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Document 52012PC0574
Proposal for a COUNCIL IMPLEMENTING DECISION amending Implementing Decision 2011/344/EU on granting Union financial assistance to Portugal
Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal
Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal
/* COM/2012/0574 final - 2012/0276 (NLE) */
Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal /* COM/2012/0574 final - 2012/0276 (NLE) */
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS A petición de
Portugal, el Consejo concedió el 17 de mayo de 2011 (Decisión de Ejecución
2011/344/UE del Consejo) una ayuda financiera a este país en apoyo a un
estricto programa económico y de reformas destinado a restablecer la confianza,
permitir el regreso de la economía a una senda de crecimiento sostenible y
preservar la estabilidad financiera de Portugal, de la zona del euro y de la
UE. De conformidad con el artículo 3,
apartado 9, de la Decisión 2011/344/UE, la Comisión, conjuntamente con el FMI y
en concertación con el BCE, ha realizado la quinta evaluación de los progresos
realizados en la aplicación de las medidas acordadas, así como de la eficacia e
incidencia económica y social de dichas medidas. Teniendo en cuenta la reciente evolución
económica, presupuestaria y financiera y las medidas tomadas en estos ámbitos,
la Comisión considera que son necesarias algunas modificaciones de las
condiciones de política económica a las que se supedita la ayuda a fin de
garantizar los objetivos del programa, según se explica en los considerandos de
la propuesta de modificación de la Decisión de Ejecución del Consejo. 2012/0276 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de
Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión
a Portugal EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, Visto el Reglamento (UE) nº 407/2010 del
Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de
estabilización financiera[1],
y en particular su artículo 3, apartado 2, Vista la propuesta de la Comisión
Europea, Considerando lo siguiente: (1) De conformidad con el
artículo 3, apartado 9, de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE del Consejo, la
Comisión, conjuntamente con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y en
concertación con el BCE, ha realizado la quinta evaluación del progreso de las
autoridades portuguesas en la aplicación de las medidas acordadas, así como de
la eficacia y el impacto económico y social de dichas medidas. (2) El reequilibrio de la
economía portuguesa está teniendo lugar a un ritmo más rápido que el previsto.
En el segundo trimestre de 2012, el PIB real registró una reducción de 1,2
puntos porcentuales respecto del primer trimestre, en el que se había mantenido
prácticamente constante respecto del trimestre anterior. Para todo el año, se
mantiene la previsión de recesión económica (–3%). El déficit de la balanza por
cuenta corriente está disminuyendo más rápidamente de lo previsto, previéndose
para 2012 un déficit equivalente al 3% del PIB, frente a una cifra cercana al
10% hace tan solo dos años. Este ajuste está teniendo lugar gracias al buen
comportamiento de las exportaciones y a la rápida disminución de las
importaciones. De cara al futuro, la actividad económica se verá afectada
adversamente por la evolución de la demanda externa y los efectos de la
intensificación del saneamiento fiscal. Como consecuencia de ello, la previsión
de crecimiento del PIB se ha revisado a la baja en alrededor de un punto
porcentual tanto para 2013 como para 2014 (aproximadamente –1% y +1%,
respectivamente). (3) A pesar de una rigurosa
ejecución presupuestaria por el lado de los gastos, los datos disponibles hasta
julio apuntan a un desvío del 2,25% del PIB en 2012 respecto de los planes
presupuestarios. Aunque es favorable, el ajuste más rápido de lo previsto de la
demanda interna hacia las exportaciones afecta a la situación presupuestaria de
dos maneras. En primer lugar, los sectores internos intensivos en mano de obra,
tales como el de la construcción, son los más afectados y el mayor desempleo
resultante afecta al presupuesto de la seguridad social. En segundo lugar, está
disminuyendo la intensidad tributaria de la producción y el consumo, lo que
lleva a unos ingresos considerablemente menores. El efecto de la composición
del crecimiento sobre los ingresos se ve ampliado por cambios en la composición
del consumo, pasándose de artículos más gravados, tales como los bienes de
consumo duraderos, a artículos de consumo diario menos gravados. Asimismo, la
debilidad de la fiscalidad directa es ampliada por una estructura de tramos
impositivos desfavorable, ya que los menores ingresos son gravados a tipos
inferiores y disminuyen los ingresos procedentes de la tributación de los
beneficios. En cambio, el gasto ha evolucionado globalmente conforme a lo
previsto, con unos ahorros superiores a los presupuestados en materia de
retribuciones salariales. Aunque una serie de factores puntuales podrían
reducir el desvío presupuestario hasta alrededor de tres cuartos de punto
porcentual del PIB en 2012, en 2013 y 2014 habría que contar con prórrogas
equivalentes al 1,5% del PIB, lo que haría inalcanzables los objetivos
presupuestarios del programa en 2012-2014. (4) Teniendo en cuenta las
importantes pérdidas de ingresos y las perspectivas de crecimiento menos
favorables, se han ajustado los objetivos de déficit al 5,0% del PIB en 2012,
el 4,5% en 2013 y el 2,5% en 2014. Dado que se estima que el déficit
presupuestario escapa esencialmente al control del Gobierno, parece apropiada
una revisión de los objetivos para integrar una parte de la insuficiencia de
ingresos. Incluso con los objetivos revisados, en 2013 y 2014 serán necesarios
esfuerzos significativos de saneamiento, equivalentes, respectivamente, al 3% y
el 1,75% del PIB. Con objeto de mantener la credibilidad del programa, conviene
concentrar en cierta medida el ajuste al principio del período considerado. (5) Los objetivos
presupuestarios revisados se basan en una serie de medidas estructurales de
gastos e ingresos. Antes de finalizar 2012 se tomarán medidas de un importe
equivalente a un cuarto de punto porcentual del PIB con objeto de alcanzar el
objetivo de déficit del 5% del PIB. Se incluyen, en particular, congelaciones
de los gastos y una anticipación en la aplicación de algunas medidas previstas
para el año próximo. Para 2013, en el presupuesto se incorporarán medidas de
saneamiento de un importe equivalente al 3% del PIB para alcanzar el objetivo
del 4,5% del PIB. Cabe citar una nueva disminución de la masa salarial, una
reducción del consumo intermedio, una reducción de las transferencias sociales,
una mayor racionalización del sector sanitario, una disminución de los gastos
de inversión, así como aumentos de los ingresos derivados de una reforma del
impuesto sobre la renta — simplificando la estructura tributaria, ampliando la
base imponible mediante la eliminación de algunos gastos tributarios, y aumentando
el tipo impositivo medio al mismo tiempo que se mejora la progresividad—, una
ampliación de la base imponible del impuesto de sociedades eliminando la
deducibilidad de los intereses, un aumento de los impuestos especiales, y una modificación
de la imposición sobre bienes inmuebles. Para 2014 se ha iniciado una revisión
global de los gastos con vistas a identificar recortes de los gastos (por
importe de 4 000 millones de euros en 2014-2015) que permitan alcanzar un
déficit presupuestario del 2,5% del PIB. (6) Se han establecido
instrumentos para controlar los gastos públicos. Aunque se está aplicando el
nuevo sistema de control de los compromisos, se debe garantizar un mayor
cumplimiento del mismo para evitar una nueva acumulación de atrasos. Se
reducirá la fragmentación presupuestaria y se está abordando una amplia gama de
costosas ineficiencias. Esto implica, en particular, contener las pérdidas de
las empresas públicas, renegociar las asociaciones público-privadas e impulsar
nuevos ahorros en el sector sanitario. (7) Conforme a las actuales
previsiones de la Comisión relativas al crecimiento del PIB nominal (–1,0% en
2011, –2,7% en 2012, 0,3% en 2013 y 2,2% en 2014) y a los objetivos
presupuestarios revisados, la evolución del ratio deuda/PIB será la siguiente:
el 107,8 % en 2011, el 119,1 % en 2012, el 123,7% en 2013 y el 123,6%
en 2014. Por consiguiente, el ratio deuda/PIB se estabilizará por debajo del
124% e iniciará una tendencia decreciente en 2014, suponiendo que prosiga la
reducción del déficit. La dinámica de la deuda se ve afectada por varias
operaciones extrapresupuestarias —entre las que figuran importantes
adquisiciones de activos financieros destinados especialmente a la eventual
recapitalización de bancos y a la financiación de empresas públicas—, así como
por las diferencias entre intereses devengados e intereses pagados. (8) La liquidez y la
solvencia del sistema bancario han mejorado desde la cuarta evaluación, como
consecuencia del proceso actual de desapalancamiento, del apoyo excepcional a
la liquidez proporcionado por el Eurosistema y de un aumento de capital de
importe superior a 7 000 millones de euros. Los bancos han presentado sus
planes actualizados de financiación y de capital (cuarta edición). Aunque se
muestran ligeramente menos optimistas acerca de la expansión de los depósitos,
todos los bancos prevén alcanzar el objetivo indicativo del 120% para el ratio
préstamos/depósitos en 2014 a más tardar. Globalmente, la aplicación del
Protocolo de Acuerdo en el sector financiero se está desarrollando de conformidad
con los objetivos fijados para mantener la estabilidad financiera. Aún son
necesarios esfuerzos en algunos bancos para alcanzar el objetivo del Banco de
Portugal de un ratio de capital básico de clase 1 del 10% a final del año. (9) Los progresos en la
aplicación de las reformas encaminadas a aumentar la competitividad, el empleo
y el potencial de crecimiento son globalmente satisfactorios. El Código Laboral
revisado entró en vigor en agosto de 2012. Para final de septiembre están
previstas nuevas importantes reformas en el área de la indemnización por
despido y la negociación colectiva. El Gobierno ha adoptado recientemente una
serie de políticas activas del mercado de trabajo encaminadas a mejorar el
funcionamiento de los servicios públicos de empleo, apoyar la creación de
empleo, reforzar las estrategias de activación y ofrecer oportunidades de
formación más eficaces. Las reformas judiciales en los ámbitos del
procedimiento civil y organización de los tribunales, que permitirán acelerar
la tramitación de los litigios civiles y comerciales y desatascar el sistema
judicial, están avanzando a un ritmo satisfactorio. Se han tomado medidas para
mejorar el marco de reconocimiento de las cualificaciones profesionales con la
aprobación de enmiendas a la Ley que incorpora la Directiva 2005/36/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al reconocimiento de cualificaciones
profesionales, y con la adopción por el Gobierno de un proyecto de ley
encaminado a mejorar el funcionamiento de las profesiones altamente reguladas.
Los trabajos para la aplicación de la Directiva de servicios han avanzado a un
ritmo sostenido en lo que se refiere a la legislación sectorial, previéndose
para final del año la aprobación de las últimas modificaciones legislativas
necesarias a nivel sectorial. A fin de reducir las trabas administrativas, son
esenciales nuevos esfuerzos en la aplicación de la iniciativa de proyectos sin
autorización previa y el establecimiento de la ventanilla única que prevé la
Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los
servicios en el mercado interior[2].
Con vistas a facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas a la
financiación, el Gobierno se ha comprometido a adoptar, en caso necesario, una
serie de iniciativas adicionales que incluyan mecanismos para reforzar la
orientación exportadora de estas empresas. (10) Partiendo del informe
independiente sobre las principales autoridades nacionales de regulación,
Portugal elaborará una ley marco que proteja el interés público y fomente la
eficiencia del mercado. La Ley garantizará la independencia y la autonomía
financiera, administrativa y de gestión de la autoridad reguladora para ejercer
sus responsabilidades, en plena conformidad con el Derecho de la UE. La Ley
también contribuirá a la eficiencia de la autoridad de competencia a la hora de
aplicar la normativa de competencia, apoyando y complementando así el efecto de
la Ley de competencia recientemente adoptada. (11) La quinta actualización
del Protocolo de Acuerdo dedica toda una sección al fomento de un régimen de
concesión de licencias favorable a las empresas que proporcione un calendario
más detallado e hitos específicos para la revisión de algunos regímenes
jurídicos importantes, tales como los regímenes de concesión de licencias en
relación con el medio ambiente y la ordenación territorial y para las
actividades industriales, comerciales y turísticas. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 El artículo 3 de la Decisión 2011/344/UE
queda modificado como sigue: 1) Los apartados 3 y 4 se sustituyen por
el texto siguiente: «3. El déficit de las administraciones
públicas no rebasará el 5,9% del PIB en 2011, el 5,0% del PIB en 2012, el 4,5%
del PIB en 2013 y el 2,5% del PIB en 2014, de conformidad con las exigencias
del procedimiento de déficit excesivo revisado. Para el cálculo de este déficit
no se tendrán en cuenta los posibles costes presupuestarios de las medidas de
apoyo a los bancos en el contexto de la estrategia del Gobierno portugués para
el sector financiero. El saneamiento se logrará con medidas permanentes de gran
calidad y minimizando los efectos del saneamiento sobre los grupos vulnerables. 4. Portugal adoptará las medidas
especificadas en los apartados 5 a 8 antes de la finalización del año indicado,
debiendo especificarse los plazos exactos para los años 2011-2014 en el
Protocolo de Acuerdo. Portugal estará dispuesto a adoptar medidas de
saneamiento adicionales para reducir el déficit por debajo del 3% del PIB en
2014 a más tardar en caso de que se produzcan desviaciones respecto de los
objetivos.». 2) Los apartados 6 a 9 se sustituyen por
el texto siguiente: «6. Portugal adoptará en 2012 las
siguientes medidas, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de
Acuerdo: a) El déficit de las administraciones
públicas no rebasará el 5,0% del PIB en 2012. Portugal seguirá controlando de
cerca la evolución presupuestaria y aplicará nuevos ajustes a fin de alcanzar
el objetivo para 2012. A tal efecto, Portugal congelará algunos de los créditos
consignados en el presupuesto para 2012 destinados a proyectos de inversión aún
no iniciados; aumentará los derechos de registro sobre bienes inmuebles de alto
valor y los tipos impositivos aplicados a los ingresos procedentes de la
inversión; anticipará algunas de las medidas incluidas en el presupuesto para
2013 que afectan a las prestaciones sociales; aplicará otras medidas que
generen ahorros en el consumo intermedio y aumenten los ingresos procedentes de
las ventas con el fin de garantizar el logro del objetivo de déficit para 2012.
b) Portugal intentará lograr una reducción
del gasto en 2012 de al menos 6 800 millones de euros, particularmente
reduciendo el empleo y los salarios del sector público; recortando las
pensiones; procediendo a una reorganización global de la Administración
central, eliminando las duplicidades y otras ineficiencias; reduciendo las
transferencias a las empresas estatales; reorganizando y disminuyendo el número
de municipios y parroquias; recortando los gastos de educación y sanidad; reduciendo
las transferencias a las autoridades regionales y locales; y disminuyendo los
gastos de capital y otros gastos, según lo establecido en el Programa. c) Por el lado de los ingresos, Portugal
aplicará medidas por un importe de 3 000 millones de euros como mínimo,
tales como: la ampliación de la base imponible del IVA, reduciendo las
exenciones y revisando la lista de bienes y servicios sometidos a los distintos
tipos del IVA (reducido, intermedio y superior); el aumento de los impuestos
especiales; la ampliación de la base imponible del impuesto de sociedades y del
impuesto sobre la renta reduciendo las deducciones impositivas y limitando los
regímenes especiales; una convergencia de las deducciones impositivas del
impuesto sobre la renta aplicables a las pensiones y a las rentas del trabajo;
y la modificación de la imposición sobre bienes inmuebles reduciendo
sustancialmente las exenciones. Estas medidas se completarán con acciones
encaminadas a combatir la evasión fiscal, el fraude y las irregularidades. d) Portugal seguirá adoptando medidas
encaminadas a fortalecer la gestión de la hacienda pública y aplicará las
medidas contempladas en la nueva Ley marco presupuestaria, tales como el
establecimiento de un marco presupuestario a medio plazo. Deberán reforzarse
considerablemente los marcos presupuestarios locales y regionales, en
particular, ajustando las respectivas leyes de financiación a las exigencias de
la Ley marco presupuestaria. Portugal deberá mejorar la información sobre las
finanzas públicas y el control de las mismas y reforzar las normas y
procedimientos en materia de ejecución presupuestaria. El Gobierno portugués
aplicará la estrategia para la validación y la liquidación de los pagos
atrasados y reforzará la aplicación de la Ley sobre el control de los
compromisos a fin de evitar la creación de nuevos atrasos. Portugal aplicará el
nuevo marco legal e institucional de las asociaciones público-privadas. Hasta
que un nuevo marco sea plenamente operativo no se creará ninguna asociación
público-privada. Partiendo de un estudio realizado por una empresa de auditoría
internacional, Portugal desarrollará un plan estratégico detallado, plenamente
conforme al derecho aplicable de la UE, en particular la legislación relativa a
la contratación pública, con vistas a obtener sustanciales ventajas
presupuestarias, al mismo tiempo que minimiza la carga de la deuda y garantiza
una reducción sostenible de los pasivos estatales. Portugal adoptará una ley
para regular la creación y funcionamiento de las empresas estatales a nivel
central, regional y local. e) Portugal aplicará la nueva legislación a
fin de reorganizar y reducir significativamente el número de organismos de la
administración local. Estos cambios surtirán efecto al principio del próximo
ciclo de elecciones locales. Por otra parte, Portugal redoblará sus esfuerzos
para racionalizar el sector público reduciendo el número de organismos y
mejorando la distribución de tareas en todos los niveles de la Administración. f) Portugal intensificará la reforma de su
administración fiscal reforzando los vínculos entre la Autoridade Tributária
e Aduaneira y las unidades recaudadoras de la seguridad social, reduciendo
el número de oficinas municipales y abordando los estrangulamientos
persistentes en el sistema de recursos en el ámbito tributario. g) Portugal aplicará el acuerdo financiero
con la región autónoma de Madeira. h) Portugal adoptará medidas tendentes a
mejorar la eficiencia y sostenibilidad de las empresas estatales a nivel
central, regional y local; estudiará las posibles opciones para gestionar el
endeudamiento considerable de las empresas estatales, particularmente de Parpública,
y garantizar unas mejores condiciones de financiación del mercado; y procurará
alcanzar el equilibrio operativo a nivel de sector para finales de 2012. i) Portugal continuará aplicando el programa
de privatización. Está teniendo lugar la venta directa de Caixa Seguros,
rama de seguros de Caixa Geral de Depositos (CGD). j) El Gobierno portugués presentará
propuestas legislativas al Parlamento portugués encaminadas a alinear las
indemnizaciones por despido con la media de la UE de 8-12 días por año
trabajado y crear un fondo de compensación para dichas indemnizaciones. k) Portugal promoverá una evolución de los
salarios compatible con los objetivos de fomentar la creación de empleo y
mejorar la competitividad de las empresas, a fin de corregir los desequilibrios
macroeconómicos. Durante el período cubierto por el programa, únicamente se
podrá aumentar el salario mínimo si ello está justificado por la evolución de
la situación económica y del mercado de trabajo. Portugal tomará medidas
tendentes a eliminar los puntos débiles de los actuales regímenes de
negociación salarial, incluida legislación encaminada a redefinir los criterios
y modalidades de la extensión de los convenios colectivos y a facilitar los
acuerdos de empresa. En tanto no se hayan aplicado dichas medidas, no se
extenderán los acuerdos colectivos. l) Portugal seguirá mejorando la eficacia de
sus políticas activas del mercado de trabajo conforme a los resultados del
informe de evaluación y del plan de acción a fin de mejorar el funcionamiento
de los servicios públicos de empleo. m) Portugal aplicará las medidas establecidas
en sus planes de acción a fin de mejorar la calidad de la enseñanza secundaria
y de la educación y formación profesional. (n) El funcionamiento del sistema judicial se
mejorará mediante la aplicación de las medidas propuestas en el programa de
reforma judicial y de medidas selectivas con vistas a eliminar progresivamente
los retrasos judiciales y fomentar nuevas modalidades de resolución de
litigios. o) Portugal proseguirá la apertura de su
economía a la competencia. El Gobierno portugués tomará las medidas necesarias
para garantizar que su actuación no provoca la aparición de obstáculos a la
libre circulación de capitales y, en particular, que el Estado portugués o
cualquier organismo público no celebren, como accionistas, acuerdos que puedan
ser un obstáculo para la libre circulación de capitales o puedan influir en el
control de la gestión de las empresas. Se fomentará el buen el funcionamiento
de los servicios profesionales mejorando el reconocimiento del marco de las
cualificaciones profesionales y eliminando restricciones innecesarias sobre las
profesiones reguladas. En cuanto a las actividades en el sector de la
construcción y en el sector inmobiliario, Portugal disminuirá las exigencias
administrativas impuestas a los prestadores de servicios transfronterizos
internacionales y revisará los obstáculos al establecimiento de prestadores de
servicios. p) Portugal mejorará el marco de competencia
y reglamentario; reforzará la independencia, autonomía y gobernanza de las
principales autoridades nacionales de regulación; aplicará la Ley de
competencia con vistas a mejorar la rapidez y eficacia de la aplicación de las
normas de competencia; controlará la introducción de nuevos asuntos e informará
sobre el funcionamiento del tribunal especializado de competencia, regulación y
supervisión. q) En el sector energético, Portugal tomará
medidas para facilitar la entrada en el mercado y fomentar el establecimiento
del mercado ibérico del gas y avanzará hacia la transposición completa del
tercer paquete energético de la UE. A fin de garantizar la independencia de la
autoridad nacional de regulación, su autonomía y todas las facultades previstas
en el paquete, Portugal adoptará a más tardar en el tercer trimestre de 2012
las nuevas disposiciones estatutarias de las autoridades de regulación
acordadas en julio de este año con la CE, el BCE y el FMI, y garantizará su
aplicación efectiva antes de final de este año esto es, con anterioridad a la
liberalización de los mercados de la electricidad y el gas. Portugal tomará
medidas encaminadas a revisar los regímenes de apoyo y de compensación de la
producción de electricidad, y medidas tendentes a reducir las rentas excesivas
y eliminar el déficit tarifario («defice tarifário») en 2020 a más tardar,
centrándose en los regímenes de compensación para la garantía de suministro
eléctrico, el régimen especial (energías renovables —excluidas las concesiones
en el marco de licitaciones— y cogeneración) y el régimen ordinario («CMEC»
—costes de mantenimiento del equilibrio contractual— y «CAE» —contratos de
adquisición de energía—). r) En las otras industrias de redes, en
particular, en el transporte, las telecomunicaciones y los servicios postales,
Portugal adoptará medidas adicionales encaminadas a promover la competencia y
la flexibilidad. s) Portugal adoptará una serie de medidas
tendentes a aumentar la eficacia de los regímenes de licencia para la
ordenación del territorio y las actividades industriales, comerciales y
turísticas. Por otro lado, el Gobierno portugués analizará y agilizará las
solicitudes de licencia para proyectos de inversión que estén pendientes de
decisión desde hace más de doce meses. t) Portugal preparará un plan de acción con
medidas encaminadas a facilitar a las empresas, en particular a las PYME, el
acceso a la financiación y a los mercados de exportación. 7. Portugal adoptará en 2013 las
siguientes medidas, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de
Acuerdo: a) El déficit de las administraciones
públicas no rebasará el 4,5% del PIB en 2013. El presupuesto para 2013 incluirá
medidas permanentes de saneamiento fiscal de un importe equivalente como mínimo
al 3% del PIB tendentes a una reducción del déficit de las administraciones
públicas conforme al calendario establecido en el artículo 3, apartado 3. El
Gobierno estudiará las formas de aumentar la proporción de la reducción de
gastos en el paquete global de saneamiento para 2013 con objeto de garantizar
un ajuste presupuestario favorable al crecimiento a medio plazo basado en una
reducción de los gastos. El Gobierno aplicará medidas de emergencia en 2013 en
caso de que aparezcan desvíos, habida cuenta de los posibles riesgos derivados
de la aplicación de las medidas. b) El presupuesto incluirá medidas de
ingresos tales como una reforma del impuesto sobre la renta, simplificando la
estructura tributaria, ampliando la base imponible mediante la eliminación de
algunos gastos tributarios, y aumentando el tipo impositivo medio al mismo
tiempo que se mejora la progresividad; una ampliación de la base imponible del
impuesto de sociedades; un aumento de los tipos impositivos aplicados a los
ingresos procedentes de la inversión; un aumento de los impuestos especiales y
una modificación de la imposición sobre bienes inmuebles. c) Por el lado de los gastos, el presupuesto
para 2013 especificará medidas como la reducción de los gastos de la
Administración central y los de educación y sanidad; una racionalización de las
subvenciones y las transferencias sociales públicas y privadas; una reducción
de las transferencias a las autoridades regionales y locales; una reducción de
la masa salarial disminuyendo el personal permanente y temporal y reduciendo el
pago de horas extraordinarias; y una limitación de los gastos de funcionamiento
y de inversión de las empresas estatales. d) Portugal completará la eliminación de los
retrasos judiciales. e) Portugal mejorará el entorno empresarial
reduciendo las trabas administrativas con la extensión a todos los sectores de
la economía de las medidas de simplificación (ventanilla única y proyectos sin
autorización previa). En particular, Portugal adaptará el contenido y la
información disponible en la ventanilla única para garantizar la conformidad
con la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo* y con la
Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo**. Portugal aligerará
las restricciones de crédito que afectan a las pequeñas y medianas empresas, en
particular aplicando la Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo***. f) Portugal adaptará el contenido de la
información disponible en la ventanilla única sobre los 44 regímenes
modificados a fin de garantizar la conformidad con la Directiva de servicios, y
adaptará el contenido y la información disponible en la ventanilla única sobre
los 13 regímenes con objeto de garantizar la conformidad con la Directiva
relativa a las cualificaciones profesionales. g) Portugal seguirá aplicando su programa de
privatización, que se ampliará para incluir a empresas y activos adicionales
respecto de los establecidos en el Protocolo de Acuerdo para ser objeto de venta
o concesión en 2013. __________________________ * DO L 376 de 27.12.2006, p. 36. ** DO L 255 de 30.9.2005, p. 1. *** DO L 48 de 23.2.2011, p. 1. 8. El déficit de las administraciones
públicas no rebasará el 2,5% del PIB en 2014. Para lograr este objetivo,
Portugal aplicará un plan minucioso de reducción del gasto en aproximadamente
4 000 millones de euros en 2014-2015. En el marco de la sexta evaluación
se realizará una revisión global de los gastos a fin de definir con precisión
nuevas posibilidades de ahorro y para mediados de febrero de 2013 se
especificarán las medidas necesarias. Los planes de saneamiento fiscal para
2014-2015 se definirán con todo detalle en el programa de estabilidad de 2013. 9. Con vistas a restaurar la confianza en
el sector financiero, Portugal llevará a cabo una recapitalización adecuada de
su sector bancario y garantizará un proceso de desapalancamiento ordenado. A
este respecto, Portugal aplicará a su sector bancario la estrategia acordada
con la Comisión, el BCE y el FMI a fin de preservar la estabilidad financiera.
En particular, Portugal: a) recomendará a los bancos reforzar sus
reservas de garantía de forma sostenible y controlar el saldo vivo de las
obligaciones de los bancos garantizadas por el Estado; b) velará por que los bancos alcancen el
objetivo del programa consistente en un ratio de capital básico de clase 1 del
10% a final de 2012 a más tardar; c) garantizará un proceso de
desapalancamiento del sector bancario equilibrado y ordenado, que sigue siendo
fundamental para eliminar de forma permanente los desequilibrios de
financiación; garantizará que los planes de financiación de los bancos tiendan
a reducir el ratio préstamos/depósitos a un valor indicativo de aproximadamente
el 120% en 2014 y a reducir la dependencia respecto de la financiación del
Eurosistema a medio plazo; estos planes de financiación se revisarán
trimestralmente; d) seguirá racionalizando las empresas
estatales; e) optimizará el proceso de recuperación de
los activos transferidos de BPN a las tres entidades instrumentales de
propiedad estatal mediante la cesión de la gestión de los activos a un tercero
profesional, con la misión de recuperar los activos gradualmente a lo largo del
tiempo; el Gobierno portugués seleccionará al tercero que gestionará los
créditos a través de un procedimiento de licitación e incluirá incentivos
adecuados para maximizar las recuperaciones y minimizar los costes de
funcionamiento en el marco del mandato, y garantizará la transferencia oportuna
de las filiales y de los activos en las otras entidades instrumentales
estatales; f) sobre la base del conjunto de propuestas
preliminares encaminadas a fomentar la diversificación de las alternativas de
financiación para el sector empresarial, desarrollará y evaluará las diferentes
opciones presentadas a fin de establecer prioridades; evaluará la eficacia de
los regímenes de garantía del crédito a la exportación patrocinados por el
Gobierno y compatibles con la normativa de la UE con vistas a adoptar medidas
adecuadas para el fomento de las exportaciones; g) garantizará las modalidades de
financiación iniciales y periódicas para el Fondo de Resolución en dos etapas,
en primer lugar, mediante la aprobación de un decreto-ley relativo a la
contribución de los bancos a dicho Fondo en noviembre de 2012 a más tardar, y,
en segundo lugar, mediante la aprobación de un dictamen de supervisión relativo
a las contribuciones periódicas específicas de los bancos un mes después; adoptará
los dictámenes de supervisión relativos a los planes de recuperación en octubre
de 2012 a más tardar; adoptará el reglamento sobre los planes de resolución en
noviembre de 2012 a más tardar; adoptará las normas aplicables al
establecimiento y funcionamiento de bancos puente de conformidad con las normas
de competencia de la Unión en octubre de 2011 a más tardar; deberá dar
prioridad al examen de los planes de rescate y resolución de los bancos de
importancia sistémica; h) establecerá un marco para que las
instituciones financieras emprendan una restructuración extrajudicial de la
deuda de las economías domésticas y de las PYME y apliquen un plan de acción
para aumentar el conocimiento que tienen los ciudadanos de los instrumentos de
reestructuración.». 3) Se añade el apartado 10 siguiente: «10. Con el fin de garantizar una
aplicación armoniosa de las condiciones asociadas al Programa, y contribuir a
la corrección de los desequilibrios de forma sostenible, la Comisión
proporcionará de forma continua asesoramiento y orientación sobre las reformas
fiscales, del mercado financiero y estructurales. En el marco de la asistencia
que ha de facilitar a Portugal, junto con el FMI y en coordinación con el BCE,
la Comisión analizará periódicamente la eficacia y los efectos económicos y
sociales de las medidas acordadas, y recomendará las correcciones necesarias
con vistas a fomentar el crecimiento y la creación de empleo, garantizar el
saneamiento fiscal necesario y minimizar los efectos sociales perjudiciales,
particularmente sobre los miembros más vulnerables de la sociedad portuguesa.». Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión
será Portugal. Artículo 3 La presente Decisión se publicará en el Diario
Oficial de la Unión Europea. Hecho en Bruselas, el Por
el Consejo El
Presidente [1] DO L 118 de 12.5.2010, p. 1. [2] DO L 376 de 27.12.2006, p. 36.