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Document 52012PC0574

Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal

/* COM/2012/0574 final - 2012/0276 (NLE) */

52012PC0574

Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal /* COM/2012/0574 final - 2012/0276 (NLE) */


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A petición de Portugal, el Consejo concedió el 17 de mayo de 2011 (Decisión de Ejecución 2011/344/UE del Consejo) una ayuda financiera a este país en apoyo a un estricto programa económico y de reformas destinado a restablecer la confianza, permitir el regreso de la economía a una senda de crecimiento sostenible y preservar la estabilidad financiera de Portugal, de la zona del euro y de la UE.

De conformidad con el artículo 3, apartado 9, de la Decisión 2011/344/UE, la Comisión, conjuntamente con el FMI y en concertación con el BCE, ha realizado la quinta evaluación de los progresos realizados en la aplicación de las medidas acordadas, así como de la eficacia e incidencia económica y social de dichas medidas.

Teniendo en cuenta la reciente evolución económica, presupuestaria y financiera y las medidas tomadas en estos ámbitos, la Comisión considera que son necesarias algunas modificaciones de las condiciones de política económica a las que se supedita la ayuda a fin de garantizar los objetivos del programa, según se explica en los considerandos de la propuesta de modificación de la Decisión de Ejecución del Consejo.

2012/0276 (NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) nº 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera[1], y en particular su artículo 3, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)       De conformidad con el artículo 3, apartado 9, de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE del Consejo, la Comisión, conjuntamente con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y en concertación con el BCE, ha realizado la quinta evaluación del progreso de las autoridades portuguesas en la aplicación de las medidas acordadas, así como de la eficacia y el impacto económico y social de dichas medidas.

(2)       El reequilibrio de la economía portuguesa está teniendo lugar a un ritmo más rápido que el previsto. En el segundo trimestre de 2012, el PIB real registró una reducción de 1,2 puntos porcentuales respecto del primer trimestre, en el que se había mantenido prácticamente constante respecto del trimestre anterior. Para todo el año, se mantiene la previsión de recesión económica (–3%). El déficit de la balanza por cuenta corriente está disminuyendo más rápidamente de lo previsto, previéndose para 2012 un déficit equivalente al 3% del PIB, frente a una cifra cercana al 10% hace tan solo dos años. Este ajuste está teniendo lugar gracias al buen comportamiento de las exportaciones y a la rápida disminución de las importaciones. De cara al futuro, la actividad económica se verá afectada adversamente por la evolución de la demanda externa y los efectos de la intensificación del saneamiento fiscal. Como consecuencia de ello, la previsión de crecimiento del PIB se ha revisado a la baja en alrededor de un punto porcentual tanto para 2013 como para 2014 (aproximadamente –1% y +1%, respectivamente).

(3)       A pesar de una rigurosa ejecución presupuestaria por el lado de los gastos, los datos disponibles hasta julio apuntan a un desvío del 2,25% del PIB en 2012 respecto de los planes presupuestarios. Aunque es favorable, el ajuste más rápido de lo previsto de la demanda interna hacia las exportaciones afecta a la situación presupuestaria de dos maneras. En primer lugar, los sectores internos intensivos en mano de obra, tales como el de la construcción, son los más afectados y el mayor desempleo resultante afecta al presupuesto de la seguridad social. En segundo lugar, está disminuyendo la intensidad tributaria de la producción y el consumo, lo que lleva a unos ingresos considerablemente menores. El efecto de la composición del crecimiento sobre los ingresos se ve ampliado por cambios en la composición del consumo, pasándose de artículos más gravados, tales como los bienes de consumo duraderos, a artículos de consumo diario menos gravados. Asimismo, la debilidad de la fiscalidad directa es ampliada por una estructura de tramos impositivos desfavorable, ya que los menores ingresos son gravados a tipos inferiores y disminuyen los ingresos procedentes de la tributación de los beneficios. En cambio, el gasto ha evolucionado globalmente conforme a lo previsto, con unos ahorros superiores a los presupuestados en materia de retribuciones salariales. Aunque una serie de factores puntuales podrían reducir el desvío presupuestario hasta alrededor de tres cuartos de punto porcentual del PIB en 2012, en 2013 y 2014 habría que contar con prórrogas equivalentes al 1,5% del PIB, lo que haría inalcanzables los objetivos presupuestarios del programa en 2012-2014.

(4)       Teniendo en cuenta las importantes pérdidas de ingresos y las perspectivas de crecimiento menos favorables, se han ajustado los objetivos de déficit al 5,0% del PIB en 2012, el 4,5% en 2013 y el 2,5% en 2014. Dado que se estima que el déficit presupuestario escapa esencialmente al control del Gobierno, parece apropiada una revisión de los objetivos para integrar una parte de la insuficiencia de ingresos. Incluso con los objetivos revisados, en 2013 y 2014 serán necesarios esfuerzos significativos de saneamiento, equivalentes, respectivamente, al 3% y el 1,75% del PIB. Con objeto de mantener la credibilidad del programa, conviene concentrar en cierta medida el ajuste al principio del período considerado.

(5)       Los objetivos presupuestarios revisados se basan en una serie de medidas estructurales de gastos e ingresos. Antes de finalizar 2012 se tomarán medidas de un importe equivalente a un cuarto de punto porcentual del PIB con objeto de alcanzar el objetivo de déficit del 5% del PIB. Se incluyen, en particular, congelaciones de los gastos y una anticipación en la aplicación de algunas medidas previstas para el año próximo. Para 2013, en el presupuesto se incorporarán medidas de saneamiento de un importe equivalente al 3% del PIB para alcanzar el objetivo del 4,5% del PIB. Cabe citar una nueva disminución de la masa salarial, una reducción del consumo intermedio, una reducción de las transferencias sociales, una mayor racionalización del sector sanitario, una disminución de los gastos de inversión, así como aumentos de los ingresos derivados de una reforma del impuesto sobre la renta — simplificando la estructura tributaria, ampliando la base imponible mediante la eliminación de algunos gastos tributarios, y aumentando el tipo impositivo medio al mismo tiempo que se mejora la progresividad—, una ampliación de la base imponible del impuesto de sociedades eliminando la deducibilidad de los intereses, un aumento de los impuestos especiales, y una modificación de la imposición sobre bienes inmuebles. Para 2014 se ha iniciado una revisión global de los gastos con vistas a identificar recortes de los gastos (por importe de 4 000 millones de euros en 2014-2015) que permitan alcanzar un déficit presupuestario del 2,5% del PIB.

(6)       Se han establecido instrumentos para controlar los gastos públicos. Aunque se está aplicando el nuevo sistema de control de los compromisos, se debe garantizar un mayor cumplimiento del mismo para evitar una nueva acumulación de atrasos. Se reducirá la fragmentación presupuestaria y se está abordando una amplia gama de costosas ineficiencias. Esto implica, en particular, contener las pérdidas de las empresas públicas, renegociar las asociaciones público-privadas e impulsar nuevos ahorros en el sector sanitario.

(7)       Conforme a las actuales previsiones de la Comisión relativas al crecimiento del PIB nominal (–1,0% en 2011, –2,7% en 2012, 0,3% en 2013 y 2,2% en 2014) y a los objetivos presupuestarios revisados, la evolución del ratio deuda/PIB será la siguiente: el 107,8 % en 2011, el 119,1 % en 2012, el 123,7% en 2013 y el 123,6% en 2014. Por consiguiente, el ratio deuda/PIB se estabilizará por debajo del 124% e iniciará una tendencia decreciente en 2014, suponiendo que prosiga la reducción del déficit. La dinámica de la deuda se ve afectada por varias operaciones extrapresupuestarias —entre las que figuran importantes adquisiciones de activos financieros destinados especialmente a la eventual recapitalización de bancos y a la financiación de empresas públicas—, así como por las diferencias entre intereses devengados e intereses pagados.

(8)       La liquidez y la solvencia del sistema bancario han mejorado desde la cuarta evaluación, como consecuencia del proceso actual de desapalancamiento, del apoyo excepcional a la liquidez proporcionado por el Eurosistema y de un aumento de capital de importe superior a 7 000 millones de euros. Los bancos han presentado sus planes actualizados de financiación y de capital (cuarta edición). Aunque se muestran ligeramente menos optimistas acerca de la expansión de los depósitos, todos los bancos prevén alcanzar el objetivo indicativo del 120% para el ratio préstamos/depósitos en 2014 a más tardar. Globalmente, la aplicación del Protocolo de Acuerdo en el sector financiero se está desarrollando de conformidad con los objetivos fijados para mantener la estabilidad financiera. Aún son necesarios esfuerzos en algunos bancos para alcanzar el objetivo del Banco de Portugal de un ratio de capital básico de clase 1 del 10% a final del año.

(9)       Los progresos en la aplicación de las reformas encaminadas a aumentar la competitividad, el empleo y el potencial de crecimiento son globalmente satisfactorios. El Código Laboral revisado entró en vigor en agosto de 2012. Para final de septiembre están previstas nuevas importantes reformas en el área de la indemnización por despido y la negociación colectiva. El Gobierno ha adoptado recientemente una serie de políticas activas del mercado de trabajo encaminadas a mejorar el funcionamiento de los servicios públicos de empleo, apoyar la creación de empleo, reforzar las estrategias de activación y ofrecer oportunidades de formación más eficaces. Las reformas judiciales en los ámbitos del procedimiento civil y organización de los tribunales, que permitirán acelerar la tramitación de los litigios civiles y comerciales y desatascar el sistema judicial, están avanzando a un ritmo satisfactorio. Se han tomado medidas para mejorar el marco de reconocimiento de las cualificaciones profesionales con la aprobación de enmiendas a la Ley que incorpora la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, y con la adopción por el Gobierno de un proyecto de ley encaminado a mejorar el funcionamiento de las profesiones altamente reguladas. Los trabajos para la aplicación de la Directiva de servicios han avanzado a un ritmo sostenido en lo que se refiere a la legislación sectorial, previéndose para final del año la aprobación de las últimas modificaciones legislativas necesarias a nivel sectorial. A fin de reducir las trabas administrativas, son esenciales nuevos esfuerzos en la aplicación de la iniciativa de proyectos sin autorización previa y el establecimiento de la ventanilla única que prevé la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior[2]. Con vistas a facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas a la financiación, el Gobierno se ha comprometido a adoptar, en caso necesario, una serie de iniciativas adicionales que incluyan mecanismos para reforzar la orientación exportadora de estas empresas.

(10)     Partiendo del informe independiente sobre las principales autoridades nacionales de regulación, Portugal elaborará una ley marco que proteja el interés público y fomente la eficiencia del mercado. La Ley garantizará la independencia y la autonomía financiera, administrativa y de gestión de la autoridad reguladora para ejercer sus responsabilidades, en plena conformidad con el Derecho de la UE. La Ley también contribuirá a la eficiencia de la autoridad de competencia a la hora de aplicar la normativa de competencia, apoyando y complementando así el efecto de la Ley de competencia recientemente adoptada.

(11)     La quinta actualización del Protocolo de Acuerdo dedica toda una sección al fomento de un régimen de concesión de licencias favorable a las empresas que proporcione un calendario más detallado e hitos específicos para la revisión de algunos regímenes jurídicos importantes, tales como los regímenes de concesión de licencias en relación con el medio ambiente y la ordenación territorial y para las actividades industriales, comerciales y turísticas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 3 de la Decisión 2011/344/UE queda modificado como sigue:

1) Los apartados 3 y 4 se sustituyen por el texto siguiente:

«3. El déficit de las administraciones públicas no rebasará el 5,9% del PIB en 2011, el 5,0% del PIB en 2012, el 4,5% del PIB en 2013 y el 2,5% del PIB en 2014, de conformidad con las exigencias del procedimiento de déficit excesivo revisado. Para el cálculo de este déficit no se tendrán en cuenta los posibles costes presupuestarios de las medidas de apoyo a los bancos en el contexto de la estrategia del Gobierno portugués para el sector financiero. El saneamiento se logrará con medidas permanentes de gran calidad y minimizando los efectos del saneamiento sobre los grupos vulnerables.

4. Portugal adoptará las medidas especificadas en los apartados 5 a 8 antes de la finalización del año indicado, debiendo especificarse los plazos exactos para los años 2011-2014 en el Protocolo de Acuerdo. Portugal estará dispuesto a adoptar medidas de saneamiento adicionales para reducir el déficit por debajo del 3% del PIB en 2014 a más tardar en caso de que se produzcan desviaciones respecto de los objetivos.».

2) Los apartados 6 a 9 se sustituyen por el texto siguiente:

«6. Portugal adoptará en 2012 las siguientes medidas, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de Acuerdo:

a) El déficit de las administraciones públicas no rebasará el 5,0% del PIB en 2012. Portugal seguirá controlando de cerca la evolución presupuestaria y aplicará nuevos ajustes a fin de alcanzar el objetivo para 2012. A tal efecto, Portugal congelará algunos de los créditos consignados en el presupuesto para 2012 destinados a proyectos de inversión aún no iniciados; aumentará los derechos de registro sobre bienes inmuebles de alto valor y los tipos impositivos aplicados a los ingresos procedentes de la inversión; anticipará algunas de las medidas incluidas en el presupuesto para 2013 que afectan a las prestaciones sociales; aplicará otras medidas que generen ahorros en el consumo intermedio y aumenten los ingresos procedentes de las ventas con el fin de garantizar el logro del objetivo de déficit para 2012.

b) Portugal intentará lograr una reducción del gasto en 2012 de al menos 6 800 millones de euros, particularmente reduciendo el empleo y los salarios del sector público; recortando las pensiones; procediendo a una reorganización global de la Administración central, eliminando las duplicidades y otras ineficiencias; reduciendo las transferencias a las empresas estatales; reorganizando y disminuyendo el número de municipios y parroquias; recortando los gastos de educación y sanidad; reduciendo las transferencias a las autoridades regionales y locales; y disminuyendo los gastos de capital y otros gastos, según lo establecido en el Programa.

c) Por el lado de los ingresos, Portugal aplicará medidas por un importe de 3 000 millones de euros como mínimo, tales como: la ampliación de la base imponible del IVA, reduciendo las exenciones y revisando la lista de bienes y servicios sometidos a los distintos tipos del IVA (reducido, intermedio y superior); el aumento de los impuestos especiales; la ampliación de la base imponible del impuesto de sociedades y del impuesto sobre la renta reduciendo las deducciones impositivas y limitando los regímenes especiales; una convergencia de las deducciones impositivas del impuesto sobre la renta aplicables a las pensiones y a las rentas del trabajo; y la modificación de la imposición sobre bienes inmuebles reduciendo sustancialmente las exenciones. Estas medidas se completarán con acciones encaminadas a combatir la evasión fiscal, el fraude y las irregularidades.

d) Portugal seguirá adoptando medidas encaminadas a fortalecer la gestión de la hacienda pública y aplicará las medidas contempladas en la nueva Ley marco presupuestaria, tales como el establecimiento de un marco presupuestario a medio plazo. Deberán reforzarse considerablemente los marcos presupuestarios locales y regionales, en particular, ajustando las respectivas leyes de financiación a las exigencias de la Ley marco presupuestaria. Portugal deberá mejorar la información sobre las finanzas públicas y el control de las mismas y reforzar las normas y procedimientos en materia de ejecución presupuestaria. El Gobierno portugués aplicará la estrategia para la validación y la liquidación de los pagos atrasados y reforzará la aplicación de la Ley sobre el control de los compromisos a fin de evitar la creación de nuevos atrasos. Portugal aplicará el nuevo marco legal e institucional de las asociaciones público-privadas. Hasta que un nuevo marco sea plenamente operativo no se creará ninguna asociación público-privada. Partiendo de un estudio realizado por una empresa de auditoría internacional, Portugal desarrollará un plan estratégico detallado, plenamente conforme al derecho aplicable de la UE, en particular la legislación relativa a la contratación pública, con vistas a obtener sustanciales ventajas presupuestarias, al mismo tiempo que minimiza la carga de la deuda y garantiza una reducción sostenible de los pasivos estatales. Portugal adoptará una ley para regular la creación y funcionamiento de las empresas estatales a nivel central, regional y local.

e) Portugal aplicará la nueva legislación a fin de reorganizar y reducir significativamente el número de organismos de la administración local. Estos cambios surtirán efecto al principio del próximo ciclo de elecciones locales. Por otra parte, Portugal redoblará sus esfuerzos para racionalizar el sector público reduciendo el número de organismos y mejorando la distribución de tareas en todos los niveles de la Administración.

f) Portugal intensificará la reforma de su administración fiscal reforzando los vínculos entre la Autoridade Tributária e Aduaneira y las unidades recaudadoras de la seguridad social, reduciendo el número de oficinas municipales y abordando los estrangulamientos persistentes en el sistema de recursos en el ámbito tributario.

g) Portugal aplicará el acuerdo financiero con la región autónoma de Madeira.

h) Portugal adoptará medidas tendentes a mejorar la eficiencia y sostenibilidad de las empresas estatales a nivel central, regional y local; estudiará las posibles opciones para gestionar el endeudamiento considerable de las empresas estatales, particularmente de Parpública, y garantizar unas mejores condiciones de financiación del mercado; y procurará alcanzar el equilibrio operativo a nivel de sector para finales de 2012.

i) Portugal continuará aplicando el programa de privatización. Está teniendo lugar la venta directa de Caixa Seguros, rama de seguros de Caixa Geral de Depositos (CGD).

j) El Gobierno portugués presentará propuestas legislativas al Parlamento portugués encaminadas a alinear las indemnizaciones por despido con la media de la UE de 8-12 días por año trabajado y crear un fondo de compensación para dichas indemnizaciones.

k) Portugal promoverá una evolución de los salarios compatible con los objetivos de fomentar la creación de empleo y mejorar la competitividad de las empresas, a fin de corregir los desequilibrios macroeconómicos. Durante el período cubierto por el programa, únicamente se podrá aumentar el salario mínimo si ello está justificado por la evolución de la situación económica y del mercado de trabajo. Portugal tomará medidas tendentes a eliminar los puntos débiles de los actuales regímenes de negociación salarial, incluida legislación encaminada a redefinir los criterios y modalidades de la extensión de los convenios colectivos y a facilitar los acuerdos de empresa. En tanto no se hayan aplicado dichas medidas, no se extenderán los acuerdos colectivos.

l) Portugal seguirá mejorando la eficacia de sus políticas activas del mercado de trabajo conforme a los resultados del informe de evaluación y del plan de acción a fin de mejorar el funcionamiento de los servicios públicos de empleo.

m) Portugal aplicará las medidas establecidas en sus planes de acción a fin de mejorar la calidad de la enseñanza secundaria y de la educación y formación profesional.

(n) El funcionamiento del sistema judicial se mejorará mediante la aplicación de las medidas propuestas en el programa de reforma judicial y de medidas selectivas con vistas a eliminar progresivamente los retrasos judiciales y fomentar nuevas modalidades de resolución de litigios.

o) Portugal proseguirá la apertura de su economía a la competencia. El Gobierno portugués tomará las medidas necesarias para garantizar que su actuación no provoca la aparición de obstáculos a la libre circulación de capitales y, en particular, que el Estado portugués o cualquier organismo público no celebren, como accionistas, acuerdos que puedan ser un obstáculo para la libre circulación de capitales o puedan influir en el control de la gestión de las empresas. Se fomentará el buen el funcionamiento de los servicios profesionales mejorando el reconocimiento del marco de las cualificaciones profesionales y eliminando restricciones innecesarias sobre las profesiones reguladas. En cuanto a las actividades en el sector de la construcción y en el sector inmobiliario, Portugal disminuirá las exigencias administrativas impuestas a los prestadores de servicios transfronterizos internacionales y revisará los obstáculos al establecimiento de prestadores de servicios.

p) Portugal mejorará el marco de competencia y reglamentario; reforzará la independencia, autonomía y gobernanza de las principales autoridades nacionales de regulación; aplicará la Ley de competencia con vistas a mejorar la rapidez y eficacia de la aplicación de las normas de competencia; controlará la introducción de nuevos asuntos e informará sobre el funcionamiento del tribunal especializado de competencia, regulación y supervisión.

q) En el sector energético, Portugal tomará medidas para facilitar la entrada en el mercado y fomentar el establecimiento del mercado ibérico del gas y avanzará hacia la transposición completa del tercer paquete energético de la UE. A fin de garantizar la independencia de la autoridad nacional de regulación, su autonomía y todas las facultades previstas en el paquete, Portugal adoptará a más tardar en el tercer trimestre de 2012 las nuevas disposiciones estatutarias de las autoridades de regulación acordadas en julio de este año con la CE, el BCE y el FMI, y garantizará su aplicación efectiva antes de final de este año esto es, con anterioridad a la liberalización de los mercados de la electricidad y el gas. Portugal tomará medidas encaminadas a revisar los regímenes de apoyo y de compensación de la producción de electricidad, y medidas tendentes a reducir las rentas excesivas y eliminar el déficit tarifario («defice tarifário») en 2020 a más tardar, centrándose en los regímenes de compensación para la garantía de suministro eléctrico, el régimen especial (energías renovables —excluidas las concesiones en el marco de licitaciones— y cogeneración) y el régimen ordinario («CMEC» —costes de mantenimiento del equilibrio contractual— y «CAE» —contratos de adquisición de energía—).

r) En las otras industrias de redes, en particular, en el transporte, las telecomunicaciones y los servicios postales, Portugal adoptará medidas adicionales encaminadas a promover la competencia y la flexibilidad.

s) Portugal adoptará una serie de medidas tendentes a aumentar la eficacia de los regímenes de licencia para la ordenación del territorio y las actividades industriales, comerciales y turísticas. Por otro lado, el Gobierno portugués analizará y agilizará las solicitudes de licencia para proyectos de inversión que estén pendientes de decisión desde hace más de doce meses.

t) Portugal preparará un plan de acción con medidas encaminadas a facilitar a las empresas, en particular a las PYME, el acceso a la financiación y a los mercados de exportación.

7. Portugal adoptará en 2013 las siguientes medidas, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de Acuerdo:

a) El déficit de las administraciones públicas no rebasará el 4,5% del PIB en 2013. El presupuesto para 2013 incluirá medidas permanentes de saneamiento fiscal de un importe equivalente como mínimo al 3% del PIB tendentes a una reducción del déficit de las administraciones públicas conforme al calendario establecido en el artículo 3, apartado 3. El Gobierno estudiará las formas de aumentar la proporción de la reducción de gastos en el paquete global de saneamiento para 2013 con objeto de garantizar un ajuste presupuestario favorable al crecimiento a medio plazo basado en una reducción de los gastos. El Gobierno aplicará medidas de emergencia en 2013 en caso de que aparezcan desvíos, habida cuenta de los posibles riesgos derivados de la aplicación de las medidas.

b) El presupuesto incluirá medidas de ingresos tales como una reforma del impuesto sobre la renta, simplificando la estructura tributaria, ampliando la base imponible mediante la eliminación de algunos gastos tributarios, y aumentando el tipo impositivo medio al mismo tiempo que se mejora la progresividad; una ampliación de la base imponible del impuesto de sociedades; un aumento de los tipos impositivos aplicados a los ingresos procedentes de la inversión; un aumento de los impuestos especiales y una modificación de la imposición sobre bienes inmuebles.

c) Por el lado de los gastos, el presupuesto para 2013 especificará medidas como la reducción de los gastos de la Administración central y los de educación y sanidad; una racionalización de las subvenciones y las transferencias sociales públicas y privadas; una reducción de las transferencias a las autoridades regionales y locales; una reducción de la masa salarial disminuyendo el personal permanente y temporal y reduciendo el pago de horas extraordinarias; y una limitación de los gastos de funcionamiento y de inversión de las empresas estatales.

d) Portugal completará la eliminación de los retrasos judiciales.

e) Portugal mejorará el entorno empresarial reduciendo las trabas administrativas con la extensión a todos los sectores de la economía de las medidas de simplificación (ventanilla única y proyectos sin autorización previa). En particular, Portugal adaptará el contenido y la información disponible en la ventanilla única para garantizar la conformidad con la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo* y con la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo**. Portugal aligerará las restricciones de crédito que afectan a las pequeñas y medianas empresas, en particular aplicando la Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo***.

f) Portugal adaptará el contenido de la información disponible en la ventanilla única sobre los 44 regímenes modificados a fin de garantizar la conformidad con la Directiva de servicios, y adaptará el contenido y la información disponible en la ventanilla única sobre los 13 regímenes con objeto de garantizar la conformidad con la Directiva relativa a las cualificaciones profesionales.

g) Portugal seguirá aplicando su programa de privatización, que se ampliará para incluir a empresas y activos adicionales respecto de los establecidos en el Protocolo de Acuerdo para ser objeto de venta o concesión en 2013.

__________________________

* DO L 376 de 27.12.2006, p. 36.

** DO L 255 de 30.9.2005, p. 1.

*** DO L 48 de 23.2.2011, p. 1.

8. El déficit de las administraciones públicas no rebasará el 2,5% del PIB en 2014. Para lograr este objetivo, Portugal aplicará un plan minucioso de reducción del gasto en aproximadamente 4 000 millones de euros en 2014-2015. En el marco de la sexta evaluación se realizará una revisión global de los gastos a fin de definir con precisión nuevas posibilidades de ahorro y para mediados de febrero de 2013 se especificarán las medidas necesarias. Los planes de saneamiento fiscal para 2014-2015 se definirán con todo detalle en el programa de estabilidad de 2013.

9. Con vistas a restaurar la confianza en el sector financiero, Portugal llevará a cabo una recapitalización adecuada de su sector bancario y garantizará un proceso de desapalancamiento ordenado. A este respecto, Portugal aplicará a su sector bancario la estrategia acordada con la Comisión, el BCE y el FMI a fin de preservar la estabilidad financiera. En particular, Portugal:

a) recomendará a los bancos reforzar sus reservas de garantía de forma sostenible y controlar el saldo vivo de las obligaciones de los bancos garantizadas por el Estado;

b) velará por que los bancos alcancen el objetivo del programa consistente en un ratio de capital básico de clase 1 del 10% a final de 2012 a más tardar;

c) garantizará un proceso de desapalancamiento del sector bancario equilibrado y ordenado, que sigue siendo fundamental para eliminar de forma permanente los desequilibrios de financiación; garantizará que los planes de financiación de los bancos tiendan a reducir el ratio préstamos/depósitos a un valor indicativo de aproximadamente el 120% en 2014 y a reducir la dependencia respecto de la financiación del Eurosistema a medio plazo; estos planes de financiación se revisarán trimestralmente;

d) seguirá racionalizando las empresas estatales;

e) optimizará el proceso de recuperación de los activos transferidos de BPN a las tres entidades instrumentales de propiedad estatal mediante la cesión de la gestión de los activos a un tercero profesional, con la misión de recuperar los activos gradualmente a lo largo del tiempo; el Gobierno portugués seleccionará al tercero que gestionará los créditos a través de un procedimiento de licitación e incluirá incentivos adecuados para maximizar las recuperaciones y minimizar los costes de funcionamiento en el marco del mandato, y garantizará la transferencia oportuna de las filiales y de los activos en las otras entidades instrumentales estatales;

f) sobre la base del conjunto de propuestas preliminares encaminadas a fomentar la diversificación de las alternativas de financiación para el sector empresarial, desarrollará y evaluará las diferentes opciones presentadas a fin de establecer prioridades; evaluará la eficacia de los regímenes de garantía del crédito a la exportación patrocinados por el Gobierno y compatibles con la normativa de la UE con vistas a adoptar medidas adecuadas para el fomento de las exportaciones;

g) garantizará las modalidades de financiación iniciales y periódicas para el Fondo de Resolución en dos etapas, en primer lugar, mediante la aprobación de un decreto-ley relativo a la contribución de los bancos a dicho Fondo en noviembre de 2012 a más tardar, y, en segundo lugar, mediante la aprobación de un dictamen de supervisión relativo a las contribuciones periódicas específicas de los bancos un mes después; adoptará los dictámenes de supervisión relativos a los planes de recuperación en octubre de 2012 a más tardar; adoptará el reglamento sobre los planes de resolución en noviembre de 2012 a más tardar; adoptará las normas aplicables al establecimiento y funcionamiento de bancos puente de conformidad con las normas de competencia de la Unión en octubre de 2011 a más tardar; deberá dar prioridad al examen de los planes de rescate y resolución de los bancos de importancia sistémica;

h) establecerá un marco para que las instituciones financieras emprendan una restructuración extrajudicial de la deuda de las economías domésticas y de las PYME y apliquen un plan de acción para aumentar el conocimiento que tienen los ciudadanos de los instrumentos de reestructuración.».

3) Se añade el apartado 10 siguiente:

«10. Con el fin de garantizar una aplicación armoniosa de las condiciones asociadas al Programa, y contribuir a la corrección de los desequilibrios de forma sostenible, la Comisión proporcionará de forma continua asesoramiento y orientación sobre las reformas fiscales, del mercado financiero y estructurales. En el marco de la asistencia que ha de facilitar a Portugal, junto con el FMI y en coordinación con el BCE, la Comisión analizará periódicamente la eficacia y los efectos económicos y sociales de las medidas acordadas, y recomendará las correcciones necesarias con vistas a fomentar el crecimiento y la creación de empleo, garantizar el saneamiento fiscal necesario y minimizar los efectos sociales perjudiciales, particularmente sobre los miembros más vulnerables de la sociedad portuguesa.».

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión será Portugal.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el

                                                                       Por el Consejo

                                                                       El Presidente

[1]               DO L 118 de 12.5.2010, p. 1.

[2]               DO L 376 de 27.12.2006, p. 36.

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