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Document 52009IP0151

Un año después de Lisboa: La Asociación África-UE en marcha Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de marzo de 2009 , sobre «Un año después de Lisboa: La Asociación África-UE en marcha» (2008/2318(INI))

DO C 117E de 6.5.2010, p. 7–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

6.5.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 117/7


Martes, 24 de marzo de 2009
Un año después de Lisboa: La Asociación África-UE en marcha

P6_TA(2009)0151

Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de marzo de 2009, sobre «Un año después de Lisboa: La Asociación África-UE en marcha» (2008/2318(INI))

2010/C 117 E/02

El Parlamento Europeo,

Vista la Estrategia Conjunta África-UE («Estrategia Conjunta») y el primer Plan de Acción (2008-2010) para la implementación de la Asociación Estratégica África-UE, adoptada por los Jefes de Estado o de Gobierno que se reunieron en Lisboa el 8 y 9 de diciembre de 2007,

Vista la Comunicación de la Comisión denominada «Un año después de Lisboa: la Asociación África-UE en marcha» (COM(2008)0617),

Vistas las conclusiones del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores de 10 de noviembre de 2008 sobre «Un año después de Lisboa: la Asociación África-UE en marcha»,

Visto el informe conjunto de evolución sobre la implementación de la Estrategia Conjunta África-UE y su primer Plan de Acción (2008-2010), adoptado por la troika ministerial África-UE en Addis Abeba, Etiopía, de 21 de noviembre de 2008,

Vista la nota de 17 de diciembre de 2008 de la Comisión ad hoc del Parlamento Panafricano para las relaciones con el Parlamento Europeo y de la Delegación ad hoc del Parlamento Europeo para las relaciones con el Parlamento Panafricano dirigida a las Presidencias en ejercicio y a la Comisión Europea y a la Comisión de la Unión Africana (UA) sobre el papel de los Parlamentos Panafricano y Europeo en la implementación y el control de la Estrategia Conjunta,

Vista su Resolución de 25 de octubre de 2007 sobre la situación actual de las relaciones UE-África (1),

Vista su Resolución de 17 de noviembre de 2005 sobre una estrategia de desarrollo para África (2),

Visto el Acuerdo de asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP), por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 (3), modificado por el Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de asociación, firmado en Luxemburgo el 25 de junio de 2005 (4) («Acuerdo de Cotonú»),

Visto el Reglamento (CE) no 1905/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo (5),

Vistos los artículos 177 a 181 del Tratado CE,

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Desarrollo y la opinión de la Comisión de Comercio Internacional (A6-0079/2009),

A.

Considerando que el objetivo de la erradicación de la pobreza debe seguir siendo el firme núcleo de la Estrategia Conjunta,

B.

Considerando que la mitad de la población de África sigue sumida en la pobreza y que África es el único continente que no ha registrado progresos hacia la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), especialmente por lo que respecta a la reducción de la pobreza, la mortalidad infantil, la salud materna y la lucha contra el VIH/SIDA y la malaria,

C.

Considerando que la Estrategia Conjunta pretende ir «más allá del desarrollo», «más allá de África» y «más allá de las instituciones», para cubrir, de forma más amplia que antes, una serie de cuestiones relativas a África y al mundo, como la energía, el cambio climático y la seguridad, e implicar a una gran variedad de agentes no institucionales,

D.

Considerando que, durante el pasado año, se ha establecido la mayor parte de la arquitectura institucional y de los innovadores métodos de trabajo de la Estrategia Conjunta, pero se han registrado escasos avances sobre el terreno,

E.

Considerando que, aunque la Estrategia Conjunta reconoce explícitamente que los Parlamentos Panafricano y Europeo tienen el papel fundamental de examinar los progresos realizados y dar las orientaciones políticas necesarias a la Asociación, todavía no se les ha implicado estructural ni significativamente en el establecimiento, la adaptación y el control de la Estrategia Conjunta,

F.

Considerando que ha habido una implicación mínima por parte de la sociedad civil y de las autoridades locales, en particular del lado africano, en la implementación de la Estrategia Conjunta,

G.

Considerando que se ha destinado muy escasa financiación nueva a la aplicación de la Estrategia Conjunta y que, de hecho, las fuentes de financiación relevantes ya estaban completamente programadas antes de que se aprobase la Estrategia Conjunta,

H.

Considerando que la inclusión del Fondo Europeo de Desarrollo (FED) en el presupuesto de la UE, como el Parlamento ha pedido en repetidas ocasiones, permitiría una mayor coherencia política y una supervisión parlamentaria de los gastos de materia de desarrollo,

I.

Considerando que la cuota de África en el comercio internacional está disminuyendo y que África está quedando excluida de las oportunidades que ofrece la globalización,

J.

Considerando que la fuga de capitales, especialmente la fuga de capitales ilícita, está causando a las economías africanas una hemorragia de miles de millones de euros cada año, mientras que la fuga de cerebros priva al continente de gran parte de la capacidad intelectual que necesita para desarrollarse en el futuro,

K.

Considerando que la producción de alimentos y la seguridad alimentaria en África han ido perdiendo importancia como prioridades políticas y se les ha ido privando de inversión durante la última década, con consecuencias potencialmente desastrosas, tal y como ha puesto de relieve la crisis reciente de los precios de los alimentos,

L.

Considerando que África está insuficientemente representada en las organizaciones internacionales y foros multilaterales que deciden sobre numerosas cuestiones que afectan al futuro del continente,

M.

Considerando que la longeva relación UE-África adquiere un nuevo significado con la emergencia de donantes no tradicionales, cuyos programas y prioridades para África presentan nuevos riesgos y desafíos,

N.

Considerando que es fundamental buscar sinergias y evitar que se solapen las instituciones de la Estrategia Conjunta y las de relaciones ya existentes, como del Acuerdo de Cotonú, de la Estrategia Euromediterránea y de la Asociación Estratégica Sudáfrica-UE,

O.

Considerando que la revisión de Cotonú en 2009 tratará de aclarar la futura relación de los países ACP con la UA,

P.

Considerando que los bajos niveles de sensibilización sobre los objetivos y las acciones de la Estrategia Conjunta son alarmantes y que, en particular en África, la sensibilización de los ciudadanos y la aceptación de la Asociación Estratégica África-UE están directamente relacionados con la capacidad de la Estrategia Conjunta de conseguir de forma inmediata resultados visibles capaces de mejorar el nivel de vida de los ciudadanos africanos,

Q.

Considerando que la Asociación debería tener en cuenta que, si bien una «Asociación entre iguales» significa que la UE y la UA son iguales por lo que respecta a la participación en los debates y en el establecimiento de medidas políticas, también debería abordar la cruda realidad de que ambos continentes y sus instituciones son todavía muy desiguales en términos de desarrollo institucional, capacidad de toma de decisiones y recursos,

Establecimiento de la arquitectura UE-África

1.

Acoge con satisfacción que, un año después de la adopción de la Estrategia Conjunta, los componentes principales de la arquitectura institucional para su aplicación ya se hayan establecido y se hayan puesto en marcha, reforzados por un Plan de Acción con objetivos programados y calendarios, y que se hayan registrado progresos hacia la aplicación de la Estrategia Conjunta y sus asociaciones temáticas; sin embargo, lamenta que, al finalizar el primer año de aplicación, algunos proyectos de la Asociación todavía están definiendo los métodos de trabajo y aún no han establecido sus objetivos programados, calendarios y asignaciones presupuestarias;

2.

Celebra que la UE y la UA, durante el primer año transcurrido después de la firma de la Estrategia Conjunta de la UE-África, se hayan reunido con una frecuencia desconocida anteriormente;

3.

Pide a las Comisiones de la UE y de la UA, y a los Estados miembros de la UE y la UA, que den prioridad a completar esta arquitectura institucional introduciendo componentes parlamentarios, de la sociedad civil y de las autoridades locales que guíen y sostengan el proceso, proporcionándole de esta forma transparencia, apropiación y legitimidad democrática;

4.

Celebra el establecimiento de equipos ejecutivos, con la participación de los Estados miembros interesados, no sólo debido a que la financiación de la Estrategia Conjunta depende en notable medida de las contribuciones de los Estados miembros, sino también por el hecho de que la participación directa de los Estados miembros contribuirá a una mayor concienciación, continuidad y sostenibilidad de las acciones previstas en el Plan de Acción;

5.

Insta a las instituciones de la Estrategia Conjunta a que se centren completamente en obtener los resultados necesarios, ya que el primer Plan de Acción sólo estará en marcha durante un periodo inferior a tres años (2008-2010);

Función de los parlamentos

6.

Reitera su petición a las Comisiones de la UE y de la UA de que tomen las medidas necesarias para que el Parlamento Europeo y el Parlamento Panafricano participen en el proceso de implementación y control y den las directrices de política sobre la Estrategia Conjunta, de conformidad con su estatuto de elementos clave de la arquitectura institucional;

7.

Subraya el papel que desempeñan los órganos interparlamentarios establecidos entre el Parlamento Europeo y los Parlamentos africanos - como la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE y la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea - en favor del fortalecimiento de la paz y la seguridad, la buena gobernanza y la democracia, así como por su naturaleza de plataformas eficaces para la cooperación y el tratamiento de cuestiones de interés común;

8.

Constata que la decimoprimera reunión de la troika ministerial África-UE hizo suyo el primer informe anual sobre los progresos de la implementación de la Estrategia Conjunta y su primer Plan de Acción, siendo la mencionada Comunicación de la Comisión la contribución de la UE al respecto;

9.

Lamenta, sin embargo, que el informe se haya redactado sin consultar ni solicitar una contribución formal de los Parlamentos Europeo y Panafricano;

10.

Propone que los Presidentes del Parlamento Panafricano y del Parlamento Europeo asistan sistemáticamente e intervengan en las cumbres UE-África para presentar las conclusiones de estos Parlamentos sobre la ejecución del Plan de acción y proponer sugerencias sobre las futuras orientaciones de la Estrategia Conjunta;

11.

Solicita que, inmediatamente antes de la troika ministerial de primavera, los miembros de la troika ministerial mantengan un intercambio de puntos de vista con los representantes de los órganos competentes del Parlamento Panafricano y del Parlamento Europeo, durante el cual ambos Parlamentos puedan presentar sus sugerencias y recomendaciones sobre el último informe conjunto anual sobre los progresos realizados; sugiere que el debate sobre las sugerencias y recomendaciones de los Parlamentos se incluya en el orden del día de esa reunión de la troika ministerial; espera que el ulterior informe conjunto sobre los progresos realizados -adoptado durante la siguiente troika ministerial de otoño- indique cómo se han tenido en cuenta dichas sugerencias y recomendaciones; solicita que los representantes parlamentarios se reúnan también con los ministros de la troika al margen de la reunión de la troika de otoño;

12.

Considera que el Parlamento Panafricano y el Parlamento Europeo deberían participar a un nivel adecuado tanto en los grupos conjuntos de expertos como en el Grupo de trabajo UA-UE;

13.

Acoge con satisfacción que la Comisión Europea haya creado un programa de apoyo, en el Noveno FED, de 55 millones de euros para reforzar las capacidades de las instituciones de la UA; insiste, de nuevo, en que una parte de este presupuesto debe destinarse a reforzar la capacidad administrativa y operativa del Parlamento Panafricano y las asambleas legislativas regionales y nacionales de las regiones de la UA y los Estados miembros y pide a la Comisión que elabore los planes de acción para la utilización de estos presupuestos mediante estrechas consultas con el Parlamento Panafricano y en cooperación con el Parlamento Europeo;

14.

Recomienda que la parte del presupuesto asignada al Parlamento Panafricano sea directamente administrada por el mismo, una vez este Parlamento haya establecido la necesaria capacidad administrativa para así hacerlo y haya satisfecho las condiciones estipuladas por el Reglamento financiero (6) (especialmente en su artículo 56) para que la Comisión pueda ejecutar el presupuesto en gestión centralizada indirecta;

15.

Pide a las Comisiones de la UE y de la UA que simplifiquen los procedimientos para garantizar un diálogo directo y efectivo con los Parlamentos sea eficaz y fluido y no se vea afectado por retrasos inaceptables, teniendo en cuenta las peculiaridades de cada procedimiento;

16.

Aboga una vez más por la inclusión del FED en el presupuesto comunitario y, mientras tanto, pide a la Comisión que mantenga informados al Parlamento Panafricano y al Parlamento Europeo en todas las etapas del procedimiento presupuestario;

Sociedad civil y agentes no estatales

17.

Considera que, si la Estrategia Conjunta pretende ser una verdadera «asociación centrada en la ciudadanía, de amplia base y de gran alcance», debe implicar de forma eficaz a la sociedad civil y a las autoridades locales y facilitar su participación efectiva en el trabajo de los organismos de implementación;

18.

Lamenta que, aunque el Plan de Acción indica que cada una de las asociaciones entre África y la UE es susceptible de una amplia gama de acciones, se ponga un énfasis predominante en las acciones estatales; subraya que es necesario profundizar y aclarar en mayor medida las aportaciones y participación en el proceso de los Parlamentos y de los agentes no estatales, tales como las organizaciones de la sociedad civil, las autoridades locales y otros agentes no estatales;

19.

Acoge con satisfacción el Consejo Económico, Social y Cultural de la Unión Africana (ECOSOCC) como instrumento para establecer una asociación entre los Gobiernos africanos y la sociedad civil; se lamenta, no obstante, del bajo nivel de participación de la sociedad civil africana en la aplicación de la Estrategia Conjunta e insta a que se hagan esfuerzos inmediatos, en particular del lado africano, para establecer, en cooperación estrecha con las partes interesadas, procedimientos para la identificación, la descripción y la participación eficaz de agentes africanos no estatales representativos;

20.

Pide a la Comisión Europea que desarrolle unas herramientas adecuadas de creación de capacidades para las organizaciones de la sociedad civil de África, específicamente destinadas a mejorar su capacidad para implicarse en la puesta en práctica de la Estrategia Conjunta;

Asociaciones

21.

Constata que la Estrategia Conjunta también debe responder a cuestiones que, si bien pertenecen formalmente a una arquitectura institucional diferente, influyen en gran medida sobre el futuro de África y dan forma a las relaciones entre los dos continentes, como los Acuerdos de Asociación Económica (AAE) y las relaciones entre grupos regionales de los AAE y otros grupos regionales presentes en África (incluidas las Comunidades Económicas Regionales), la segunda revisión del Acuerdo de Cotonú, la Estrategia Euromediterránea, la Asociación Estratégica Sudáfrica-UE y las relaciones de África con otros nuevos protagonistas a escala mundial como China y Brasil;

22.

Opina que el desarrollo económico, social y medioambiental sostenible sólo puede lograrse en países que ofrezcan garantías de paz, democracia y derechos humanos;

23.

Pide a la Comisión Europea, al Consejo y a los interlocutores de África que aseguren la coherencia entre esta estrategia y las otras políticas que pueden tener un impacto negativo sobre la promoción de una nueva asociación estratégica entre la UE y África, en especial la política comercial, medioambiental, de inmigración y agrícola; subraya que el diálogo político entre la UE y África debe abarcar estas cuestiones;

24.

Subraya que, para luchar de forma eficaz contra la pobreza, que debe ser el objetivo final de la Estrategia Conjunta, la Asociación África-UE debe contribuir a estimular el desarrollo económico y social sostenible, atraer la inversión extranjera, promover un comercio internacional más justo y crear las condiciones necesarias para que los países africanos puedan asumir paulatinamente el lugar que les corresponde en la economía mundial;

Paz y seguridad

25.

Acoge con satisfacción los progresos registrados por la asociación en materia de paz y seguridad; toma nota del diálogo político entre la UA y la UE sobre las situaciones de crisis en África y más allá; subraya que este diálogo debe abordar la gran diversidad de cuestiones sobre paz y seguridad, desde la prevención y resolución de conflictos a la reconstrucción posterior a los conflictos y la consolidación de la paz, entre las que se encuentra también el diálogo en profundidad de la aplicación del principio de la responsabilidad de proteger;

26.

Pide que se dé a la implementación de la arquitectura africana sobre paz y seguridad la importancia que merece; subraya, de nuevo, que el FED no es un instrumento de financiación apropiado para el futuro reabastecimiento del Fondo de Apoyo a la Paz para África; considera que los gastos del FED deberían cumplir los criterios del Comité de ayuda al desarrollo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE/CAD) relativos a la ayuda oficial al desarrollo; reitera su petición de conseguir una solución definitiva para la financiación del Fondo de Apoyo a la Paz para África;

27.

Celebra que el Secretario General de la ONU Ban Ki-moon haya establecido, en septiembre de 2008, un Grupo de trabajo UA-ONU, compuesto de diversas personalidades, con objeto de decidir las modalidades de apoyo de la comunidad internacional a las operaciones de mantenimiento de la paz de la UA establecidas con arreglo a un mandato de las Naciones Unidas;

Gobernanza y derechos humanos

28.

Señala que el concepto de gobernanza debería ser el baremo que indique cómo funciona una sociedad, a través de la aplicación de la ley y el orden, el respeto y la promoción activa de los derechos humanos, la lucha contra la corrupción, la generación de riqueza y su distribución equitativa y transparente, y servicios básicos en los ámbitos sanitario y social; resalta que los agentes externos no deben evaluar la gobernanza solamente sobre la base de criterios impuestos desde fuera, sino sobre la base de valores y normas compartidos y establecidos de mutuo acuerdo;

29.

Subraya la importancia de la democracia sostenible, incluida una buena gobernanza y elecciones democráticas, que debe abarcar el apoyo para la creación de capacidad parlamentaria y la implicación de la sociedad civil y de las autoridades locales en el diálogo político;

30.

Subraya que ambas partes deben mejorar la buena gobernanza: no sólo es una prioridad para África sino también para la parte europea, que debe mejorar la gobernanza y la responsabilidad respecto a los compromisos de ayuda y la coordinación entre los donantes para tener en cuenta en mayor medida la situación de los llamados «huérfanos de ayuda»; subraya que los Parlamentos nacionales y continentales, los agentes no estatales y las autoridades locales deben desempeñar un papel importante en este ámbito;

31.

Pide un mayor apoyo para determinadas iniciativas africanas actuales, como el Mecanismo de evaluación inter pares africano (MEPA), que constituye el esfuerzo más serio realizado hasta la fecha por los países africanos para mejorar la gobernanza en el continente, así como para los diversos instrumentos establecidos por la UA, que aumentarán la apropiación africana del proceso;

32.

Expresa su grave preocupación por el hecho de que los «perfiles de gobernanza» establecidos por la Comisión para cada uno de los países ACP, que regirán la programación de la ayuda al desarrollo en relación con los fondos adicionales de 2 700 millones de euros en el marco del 10° FED, se han elaborado sin ningún tipo de participación por parte de los interesados; indica que la elegibilidad de los países beneficiarios respecto de los fondos adicionales se ha valorado con arreglo a un conjunto de criterios de los cuales sólo uno está directamente relacionado con los ODM; manifiesta su consternación ante el hecho de que los «perfiles» de la Comisión son susceptibles de vaciar de contenido todo el proceso del MEPA; pide a la Comisión que informe y consulte al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el seguimiento y la ejecución de estos fondos para asegurar que se asignan a iniciativas relacionadas con la gobernanza, a apoyar la agenda en materia de gobernanza de la UA y al proceso MEPA;

33.

Insta al diálogo en la asociación en materia de gobernanza y derechos humanos para abordar la cuestión de la impunidad en casos de abusos de los derechos humanos, centrándose en las mejores prácticas de la legislación nacional o internacional, incluido el trabajo de los tribunales penales internacionales en Sierra Leona y Ruanda;

Comercio, desarrollo económico e integración regional

34.

Considera que, en lo que se refiere a la asociación en materia de comercio e integración regional, si se dan las condiciones adecuadas, aumentar el volumen de comercio es un motor fundamental del crecimiento económico, siempre que las políticas comerciales sean coherentes con los objetivos de desarrollo; saluda, por tanto, los objetivos de esta Asociación de apoyar la integración regional africana y fortalecer la capacidad comercial del continente;

35.

Desea que se concluya rápidamente la Ronda de Desarrollo de Doha de la Organización Mundial del Comercio (OMC), pero insiste en que debe seguir siendo esencialmente una «ronda del desarrollo», favoreciendo la integración de las naciones africanas en la economía mundial, reduciendo efectivamente las subvenciones agrícolas que distorsionan el comercio y suprimiendo las subvenciones a las exportaciones agrícolas;

36.

Considera que la UE debería ayudar a los Estados africanos a asegurar la autosuficiencia de su agricultura, y a fomentar los servicios esenciales y las industrias nacionales vulnerables;

37.

Insiste en que los AAE definitivos firmados con los países africanos deben ser, ante todo, instrumentos para el desarrollo que respeten las capacidades y los niveles de desarrollo de los diferentes beneficiarios;

38.

Subraya que los AAE deben promover, y no dificultar, la integración regional de África; apoya los esfuerzos de la UA por fortalecer las Comunidades Económicas Regionales para que sean los cimientos básicos de la integración regional del continente;

39.

Insiste en que la Comisión y los Estados miembros respeten su compromiso de destinar para el 2010 al menos 2 000 millones de euros a la «ayuda para el comercio», siendo la mayor parte destinada a África; pide una definición y entrega oportunas de la cuota de los recursos de ayuda para el comercio; subraya que estos fondos son de naturaleza adicional y no una mera re-denominación de los recursos del FED;

40.

Pide que la asociación aborde las diversas cuestiones del programa de ayuda al comercio, incluido el desarrollo de infraestructuras, la promoción del desarrollo empresarial y una mejora de la normativa, con unas normas de origen más sencillas y fáciles de utilizar;

41.

Pide que la asociación también trate las cuestiones económicas que, si bien no están directamente relacionadas con el comercio, tienen importantes consecuencias sobre las economías africanas, como la necesidad de tomar medidas para detener la evasión ilícita de capitales y promover una normativa internacional para los paraísos fiscales;

42.

Pide que la Estrategia Conjunta reconozca y apoye el papel de los emigrantes y de las diásporas en favor del desarrollo de sus países de origen, facilitando sus inversiones en estos países y reduciendo el coste de sus transferencias;

Cuestiones clave del desarrollo

43.

Insiste, en lo que se refiere a la asociación en materia de ODM, que será difícil alcanzar estos objetivos, incluso con más y mejor ayuda, y, por consiguiente, insta a los Estados miembros a que confirmen los compromisos que reiteraron recientemente en la Conferencia de Doha sobre la financiación del desarrollo, así como en el Foro de alto nivel de Accra sobre la eficacia de la ayuda, en particular en lo que respecta al volumen de la ayuda, la coherencia de las políticas, la responsabilización, la transparencia y la distribución de acciones entre los donantes;

44.

Constata que la sanidad básica y la educación primaria y secundaria son catalizadores fundamentales para la consecución de los ODM; anima, por consiguiente, a los países de África a que centren en estos ámbitos sus estrategias de reducción de la pobreza; pide a la Asociación que fomente este tipo de desarrollo, teniendo en cuenta el compromiso de la Comisión de dedicar al menos el 20 % del presupuesto de ayuda comunitaria a estos sectores; pide a la Comisión que extienda este compromiso al FED; recuerda que todos los esfuerzos en este sentido deben incluir a las personas con discapacidad; celebra, en este contexto, los resultados de la primera reunión del Grupo conjunto de expertos y pide a las personas interesadas que aseguren avances durante el próximo año;

45.

Pide a la Comisión que adopte medidas urgentes para cumplir sus compromisos en el ámbito de la salud por lo que respecta a las conclusiones y recomendaciones del Tribunal de Cuentas Europeo en el informe de enero 2009 «La ayuda comunitaria al desarrollo destinada a los servicios sanitarios del África subsahariana»; subraya la importancia de incrementar la ayuda de la Comisión Europea en el sector de la salud en el África subsahariana durante la revisión intermedia del 10° FED para apoyar su compromiso con los ODM en materia de salud;

46.

Incita a los Estados miembros de la UE y de la UA a que concedan mayor importancia a la seguridad y soberanía alimentarias en África y a que apoyen actuaciones destinadas a aumentar la productividad y la competitividad de la agricultura africana, en particular la producción de alimentos para los mercados locales, y la promoción de «cinturones verdes» alrededor de las ciudades;

47.

Pide a los Estados miembros que incluyan en sus debates, dentro y fuera de la Estrategia Conjunta, la cuestión de la distribución equitativa de la riqueza resultante de la explotación de los recursos naturales; insiste en que los ingresos nacionales derivados de los recursos naturales deben ser prioritaria y equitativamente asignados para satisfacer las necesidades básicas de sus poblaciones, en particular en los ámbitos de la salud, la educación, la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, contribuyendo así al logro de los ODM;

48.

Le preocupa que la desaceleración económica global frene el reciente período de crecimiento récord en África, y subraya que el continente podría sufrir un retroceso de décadas como consecuencia del descenso del precio de las materias primas, la disminución de los flujos de inversión, la inestabilidad financiera y una disminución de las remesas;

Otros aspectos de la Estrategia Conjunta

49.

Recuerda, en lo que se refiere al cambio climático, que los países desarrollados son los principales responsables del cambio climático, pero que sus efectos negativos tienen un mayor impacto en los países en desarrollo; insiste, por consiguiente, en que hacen falta nuevos fondos si se pretende conseguir que los países africanos no se vean obligados a tener que pagar precios desorbitados para mitigar y adaptarse a estos efectos; respalda, además la Declaración sobre el Cambio Climático realizada en la Conferencia del Convenio Marco sobre el Cambio Climático de las Naciones Unidas de Poznan en diciembre de 2008;

50.

Exige, en el ámbito de la asociación en materia de migración, movilidad y empleo, una solución justa y viable a la «fuga de cerebros» que priva a muchos países africanos de un gran número de trabajadores cualificados, especialmente en el sector sanitario;

51.

Pide que el nuevo régimen de «tarjeta azul» de la UE no fomente la salida de los trabajadores cualificados de los países en desarrollo en aquellos sectores en que estos países sufren de escasez de mano de obra, en particular en los ámbitos de la salud y la educación;

52.

Pide a la Comisión que utilice la Asociación UE-África para ayudar a los países africanos a aplicar la flexibilidad prevista en la Declaración de Doha sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) y la salud pública, con el fin de facilitar en África el acceso, a precios asequibles, a los medicamentos esenciales;

53.

Alienta a ambas partes, por lo que respecta a la asociación en materia de ciencia y tecnología, a suprimir la brecha digital por medio de una mayor cooperación en materia de desarrollo y transferencia de tecnología, especialmente con relación a la telefonía y a Internet;

54.

Espera que la Estrategia Conjunta adopte medidas concretas para mejorar las oportunidades de las mujeres, de los niños y de las personas con discapacidad en África, ya que estos grupos se enfrentan a dificultades especialmente graves en los países en desarrollo;

55.

Subraya que, si la Estrategia Conjunta pretende ir «más allá de África», con una mayor cooperación África-UE entre los organismos internacionales y en las negociaciones multilaterales sobre cuestiones como el comercio, los derechos humanos o el cambio climático, la UE y África deben intentar crear instituciones internacionales, como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y la OMC, que sean más democráticas y representativas y que garanticen a África la posibilidad de ejercer finalmente la influencia correspondiente a su tamaño y situación;

56.

Pide de nuevo a las instituciones de la UE que creen un instrumento financiero específico para la aplicación de la Estrategia Conjunta, centralizando todas las fuentes de financiación, de forma clara, previsible y programable; se pregunta hasta qué punto la Estrategia Conjunta será capaz de alcanzar sus nobles ambiciones u ofrecer un valor añadido real sin ningún tipo de nuevos fondos, o incluso mediante la reprogramación de los fondos existentes;

57.

Pide a los Gobiernos de la UE y de África que comuniquen de manera más eficaz y sistemática a sus poblaciones las actuaciones y logros de la Estrategia Conjunta, y que se esfuercen en ampliar su cobertura por los medios de comunicación;

Perspectivas

58.

Espera una implicación significativa por parte del Parlamento Europeo y el Parlamento Panafricano, así como de las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades locales, tras la experiencia de la Cumbre UE-África de Lisboa de los días 8 y 9 de diciembre de 2007, en el camino hacia la tercera Cumbre África-UE en 2010, así como que participen activamente en la cumbre;

59.

Pide a las Presidencias y Comisiones de la UE y de la UA que presten su acuerdo a las propuestas indicadas anteriormente, destinadas a reforzar la participación parlamentaria en la aplicación y control de la Estrategia Conjunta;

60.

Pretende establecer en el ámbito del Parlamento Europeo la coordinación y sinergia requeridas entre todos sus organismos para apoyar la implementación y el control de la Estrategia Conjunta; reitera, en este sentido, su intención de transformar su delegación ad hoc para las relaciones con el Parlamento Panafricano en una delegación verdaderamente interparlamentaria;

*

* *

61.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Comité Económico y Social de la UE, al Consejo Económico, Social y Cultural de la UA, a la Comisión de la UA, al Consejo Ejecutivo de la UA, al Parlamento Panafricano, al Consejo de Ministros ACP y a la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE.


(1)  DO C 263 E de 16.10.2008, p. 633.

(2)  DO C 280 E de 18.11.2006, p. 475.

(3)  DO L 317 de 15.12.2000, p. 3.

(4)  DO L 209 de 11.8.2005, p. 27.

(5)  DO L 378 de 27.12.2006, p.41.

(6)  Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).


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