los ingresos fiscales se debe a la recuperación de la actividad
económica en los últimos meses, así como a la mejora de la eficiencia de la
administración tributaria, especialmente en la lucha contra el fraude. Por el
lado de los gastos, la ejecución del presupuesto está, en general, en
consonancia con los objetivos del segundo presupuesto suplementario. (5) Es probable que en 2013
se alcance el objetivo de déficit de las administraciones públicas del
5,5 % del PIB (excluidas las recapitalizaciones de los bancos) e incluso cabe la posibilidad que el déficit se sitúe por debajo de
ese nivel. Ello se debe a la materialización
de diversos riesgos positivos en los últimos meses del año, en paralelo a la
disipación de la mayoría de los riesgos negativos. En particular, se
espera que la recaudación tributaria supere los objetivos implícitos en el
segundo presupuesto suplementario. Además, el rendimiento del régimen
extraordinario de regularización puesto en marcha a finales de 2013 para las
cotizaciones a la seguridad social y los impuestos pendientes se situó cerca de
3 décimas del PIB por encima de lo previsto. También se espera que la absorción
de los fondos de la UE mejore las previsiones iniciales. Además, se han
mitigado los riesgos negativos de las renegociaciones de las asociaciones de
los sectores público y privado. No obstante, persisten algunos riesgos negativos,
relacionados en concreto con la posible sobrestimación de la recaudación de los
impuestos sobre la propiedad inmobiliaria, sin que quepa excluir rebasamientos
de partidas concretas de gasto, como los costes de personal, el consumo
intermedio y las prestaciones por pensiones. (6) El presupuesto del
Estado para 2014 y otras disposiciones legislativas conexas son coherentes con
el objetivo de un déficit equivalente al 4 % del PIB en 2014. Con el fin
de alcanzar ese objetivo se están aplicando medidas de saneamiento de un
importe equivalente a aproximadamente el 2,3 % del PIB, las cuales cubren
asimismo las presiones presupuestarias y la necesidad de reconstituir la
dotación presupuestaria provisional para 2014. Se trata principalmente de
medidas de carácter permanente que, en su mayoría, contemplan recortes del
gasto.
La mayor parte del saneamiento en 2014, aproximadamente el 1,8 % del PIB,
procede del examen del gasto público realizado a lo largo del pasado año con
objeto de mejorar la equidad y la eficiencia en la prestación de las
transferencias sociales y los servicios públicos. Las principales medidas de
revisión del gasto público se articulan en torno a tres grandes ejes: a) la limitación del gasto de la masa
salarial del sector público, mediante la disminución del empleo público,
modificando al mismo tiempo su composición hacia empleos más cualificados,
especialmente mediante un programa de recualificación y un plan de bajas
voluntarias incentivadas; una mayor convergencia de las normas laborales de los
sectores público y privado y la revisión de la escala salarial, así como la
racionalización de los complementos salariales; el aumento de las cotizaciones
de los beneficiarios a los regímenes públicos especiales de seguridad social,
con miras a la autofinanciación de dichos regímenes; b) la limitación del gasto público en
pensiones, dada la necesidad de reevaluar su sostenibilidad en función de la
evolución demográfica, sin dejar de proteger las pensiones mínimas, mediante el
aumento de la edad legal de jubilación a través de cambios en el factor de
sostenibilidad; la recalibración de la «contribución extraordinaria de
solidaridad», mediante la reducción del umbral mínimo de aplicación del tipo
progresivo y los umbrales de aplicación de los tipos más elevados; la
racionalización de las pensiones de supervivencia del régimen de los
funcionarios (CGA) y del régimen general de pensiones. la reducción de las
pensiones vitalicias de los políticos; c) ahorros en el consumo intermedio y
los programas de gasto en todos los ministerios. (7) Del lado de los
ingresos, otras medidas permanentes de menor rendimiento, de un importe
equivalente al 0,4 % del PIB, mejorarán la eficiencia y la equidad de la
actual estructura tributaria y de prestaciones, complementando el paquete de
revisión del gasto público con vistas a alcanzar el objetivo de déficit del
4 % del PIB. Además, se aplicarán una serie de medidas excepcionales, de
un importe equivalente al 0,2 % del PIB, con las que se obtendrán ingresos
superiores a los costes de los pagos anticipados excepcionales derivados de la
introducción del sistema de bajas mutuamente acordadas en el sector público. (8) La mayor parte de las
medidas citadas se adoptaron a través de la Ley presupuestaria de 2014 o
mediante la modificación de disposiciones legislativas específicas. Algunas de
las medidas de saneamiento presupuestario previstas aún no se han plasmado
plenamente en la legislación. Cabe citar, por ejemplo, el endurecimiento de las
condiciones de admisibilidad de las pensiones de supervivencia (más allá del
cambio de los índices de sustitución en caso de acumulación con otras
pensiones); la venta de licencias de juego en línea; la transferencia del fondo
de enfermedad de los servicios postales (CTT) a las administraciones públicas y
la venta de concesiones portuarias. (9) El 1 de enero de 2014
entró en vigor una amplia reforma del impuesto de sociedades, aprobada en el
Parlamento en diciembre de 2013, con el objetivo de promover la simplificación
y estimular la internacionalización y la competitividad de las empresas
portuguesas. Un aspecto clave de la reforma es la reducción, del 25 % al
23 %, del tipo normal del impuesto de sociedades y la introducción de un
tipo reducido (17 %) aplicable a los primeros 15 000 EUR de los ingresos
imponibles de las PYME. Además de los recargos existentes, se aplicará un
tercer recargo público del 7 % a los beneficios imponibles que excedan de
35 millones EUR. La renovación de los incentivos fiscales, la modificación de
la tributación de los dividendos y las plusvalías y del régimen aplicable a los
grupos de empresas y los activos intangibles, la introducción de un régimen de
exención de las participaciones, la prórroga del período en que puede
procederse a la compensación de pérdidas y una limitación adicional de la
deducibilidad de los intereses constituyen otras disposiciones clave de la
reforma. (10) Se prevé que el ratio
deuda/PIB llegue a un máximo del 129,5 % en 2013 y descienda a partir de
entonces. En comparación con las revisiones octava y novena combinadas, la
revisión al alza del perfil de endeudamiento, a pesar de los resultados de la
ejecución presupuestaria, mejores de lo esperado, se explica en gran parte por
un incremento sustancial del saldo de caja del Tesoro y el aplazamiento hasta
2014 de algunas operaciones de reducción de la deuda a corto plazo por parte
del Fondo de Estabilización Financiera de la Seguridad Social. En consecuencia,
se prevé que la deuda neta –excluidos los depósitos en efectivo de la IGCP–
alcance un máximo de alrededor del 120 % del PIB, ligeramente por debajo
del nivel contemplado en la última revisión. La disminución prevista a partir
de 2014 de la proporción del PIB que representa el endeudamiento de las
administraciones públicas se sustentará en la recuperación económica
anticipada, la disminución de los depósitos en efectivo y la realización de las
operaciones de efecto reductor de la deuda a corto plazo de la Seguridad
Social. (11) El proceso de ajuste
presupuestario va acompañado de una serie de medidas presupuestarias de
carácter estructural encaminadas a reforzar el control del gasto público y
mejorar la obtención de ingresos. La amplia reforma de la Ley del marco
presupuestario está avanzando en varios ámbitos de gran importancia. Sin
embargo, dado el alcance de la reforma y la necesidad de llevar a cabo una
amplia consulta con todos los interlocutores pertinentes, está previsto que el
proceso se lleve a cabo en dos fases. El nuevo sistema de control de los
compromisos está brindando resultados al limitar la acumulación de nuevos
atrasos, pero su aplicación debe ser objeto de seguimiento riguroso a fin de
garantizar que la financiación disponible cubra los compromisos. Se creará un
grupo de trabajo para evaluar y mejorar este proceso. Se están introduciendo
reformas en la Administración Pública con vistas a la modernización y
racionalización del empleo público y de las entidades del sector público.
Prosiguen las reformas encaminadas a implantar un modelo moderno de gestión del
riesgo de incumplimiento en la administración tributaria. Recientemente se ha
establecido una nueva unidad de evaluación de riesgos que pronto será
operativa, centrándose, en primer lugar, en la mejora del cumplimiento de las
obligaciones fiscales de determinados grupos de contribuyentes, como los
trabajadores por cuenta propia y las grandes fortunas. Otras reformas se han
retrasado, como la reducción de las delegaciones locales de la administración
tributaria. Aunque la renegociación de las asociaciones público-privadas (APP)
ha registrado avances, no fue posible concluirla a finales de 2013. No
obstante, se espera un ahorro significativo para 2014 y años posteriores. Las
empresas estatales alcanzaron el equilibrio operativo por término medio a
finales de 2012 y se han previsto reformas adicionales para que sus resultados
no vuelvan a deteriorarse. La privatización ha avanzado notablemente y los
ingresos rebasan el objetivo previsto en el marco del programa. Las reformas
del sector sanitario están produciendo ahorros significativos y su ejecución se
prosigue cumpliendo globalmente los objetivos. (12) Sigue avanzando la
ejecución de las políticas y reformas en el sector sanitario, generando ahorros
gracias al aumento de la eficiencia. El déficit consolidado del sector se ha
reducido considerablemente desde 2010. Sin embargo, el volumen de atrasos
pendientes, las restricciones presupuestarias y el aumento de los costes de la
mano de obra debido al restablecimiento de las 13ª y 14ª pagas extra han
obligado a las autoridades a acelerar las reformas. La existencia de un
importante volumen de atrasos está estrechamente (aunque no exclusivamente)
relacionada con la financiación deficitaria crónica de los hospitales de
titularidad pública con respecto a los servicios prestados en ellos. Las autoridades
mantienen su compromiso de aplicar la reforma hospitalaria en curso y modular
continuamente el conjunto de medidas relativas a los productos farmacéuticos,
la contratación pública centralizada y la atención primaria. (13) Los ratios de capital de los
bancos han seguido alcanzando confortablemente los niveles para las reservas
reglamentarias de capital establecidos por la Autoridad Bancaria Europea y el
objetivo del programa por lo que respecta al 10 % de capital básico de
clase 1. Esa reserva de capital sigue siendo adecuada en todo el sector si se
aplican las nuevas normas de la IV revisión de la Directiva sobre requisitos de
capital (DRC IV) para evaluar los fondos propios de los bancos. Las nuevas
normas de capital son de aplicación desde enero de 2014 y fijan un umbral del
7 % para el ratio capital básico de clase 1. El ratio de préstamos y
depósitos de todo el sector es del 120,7 %, y es probable que siga
descendiendo hasta finales de 2014. Algunos bancos se sitúan ya por debajo de ese
umbral. Se están intensificando constantemente los esfuerzos para diversificar
las fuentes de financiación del sector empresarial. Basándose en las
recomendaciones de la auditoría externa de 2013 sobe las actuales líneas de
crédito respaldadas por el Estado, las autoridades están aplicando las medidas
encaminadas a mejorar el rendimiento y la gobernanza de esos instrumentos, en
particular las capacidades y prácticas de gestión del riesgo. Ya se ha
establecido y es plenamente aplicable el marco jurídico para las nuevas
herramientas de reestructuración de la deuda de los hogares, con el que se
pretende contribuir a su liquidación no contenciosa. También se está evaluando
el impacto de los cambios en la legislación sobre la insolvencia y la
recuperación de las sociedades, pues ya están en funcionamiento los nuevos
mecanismos de reestructuración y cobro de deudas. Se está completando el
conjunto de instrumentos de gestión de crisis. El fondo de resolución de
entidades financieras ya está en funcionamiento, se han conferido competencias
para intervenir anticipadamente y se ha modificado la normativa sobre
recapitalización en consonancia con la Comunicación de la Comisión sobre la
aplicación de las normas sobre ayudas estatales a las medidas de apoyo a los
bancos en el contexto de la crisis financiera[3].Se
está aplicando el plan de mejora de la eficacia y la gobernanza del Sistema
Nacional de Garantía para atender mejor las necesidades de financiación de las
PYME. (14) Se han realizado nuevos
avances en la aplicación de reformas estructurales que propician el crecimiento
y la competitividad. Las autoridades han adoptado medidas adicionales para
reducir el desempleo y aumentar la eficacia del mercado de trabajo, en
particular políticas de activación mejoradas y un plan de aplicación de la
garantía juvenil. Se está procediendo a revisar la definición de los despidos
procedentes en el Código Laboral después que fuese declarada inconstitucional.
También se han adoptado otras medidas en el ámbito de la educación, en el que
los avances son, en general, satisfactorios. (15) El Gobierno ha aprobado
una nueva tasa que deberán abonar los operadores del sector energético durante
2014. Ha de ser objeto de rigurosa supervisión para evitar distorsiones en el
sistema. Son necesarias más reformas por lo que se refiere a la eliminación del
déficit tarifario del sector energético y la sostenibilidad del sistema. (16) En el sector de las
telecomunicaciones y los servicios postales se han llevado a cabo actuaciones
para cumplir las normas de la UE y apoyar la consecución de los objetivos del
programa. La selección de los proveedores del servicio universal y la revisión
del contrato actual con el operador tradicional son pasos positivos hacia la
plena aplicación de la Directiva sobre servicio universal. La publicación de la
legislación por la que se establece el marco del contrato de concesión con el
proveedor nacional de los servicios postales reducirá el actual período de
concesión, aumentando así la competencia. Las autoridades siguen firmemente comprometidas
a aumentar la sostenibilidad y eficiencia del sector del transporte. (17) Está avanzando la
legislación sectorial que permitirá alinearlo con la Directiva de servicios,
pero se registran algunos retrasos en la adopción del marco regulador del sector
de la construcción, la modificación de los estatutos de los organismos
profesionales y las normas internas para adoptar la legislación marco
horizontal sobre las corporaciones profesionales de Derecho público. Las
autoridades se han comprometido a seguir mejorando el funcionamiento del punto
de contacto único. (18) La evaluación de la
reforma de los arrendamientos urbanos está en curso tras la plena aplicación
del nuevo marco jurídico. Las autoridades pretenden redoblar los esfuerzos
desplegados en la lucha contra el fraude fiscal en el mercado del alquiler. (19) El nuevo marco de las
autoridades nacionales de reglamentación (ANR) avanza y se están modificando
los estatutos pertinentes, cuya aprobación no debería de demorarse. Se ha
retrasado la publicación de un nuevo decreto por el que se establecen las
contribuciones de los organismos reguladores para 2014. (20) Las reformas del sistema
judicial siguen avanzando según lo previsto. Se han realizado avances en la
aplicación de la Ley de organización judicial para racionalizar el sistema de
juzgados y tribunales, se ha promulgado una Ley que refuerza el organismo de
los administradores concursales y agentes de ejecución y se está ultimando un
nuevo procedimiento extrajudicial para establecer una clasificación previa al
juicio que permita seleccionar los asuntos y resolverlos extrajudicialmente.
Las medidas para mejorar la concesión de licencias y reducir la carga
administrativa han avanzado con la adopción de disposiciones jurídicas que
racionalizan la concesión de licencias en el ámbito del turismo, la industria y
la planificación territorial. Se está elaborando legislación sobre licencias
comerciales y revisando el régimen jurídico del urbanismo y la construcción. (21) A la luz de lo expuesto,
procede modificar la Decisión de Ejecución 2011/344/UE. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 En el artículo 3 de la Decisión de
Ejecución 2011/344/UE, los apartados 8 a 9 se sustituyen por el texto
siguiente: «8. Portugal adoptará en 2014 las
siguientes medidas, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de
Acuerdo: 1) El déficit de las
administraciones públicas no rebasará el 4 % del PIB en 2014. En el
cálculo de este déficit no se tendrán en cuenta los posibles costes
presupuestarios de las medidas de apoyo a los bancos en el contexto de la
estrategia del Gobierno para el sector financiero. Para lograr este objetivo,
Portugal aplicará medidas de saneamiento equivalentes al 2,3 % del PIB,
tal como se definen en la Ley de presupuestos para 2014 y la legislación
complementaria adoptada a tal efecto. 2) Más allá de las medidas ya
adoptadas en materia de pensiones, a finales de marzo de 2014 se modificará la
legislación vigente sobre el régimen de pensiones de los funcionarios (CGA) con
el fin de garantizar que las nuevas normas sobre el factor de sostenibilidad y,
por lo tanto, el aumento de la edad de jubilación, también se apliquen
efectivamente a ese régimen. En el transcurso de 2014 Portugal también
elaborará nuevas medidas globales, como parte de la actual reforma de las
pensiones, con el fin de garantizar su sostenibilidad reforzando al mismo
tiempo los principios de equidad. 3) Para controlar las posibles
desviaciones de los gastos, el Gobierno vigilará de cerca el respeto de los
techos de gasto ministerial mediante informes mensuales al Consejo de
Ministros. 4) Portugal definirá y aplicará
rápidamente los cambios previstos en las condiciones de admisibilidad de las
pensiones de supervivencia y las condiciones para la venta de licencias de
juegos de azar en línea. Además, Portugal dará pasos decisivos para llevar a
cabo la venta de las concesiones portuarias. 5) La amplia reforma del impuesto
de sociedades deberá aplicarse sin rebasar la dotación presupuestaria existente
para respetar los objetivos de saneamiento presupuestario. 6) Se mantendrá la regla del statu
quo para los gastos fiscales a nivel central, regional o local. Se
intensificarán los esfuerzos desplegados para combatir el fraude y la evasión
fiscal de los distintos tipos de impuestos, en particular a través de la
supervisión del nuevo sistema de facturación electrónica. Durante el primer
trimestre de 2014 se llevará a cabo un estudio sobre la economía sumergida en
el mercado de la vivienda, con el fin de buscar maneras de reducir la evasión
del impuesto sobre el alquiler. 7) En caso de que se materialicen
riesgos adversos, jurídicos o de ejecución presupuestaria, Portugal aplicará
medidas compensatorias de alta calidad a fin de alcanzar el objetivo de
déficit. 8) Más allá de 2014, Portugal
deberá lograr que el déficit de las administraciones públicas no rebase el
2,5 % del PIB en 2015 y detener la acumulación de atrasos en los pagos
internos. La estrategia para alcanzar este objetivo vendrá respaldada por el
documento sobre la reforma del Estado, que se centra en la sostenibilidad de la
seguridad social, la reforma de la administración pública, una mayor eficiencia
en la salud y la educación y la fiscalidad medioambiental. Está en curso una
amplia consulta con los interlocutores políticos y sociales para impulsar y
definir las reformas. Los avances en este proceso se analizarán en la undécima
revisión y las medidas determinadas se plasmarán en el documento de estrategia
fiscal de 2014. Para cumplir los requisitos del marco presupuestario de la UE,
este documento también deberá ofrecer detalles de los planes presupuestarios a
medio plazo. 9) Portugal adoptará medidas
adicionales para reforzar aún más su sistema de gestión de finanzas públicas.
Se reducirá la fragmentación del presupuesto limitando el número de entidades
presupuestarias y revisando la clasificación de los ingresos propios. Seguirá
aplicándose la estrategia de validación y liquidación de atrasos y se
garantizará el pleno cumplimiento de la Ley de control de compromisos en todos los
organismos públicos para impedir la generación de nuevos atrasos. Portugal
revisará la Ley del marco presupuestario (LMP) para transponer plenamente la
legislación pertinente de la UE. Además, Portugal someterá dicha Ley marco a
una revisión más completa para racionalizar la estructura de los créditos
presupuestarios, reforzar la rendición de cuentas y afianzar en mayor medida
las finanzas públicas en un marco a medio plazo. Portugal velará por que las
medidas destinadas a aplicar el nuevo marco presupuestario a nivel de la
administración central se apliquen también a nivel regional y local. 10) Portugal seguirá el programa de
reforma para configurar una administración tributaria moderna y más eficiente,
en consonancia con las mejores prácticas internacionales. Portugal reducirá el
número de delegaciones municipales de la administración tributaria al menos un
25 % en el primer trimestre de 2014 y otro 25 % antes de finales de
mayo de 2014. El número de recursos dedicados a la auditoría en la administración
tributaria aumentará al menos un 30 % de la plantilla total. En la
administración tributaria se creará un nuevo departamento de servicios a los
contribuyentes que unifique los diferentes servicios a ellos destinados. La
unidad de gestión de riesgos deberá ser plenamente operativa en el primer
trimestre de 2014, centrándose inicialmente en proyectos focalizados para
mejorar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los profesionales
autónomos y las grandes fortunas. La situación del cumplimiento de las
obligaciones fiscales se vigilará constantemente. 11) Portugal proseguirá la
aplicación de las reformas de la administración pública. Tras la revisión
exhaustiva de los baremos salariales de la administración pública en la
duodécima revisión, en el primer semestre de 2014 comenzará a elaborarse una
escala salarial única que garantice la racionalidad y la coherencia de la
política de remuneración en el conjunto de las carreras, labor que concluirá a
finales de 2014. Ello sustituirá a la revisión salarial incluida en la Ley
presupuestaria de 2014. Por otra parte, tras el estudio sobre los complementos
en efectivo, Portugal elaborará un informe sobre la reforma global de los
complementos salariales. Antes de la undécima revisión deberá presentarse una
propuesta legislativa sobre una única escala de complementos. 12) Portugal completará la
aplicación de la estrategia de servicios compartidos en la Administración
Pública. 13) Portugal aplicará plenamente el
nuevo marco jurídico e institucional de las APP. Se procederá a la
renegociación de las APP en diversos sectores para contener su incidencia
presupuestaria. Tras la nueva Ley marco sobre las empresas estatales y en
consonancia con el papel reforzado del Ministerio de Hacienda como accionista,
se creará una unidad técnica para el seguimiento de las empresas estatales. El
Gobierno continuará su programa de reestructuración global de las empresas
estatales con objeto de alcanzar un equilibrio operativo sostenible. El
Gobierno portugués proseguirá las privatizaciones ya en preparación. 14) Portugal presentará un informe
con los siguientes objetivos: i) detectar posibles solapamientos de
servicios y jurisdicciones y otras fuentes de ineficiencias entre las
administraciones central y local, y ii) reorganizar la red de servicios
descentralizados de los ministerios, principalmente a través de la red de
oficinas del ciudadano y otros dispositivos, de modo que se aumente la
eficiencia de las zonas geográficas abarcadas y se intensifique el uso de
servicios compartidos y de la administración electrónica. 15) Portugal garantizará la
eficiencia y la eficacia del sistema de asistencia sanitaria prosiguiendo la
utilización racional de los servicios y el control de los gastos, reduciendo el
gasto público en productos farmacéuticos y eliminando los atrasos. 16) Portugal proseguirá la
reorganización y racionalización de la red de hospitales mediante la
especialización, la concentración y la reducción del tamaño de los servicios
hospitalarios, la gestión conjunta y el funcionamiento conjunto de los
hospitales, y velará por la aplicación del plan de acción plurianual de
reorganización hospitalaria. 17) Tras la aprobación de las
enmiendas a la nueva Ley 6/2006 de arrendamientos urbanos y el Decreto-ley que
simplifica el procedimiento administrativo para las renovaciones, Portugal
emprenderá un examen exhaustivo del funcionamiento del mercado de la vivienda. 18) Respetando la sentencia del
Tribunal Constitucional de 20 de septiembre de 2013, Portugal preparará y
aplicará otras opciones de reforma del mercado de trabajo con efectos
similares. 19) Promoverá una evolución de los
salarios compatible con los objetivos del fomento de la creación de empleo y la
mejora de la competitividad empresarial, a fin de corregir los desequilibrios
macroeconómicos. Durante el período que abarca el programa, únicamente se podrá
aumentar el salario mínimo cuando lo justifique la evolución de la situación
económica y del mercado de trabajo. 20) Portugal seguirá mejorando la
eficacia de sus políticas activas del mercado de trabajo conforme a los
resultados del informe de evaluación y del plan de mejora del funcionamiento de
los servicios públicos de empleo. 21) Portugal seguirá aplicando las
medidas establecidas en sus planes de acción a fin de mejorar la calidad de la
enseñanza secundaria y de la educación y formación profesional. En particular,
el Gobierno presentará planes para hacer más eficaz el marco de financiación de
las escuelas y se establecerán las escuelas profesionales de referencia. 22) Portugal finalizará la adopción
de las enmiendas sectoriales pendientes, necesarias para la plena aplicación de
la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. 23) Portugal publicará informes
trimestrales sobre los índices de cobro, la duración y el coste de los casos
de insolvencia empresarial, la duración y el coste de los expedientes
tributarios y el índice de resolución de los procedimientos judiciales de
ejecución. 24) Portugal mejorará el entorno
empresarial, finalizando las reformas pendientes relativas a la reducción de
las cargas administrativas (plena operatividad de la ventanilla única
contemplada en la Directiva 2006/123/CE y proyectos «sin autorización previa»)
armonizando las características de las profesiones reguladas con las directivas
de la UE y simplificando aún más los procedimientos de concesión de licencias,
las reglamentaciones y otros trámites administrativos que existen actualmente
en la economía y obstaculizan sobremanera el desarrollo de las actividades
económicas. 25) Portugal completará la reforma
del sistema de gestión de los puertos, incluida la revisión de las concesiones
para dicha gestión. 26) Portugal aplicará medidas que
mejoren el funcionamiento del sistema de transporte. 27) Portugal proseguirá la
transposición de los paquetes ferroviarios de la UE. 28) Portugal aplicará el plan de
creación de una sociedad independiente de gestión logística del gas y la
electricidad. 29) Portugal aplicará las medidas
adecuadas para eliminar el déficit tarifario del sector energético y garantizar
la sostenibilidad de la red eléctrica nacional. 30) El Gobierno presentará al
Parlamento portugués los estatutos modificados de las organizaciones
profesionales. 31) Portugal adoptará las
correspondientes modificaciones de las ordenanzas de las autoridades nacionales
de regulación. 32) Portugal seguirá eliminando los
obstáculos a la entrada, suavizando los requisitos actuales de autorización y
reduciendo la carga administrativa en el sector de los servicios. 33) Portugal publicará informes
trimestrales sobre los índices de cobro, la duración y el coste de los casos de
insolvencia empresarial, la duración y el coste de los expedientes fiscales y
el índice de resolución de los procedimientos judiciales de ejecución. 34) Portugal adoptará las leyes sobre
edificación y las demás enmiendas sectoriales para aplicar plenamente la
Directiva de servicios. 35) Portugal evaluará la incidencia
del régimen optativo de contabilidad de caja para el IVA. 36) Portugal realizará un inventario
y un análisis de los costes de los reglamentos que puedan tener un mayor
impacto en la actividad económica. «9. Con miras a restaurar la confianza en
el sector financiero, Portugal procurará mantener un nivel adecuado de capital
en su sector bancario y garantizar un proceso de desapalancamiento ordenado
cumpliendo los plazos fijados en el Protocolo de Acuerdo. A este respecto,
Portugal aplicará a su sector bancario la estrategia acordada con la Comisión,
el BCE y el FMI a fin de preservar la estabilidad financiera. En particular, Portugal: 1) supervisará la transición de
los bancos a las nuevas normas de capital, tal como se establecen en la IV
revisión de la Directiva de requisitos de capital (DRC IV) y garantizará que
las reservas de capital sigan adecuándose a los retos del entorno en el que
operan; 2) recomendará a los bancos que
refuercen sus reservas de garantía de forma sostenible; 3) mantendrá su compromiso de
prestar apoyo adicional al sistema bancario, en caso necesario, alentando a los
bancos a buscar soluciones privadas mientras se disponga de recursos con cargo
al mecanismo de apoyo a la solvencia de los bancos en línea con las normas de
la UE sobre ayudas estatales, modificadas recientemente para seguir sosteniendo
a los bancos viables, bajo condiciones estrictas; 4) garantizará un proceso de
desapalancamiento del sector bancario equilibrado y ordenado, que sigue siendo
fundamental para eliminar de forma permanente los desequilibrios de
financiación y reducir la dependencia respecto de la financiación del
Eurosistema a medio plazo; revisará trimestralmente los planes de financiación
y capitalización de los bancos; 5) continuará reforzando la
estructura supervisora del Banco de Portugal, optimizará sus procesos de
supervisión y desarrollará y aplicará nuevas metodologías y herramientas de
supervisión; el Banco de Portugal revisará las normas sobre los préstamos no
productivos para que converjan con los criterios incluidos en la
correspondiente norma técnica de la ABE, de conformidad con el calendario
fijado por la UE; 6) continuará supervisando
trimestralmente, con un planteamiento anticipativo, las posibles necesidades de
capital de los bancos en condiciones de tensión, también mediante la
integración del nuevo marco para las pruebas de resistencia agregadas en el
proceso de control de calidad, que permite revisar los principales factores de
los resultados; 7) proseguirá la racionalización
del grupo estatal CGD (Caixa Geral de Depósitos); 8) externalizará la gestión de los
créditos del BPN (Banco Português de Negócios) actualmente en manos de
Parvalorem a las empresas seleccionadas a través del proceso de licitación con
el mandato de recuperar gradualmente los activos; y garantizará la venta
oportuna de las filiales y los activos de las otras dos entidades con cometido
especial de propiedad estatal; 9) analizará los planes de
recuperación de los bancos y formulará directrices al respecto, de conformidad
con las (propuestas de) normas técnicas de la ABE y la próxima Directiva de la
UE sobre la recuperación y la resolución de entidades de crédito, y elaborará
planes de resolución a partir de los informes presentados por los bancos; 10) finalizará la aplicación del
marco que permite a las entidades financieras proceder a la reestructuración
extrajudicial de la deuda de los hogares y flexibilizará la aplicación del
marco para la reestructuración de la deuda de las empresas; 11) elaborará informes trimestrales
sobre la aplicación de los nuevos instrumentos de reestructuración; sobre la
base del estudio realizado recientemente, explorará alternativas que fomenten
la recuperación de las empresas adheridas al PER (el procedimiento especial de
revitalización para las empresas con graves dificultades financieras) y al
SIREVE (el sistema de recuperación por vía extrajudicial para las empresas que
atraviesan dificultades económicas o se encuentran en situación de insolvencia
real o inminente); 12) seguirá supervisando el alto
nivel de endeudamiento de las empresas y los hogares, por medio de informes
trimestrales, así como la aplicación del nuevo marco de reestructuración de la
deuda para que funcione de la manera más eficaz posible; 13) fomentará, sobre la base de las
propuestas presentadas, la diversificación de las alternativas de financiación
para el sector empresarial, desarrollará y aplicará soluciones que brinden a
las empresas modalidades de financiación alternativas al crédito bancario
tradicional, a través de diversas medidas destinadas a mejorar su acceso a los
mercados de capital; 14) mejorará el rendimiento y la
gobernanza de las líneas de crédito financiadas con fondos públicos existentes
basándose en los resultados de la reciente auditoría externa; aplicará la
reciente hoja de ruta revisada para mejorar la gobernanza del sistema nacional
de garantía y aumentar la eficiencia de tales sistemas minimizando al mismo
tiempo los riesgos para el Estado; 15) establecerá una entidad
financiera de desarrollo a fin de simplificar y centralizar la gestión de la
parte reembolsable de los instrumentos financieros de los Fondos Estructurales
de la UE para el período de programación 2014-2020; dicha entidad no aceptará
depósitos u otros fondos reembolsables del público ni concederá préstamos
directos. Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión
será Portugal. Artículo 3 La presente Decisión se publicará en el Diario
Oficial de la Unión Europea. Hecho en Bruselas, el Por
el Consejo El
Presidente [1] DO L 118 de 12.5.2010, p. 1. [2] Decisión de Ejecución 2011/344/UE del Consejo, de
17 de mayo de 2011, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a
Portugal (DO L 159 de 17.6.2011, p. 88). [3] DO
C 216 de 30.7.2013, p. 1.