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Document 52008DC0722
Report from the Commission - European Union Solidarity Fund annual : report 2007
Informe de la Comisión - Fondo de Solidaridad de la Unión Europea : informe anual de 2007
Informe de la Comisión - Fondo de Solidaridad de la Unión Europea : informe anual de 2007
/* COM/2008/0722 final */
Informe de la Comisión - Fondo de Solidaridad de la Unión Europea : informe anual de 2007 /* COM/2008/0722 final */
[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | Bruselas, 12.11.2008 COM(2008) 722 final INFORME DE LA COMISIÓN Fondo de Solidaridad de la Unión Europea Informe anual de 2007 ÍNDICE 1. Introducción 3 2. Nuevas solicitudes recibidas en 2007 3 3. Financiación 9 4. Seguimiento 10 5. Cierre 10 6. Conclusiones 11 ANEXO 1 European Union Solidarity Fund applications received in 2007 12 ANEXO 2 Criteria to mobilise the EU Solidarity Fund 13 ANEXO 3 Determination of the amount of aid 14 ANEXO 4 Thresholds for major disasters applicable in 2007 (based on 2005 figures for Gross National Income) 15 1. INTRODUCCIÓN El Fondo de Solidaridad de la Unión Europea se creó el 15 de noviembre de 2002[1]. En el artículo 12 del Reglamento sobre el Fondo de Solidaridad se establece que se presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre las actividades del Fondo durante el año anterior. El presente informe expone las actividades del Fondo en 2007 y abarca, al igual que los informes anteriores, tres ámbitos: la tramitación de nuevas solicitudes recibidas en el transcurso de 2007, el seguimiento de la ejecución en curso de las subvenciones y la evaluación de los informes de ejecución a fin de prepararlos para el cierre. 2. NUEVAS SOLICITUDES RECIBIDAS EN 2007 En 2007 la Comisión recibió 19 nuevas solicitudes de intervención del Fondo de Solidaridad. En el anexo 1 se presenta un resumen detallado de todos los casos. Estos se evaluaron de acuerdo con los criterios establecidos en el Reglamento y con la información que los Estados solicitantes pudieron aportar. Alemania En enero de 2007 una grave tormenta («Kyrill») azotó Alemania ocasionando graves daños en varias regiones. El 29 de marzo de 2007, las autoridades alemanas solicitaron ayuda financiera al Fondo de Solidaridad. El 12 de julio de 2007 se recibió información adicional. La tormenta cumplía las condiciones para ser clasificada como catástrofe grave ya que los daños directos por valor de 4 687 millones EUR superaban el umbral aplicable de 3 267 millones EUR (es decir, 3 000 millones EUR a precios de 2002). Se produjeron daños importantes en infraestructuras, bosques, empresas y hogares. En las regiones más afectadas se declaró el estado de emergencia. Once personas perdieron la vida como consecuencia directa de la tormenta. Las redes de carreteras y trenes se vieron bloqueadas por los árboles y los cables eléctricos derribados, lo que supuso el cierre completo del tráfico ferroviario en toda Alemania y requirió importantes operaciones de limpieza. El 11 de septiembre de 2007, la Comisión decidió proponer a la autoridad presupuestaria la movilización del Fondo de Solidaridad y conceder una ayuda financiera por valor de 166,9 millones EUR. Siguiendo el procedimiento presupuestario, la ayuda fue abonada a Alemania el 27 de diciembre de 2007. España (El Hierro) Entre los días 26 y 28 de enero de 2007, El Hierro, la más pequeña de las siete islas que componen el archipiélago canario, fue azotada por un fuerte temporal, acompañado de intensas lluvias, que causó daños en infraestructuras públicas. El 29 de marzo de 2007 España envió una solicitud de ayuda financiera. Esta catástrofe ocasionó daños por un valor de 17 858 millones EUR, lo que supone el 0,55 % del umbral normal para la movilización del Fondo (3 267 millones EUR). Por tanto, la solicitud se examinó con arreglo a los criterios aplicables a las «catástrofes regionales extraordinarias». El Reglamento exige una atención especial a las regiones remotas y aisladas; la isla de El Hierro entra dentro de esta categoría. La Comisión consideró que, con el fin de que los criterios específicos para determinar las catástrofes regionales fueran representativos en el contexto nacional, habría que establecer una distinción entre los sucesos graves a nivel regional y los que son estrictamente locales. De acuerdo con el principio de subsidiariedad, los segundos son responsabilidad de las autoridades nacionales, mientras que los primeros pueden beneficiarse de una ayuda del Fondo de Solidaridad. Se consideró que un desastre que represente un porcentaje igual o inferior al 0,55 % del umbral normal para la movilización del Fondo no entraría en la lógica del Fondo, ni siquiera en circunstancias excepcionales o si se tratara de una región remota o aislada. La región afectada fue definida por las autoridades españolas como la isla de El Hierro, con una población total de unos 10 500 habitantes, que representan el 0,5 % de la población de Canarias. Si bien el Reglamento (CE) nº 2012/2002 no establece un tamaño mínimo en términos de población o territorio para que la región siniestrada pueda acogerse al Fondo, la Comisión consideró que éstos deben ser pertinentes en el contexto económico del país afectado. En el caso que nos ocupa, la catástrofe ha ocasionado graves daños a nivel local, pero éstos no dejan de estar circunscritos a un territorio reducido con una población pequeña. Si bien la solicitud no deja dudas de que las fuertes precipitaciones ocasionaron graves daños, no aporta pruebas convincentes de que vayan a tener repercusiones graves y duraderas en las condiciones de vida y la estabilidad económica de la región (es decir, Canarias). Para que tenga sentido, el concepto de estabilidad económica regional no podrá aplicarse a las entidades que sean demasiado pequeñas para repercutir en el conjunto de toda la región. Debe evaluarse en el contexto regional más amplio, es decir, la Comunidad Autónoma de Canarias. Nada indicaba que la estabilidad económica de Canarias se viera afectada en modo alguno. A principios de 2008, la Comisión decidió no movilizar el Fondo e informó a las autoridades españoles en consecuencia. Francia (La Reunión) A finales de febrero de 2007, la isla francesa de La Reunión se vio afectada por el ciclón tropical «Gamède» que ocasionó graves daños a las infraestructuras y a los diferentes sectores de la economía. El 4 de mayo de 2007, Francia remitió una solicitud de ayuda financiera. Los días 29 de junio y 12 y 17 de julio de 2007, se recibió información actualizada sobre la cuantía de los daños. Como la cuantía total de los daños directos de 211,6 millones EUR se mantuvo por debajo del umbral normal para «una catástrofe grave», que representa el 6,5 % del umbral aplicable de 3 267 millones EUR, la solicitud fue estudiada de acuerdo con los criterios para las catástrofes regionales extraordinarias. Las autoridades francesas justificaron su solicitud en relación con la situación particular de La Reunión, que es a la vez la región ultraperiférica más distante y la más poblada de la Unión. Presentaron elementos que ponían de manifiesto que, debido al aislamiento de La Reunión y a su situación socioeconómica crítica, las incidencias y las repercusiones duraderas de los daños causados por el ciclón eran mucho más graves de lo que lo hubieran sido en otras circunstancias. Esta catástrofe ocasionó graves daños en las infraestructuras, en particular, carreteras, suministro de agua y telecomunicaciones, así como en la agricultura y la pesca y afectó, en diferente medida, a toda la población de La Reunión. En 21 de las 24 comunas de la isla tuvo que declararse el estado de emergencia. Los elementos presentados para demostrar la existencia de unas repercusiones graves y duraderas sobre las condiciones de vida y la estabilidad económica de la región se basaron principalmente en los problemas que se derivan del daño causado en algunos grandes ejes de carreteras, en particular la destrucción de un puente sobre la única y más importante carretera que conecta los dos polos económicos del norte y el sur de la isla. Se calcula que esta situación perjudicará al empleo y al crecimiento económico, y podrá provocar el cierre de una serie de PYME. Además, la tormenta produjo importantes pérdidas en los sectores pesquero, agrícola y turístico. El 11 septiembre 2007, la Comisión decidió proponer la movilización del Fondo de Solidaridad y propuso conceder una ayuda financiera por valor de 5,29 millones EUR. Siguiendo el procedimiento presupuestario, la ayuda fue abonada a Francia el 28 de diciembre de 2007. España (Castilla-La Mancha) Los días 22 y 23 de mayo de 2007, algunas zonas de la región de Castilla-La Mancha se vieron afectadas por graves inundaciones que provocaron daños en infraestructuras públicas, hogares, empresas y agricultura. El 18 julio 2007, España remitió una solicitud de ayuda financiera. Las autoridades españolas calcularon que los daños directos se elevaban a 66,172 millones EUR, lo que representaba únicamente el 2 % del umbral aplicable para la movilización del Fondo para catástrofes graves (3 267 millones EUR). Dado que los daños totales se mantenían por debajo del umbral normal para movilizar el Fondo, se examinó la solicitud con arreglo a los criterios aplicables a las «catástrofes regionales extraordinarias». La Comisión consideró que, con el fin de que los criterios específicos para las catástrofes regionales fueran representativos en el contexto nacional, habría que establecer una distinción entre los sucesos graves a nivel regional y los que son estrictamente locales. Se consideró que una catástrofe cuyos daños representan el 2 % del umbral normal para la movilización del Fondo no entraba dentro de la lógica del Fondo. Una de las condiciones para la movilización excepcional del Fondo es que se vea afectada la mayoría de la población de la región a la que se refiere la solicitud. La solicitud se refería a las inundaciones en las dos provincias de Ciudad Real con una población de 489 200 habitantes y de Toledo (576 200 habitantes) pertenecientes ambas a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que tiene una población total de 1 839 900 (cifras de 2004). Dentro de estas provincias, las inundaciones han afectado a una serie de municipios, con una población total de 71 397 habitantes. La población de estos municipios representa solo una parte muy pequeña de la población de las provincias a las que pertenecen. Si bien el Reglamento (CE) nº 2012/2002 no establece un tamaño mínimo en términos de población o territorio para que la región siniestrada pueda acogerse al Fondo, la Comisión consideró que éstos deberán ser relevantes en el contexto económico del país afectado. En el caso que nos ocupa, la catástrofe ha ocasionado graves daños a nivel local, pero éstos no dejan de estar circunscritos a un territorio reducido con una población bastante pequeña. Las inundaciones provocaron daños en la infraestructura vial y de abastecimiento de agua, así como en las instalaciones municipales, educativas, sanitarias y deportivas, en el alumbrado público, en numerosos hogares, en la agricultura y en una parte de los servicios básicos e industriales. Si bien la solicitud no dejó dudas de que las inundaciones y las fuertes precipitaciones ocasionaron graves daños a las infraestructuras y a la agricultura a nivel local, no aportó pruebas convincentes de que fueran a tener repercusiones graves y duraderas ni en las condiciones de vida ni en la estabilidad económica de la región. Aunque la solicitud se limitó a las zonas más afectadas, sólo se habían recibido 1 989 solicitudes de compensación por daños en las viviendas (de una población total de 71 397 habitantes en las zonas afectadas). Además, la Comisión consideró que el concepto de estabilidad regional debía ser evaluado en un contexto regional más amplio. Basándose en este hecho, la Comisión concluyó que la solicitud no cumplía los requisitos relativos a «repercusiones graves y duraderas en las condiciones de vida y la estabilidad económica de la región». El 23 de enero de 2008, la Comisión decidió no movilizar el Fondo e informó a las autoridades españoles en consecuencia. Reino Unido En junio y julio de 2007, como consecuencia de precipitaciones inusualmente intensas, diversas partes del Reino Unido sufrieron importantes inundaciones que causaron graves daños. Poco después, el 20 de agosto de 2007, las autoridades del Reino Unido enviaron una solicitud de ayuda financiera del Fondo de Solidaridad. La información adicional solicitada por la Comisión y necesaria para completar la evaluación se recibió el 26 de octubre de 2007. El coste total de los daños directos de la inundación se eleva a más de 4 600 millones EUR. Dado que esta cantidad excede del umbral de 3 267 millones EUR aplicable al Reino Unido para que intervenga el Fondo de Solidaridad (3 000 millones a precios de 2002), la catástrofe puede considerarse como «catástrofe grave de carácter natural» y queda por tanto dentro del principal ámbito de aplicación del Fondo de Solidaridad. El 10 de diciembre de 2007, la Comisión decidió proponer a la autoridad presupuestaria la movilización del Fondo de Solidaridad y conceder una ayuda financiera por valor de 162,388 millones EUR. Chipre Como consecuencia de los incendios forestales producidos en Chipre el 29 de junio de 2007, el 4 de septiembre de 2007, las autoridades chipriotas remitieron una solicitud de ayuda. Las autoridades chipriotas calcularon que los daños se elevaban a 38,2 millones EUR, lo que representa el 48 % del umbral normal para la movilización del Fondo aplicable a Chipre (79,895 millones EUR). Por tanto, la solicitud se examinó con arreglo a los criterios aplicables a las «catástrofes regionales extraordinarias». El área incendiada afectó sobre todo a zonas boscosas del Parque Forestal Nacional y se afirmó que su extensión superaba el conjunto de la zona destruida por todos los incendios ocurridos en Chipre durante los siete últimos años. No obstante, el efecto sobre la población fue muy limitado. Las autoridades chipriotas identificaron tres pueblos vecinos con una población total de 1 703 habitantes como región afectada (es decir, el 0,2 % de la población de Chipre). En estos pueblos se vieron afectados el 58 % de los hogares. La Comisión consideró que el tamaño de la población/territorio de la región afectada debería ser importante en el contexto económico del país en cuestión. Se consideró que un desastre que afecta únicamente a una población extremadamente reducida (en torno a 988 habitantes) no se ajustaba a la lógica del Fondo de Solidaridad. Además, no había pruebas claras de «repercusiones graves y duraderas en las condiciones de vida». De acuerdo con las autoridades chipriotas, el incendio ocasionó un daño bastante limitado a las infraestructuras básicas (transporte, agua y electricidad), que se repararon en las semanas siguientes. Los daños en las viviendas se limitaron a 601 920 EUR (353 EUR de media por persona en los pueblos afectados) y sólo representaba en torno al 1,5 % del total de los daños. Por consiguiente, la Comisión consideró que esta solicitud no cumplía todos los requisitos para ser clasificada como «catástrofe regional extraordinaria». El 23 de enero de 2008, la Comisión decidió no movilizar el Fondo e informó a las autoridades chipriotas en consecuencia. Italia El 27 de septiembre de 2007 las autoridades italianas presentaron un conjunto de solicitudes de intervención del Fondo de Solidaridad, relativas a nueve regiones de Italia. No obstante, como quiera que el plazo de diez semanas para presentar las solicitudes al Fondo de Solidaridad tras la fecha de los primeros daños no fue respetado en ninguna de las nueve solicitudes, por carta de 29 de octubre de 2007 se comunicó a las autoridades italianas que sus solicitudes no podían aceptarse. España (incendios en Canarias) En julio y agosto de 2007, las tres islas de Gran Canaria, Tenerife y La Gomera se vieron afectadas por incendios forestales. El 3 de octubre de 2007, España envió una solicitud de ayuda financiera. Los daños directos totales se estimaron en 144,2 millones EUR. Como resulta que esta cantidad representa el 4,4 % del umbral normal para la movilización del Fondo, la solicitud se basó en los criterios de «catástrofe regional extraordinaria». La región afectada consta de las tres islas de Gran Canaria, Tenerife y La Gomera, con una población total de 1 681 946 habitantes. Como resultado de los incendios, resultaron afectadas 35 000 hectáreas de tierra y fue necesario evacuar a 12 000 personas (el 0,7 % de la población afectada). Esta catástrofe supuso graves daños para infraestructuras viales y de suministro de agua, viviendas, agricultura, ganadería, empresas y entorno natural. Aunque la Comisión consideró probable que la población muy próxima a los incendios hubiera sufrido de una u otra forma las consecuencias de la catástrofe, no se presentaron pruebas que demostraran que la mayor parte de la población total residente en las tres islas de Gran Canaria, Tenerife y La Gomera se había visto afectada. En lo que respecta al requisito de repercusiones graves y duraderas en las condiciones de vida y en la estabilidad económica de la región, en la solicitud se declaraba, en términos generales, que se produjeron efectos duraderos sobre el entorno natural, la infraestructura y los recursos, que tendrán repercusiones en las condiciones de vida de la población de la región afectada. No obstante, no se presentó ninguna prueba convincente como respaldo de esta declaración. En lo que respecta a las repercusiones graves y duraderas sobre la estabilidad económica de la región afectada, las autoridades españolas indicaron en la solicitud que éstas no pueden evaluarse a corto plazo y no se aportó ninguna prueba complementaria. Por consiguiente, la Comisión consideró que esta solicitud no cumplía todos los requisitos para ser clasificada como «catástrofe regional extraordinaria». A principios de 2008, la Comisión decidió no movilizar el Fondo e informó a las autoridades españoles en consecuencia. Francia (Martinica) En agosto de 2007, los Departamentos de Ultramar de Martinica y Guadalupe, dos islas de las Antillas francesas, se vieron afectadas por el huracán «Dean» que ocasionó graves daños a las infraestructuras y diferentes sectores de la economía. El 26 de octubre de 2007, Francia remitió una solicitud de ayuda financiera del Fondo de Solidaridad de la UE. El 8 de enero de 2008, la Comisión recibió información adicional de las autoridades francesas. A finales de 2007, la solicitud todavía estaba siendo evaluada y aún no se había adoptado una decisión de la Comisión sobre la movilización del Fondo. Grecia En agosto de 2007, una parte bastante extensa de Grecia se vio afectada por incendios forestales. Los incendios más intensos y de mayor extensión se produjeron en las regiones de Grecia Occidental, Peloponeso, Grecia Continental y Ática. La catástrofe causó daños importantes a diversos sectores de la economía, sobre todo la agricultura, y destruyó infraestructuras de transporte, telecomunicaciones, distribución energética, suministro de agua y sistemas de aguas residuales y prevención de desastres naturales. El desastre también causó un daño importante al medio ambiente natural, patrimonio cultural, escuelas, hospitales y servicios de lucha contra incendios. Se han efectuado importantes gastos para proporcionar alojamiento temporal y financiar servicios de socorro para cubrir las necesidades inmediatas de la población afectada. Sesenta y cinco personas murieron en el Peloponeso, Grecia Occidental y Eubea como consecuencia de los incendios. El 30 de octubre de 2007, las autoridades griegas solicitaron ayuda al Fondo de Solidaridad y completaron su solicitud el 24 de enero de 2008. A finales de 2007, la solicitud todavía estaba siendo evaluada y aún no se había adoptado una decisión de la Comisión sobre la movilización del Fondo. Eslovenia A mediados de septiembre de 2007, una amplia parte de Eslovenia se vio afectada por fuertes lluvias y una tormenta que provocaron graves inundaciones y corrimientos de tierra. El 19 de noviembre de 2007, las autoridades eslovenas solicitaron ayuda del Fondo de Solidaridad. La catástrofe causó un daño significativo a las infraestructuras (transporte, electricidad, agua). Más de 350 km de carreteras nacionales y más de 1 600 km de caminos forestales y municipales se vieron dañados, así como más de 17 km de infraestructuras de canalización de aguas, más de 10 km de la red eléctrica, 48 embalses y 147 puentes. Además, esta catástrofe ocasionó un daño importante en edificios públicos y privados, empresas, agricultura y monumentos del patrimonio cultural. A finales de 2007, la solicitud todavía estaba siendo evaluada y aún no se había adoptado una decisión de la Comisión sobre la movilización del Fondo. 3. FINANCIACIÓN Los dos casos de 2006 en los que el procedimiento presupuestario no se había completado todavía antes del fin del año (las inundaciones de Hungría y Grecia) se trataron en un único presupuesto rectificativo. El anteproyecto de presupuesto rectificativo nº 2/2007[2] fue aprobado por la autoridad presupuestaria el 7 de junio de 2007. Los pagos pudieron efectuarse tras la adopción de la decisión de subvención y tras la firma del acuerdo de ejecución. En 2007, el Fondo fue movilizado para dos nuevos casos (la tormenta «Kyrill» en Alemania; y el ciclón «Gamède» en Francia/La Reunión). Los importes de la ayuda se determinaron en cada caso a partir del método normalizado previamente elaborado por la Comisión y explicado en detalle en el informe anual 2002/2003 (véase también el anexo 3 del presente informe). El anteproyecto de presupuesto rectificativo nº 6/2007[3] fue aprobado por la autoridad presupuestaria el 24 de octubre de 2007. Los pagos pudieron efectuarse tras la adopción de la decisión de subvención y tras la firma del acuerdo de ejecución. En 2007, los importes de las ayudas fueron los siguientes: Beneficiario | Catástrofe | Categoría | Importe de la ayuda (EUR) | Hungría | Inundaciones | grave | 15 063 587 | Grecia | Inundaciones | regional | 9 306 527 | Alemania | Tormenta | grave | 166 905 985 | Francia (La Reunión) | Ciclón tropical | regional/ ultraperiférica | 5 290 000 | Total | 196 566 099 | Para las solicitudes procedentes del Reino Unido (inundaciones), Grecia (incendios forestales), Eslovenia (inundaciones) y Francia/Martinica (Huracán DEAN) recibidas en 2007, los procedimientos presupuestarios no pudieron finalizarse antes de finales de año. Para estas solicitudes, la Comisión presentó los anteproyectos de presupuesto rectificativo nº 1/2008[4] y nº 3/2008[5] que fueron aprobados por la Autoridad Presupuestaria el 9 de abril de 2008 y el 5 de junio de 2008, respectivamente, y el anteproyecto de presupuesto rectificativo nº 7/2008[6]; el informe anual del próximo año informará al respecto. 4. SEGUIMIENTO El 23 de enero de 2007, la Comisión realizó una visita de inspección a Austria, con el fin de informarse del sistema establecido por las autoridades austriacas para la ejecución de la subvención del Fondo de Solidaridad concedida tras las graves inundaciones que tuvieron lugar en Vorarlberg y Tirol en agosto de 2005, recibir información actualizada sobre la progresión de la ejecución de la subvención y responder a preguntas concretas planteadas por las autoridades austriacas. Como en ocasiones anteriores, la visita fue muy bien acogida por las autoridades correspondientes. Desde el punto de vista de la Comisión, la visita permitió obtener garantías en cuanto al sistema de ejecución establecido y sobre los importantes avances realizados. Sobre la base de la información recibida, se consideró que la ejecución está avanzando a buen ritmo y que se darán los pasos necesarios para garantizar el respeto de las obligaciones de seguimiento y de control. 5. CIERRE EN EL ARTÍCULO 8, APARTADO 2, DEL REGLAMENTO (CE) Nº 2012/2002, SE ESTABLECE QUE, A MÁS TARDAR SEIS MESES DESPUÉS DE FINALIZAR EL PLAZO DE UN AÑO A PARTIR DE LA FECHA DE DESEMBOLSO DE LA SUBVENCIÓN, EL ESTADO BENEFICIARIO PRESENTARÁ UN INFORME DE EJECUCIÓN FINANCIERA REFERENTE AL USO DE LA SUBVENCIÓN (EN LO SUCESIVO, «INFORME DE EJECUCIÓN», CON UNA RELACIÓN DE GASTOS JUSTIFICATIVA (EN LO SUCESIVO, «declaración de validez»). Una vez cumplido este procedimiento, la Comisión dará por terminada la intervención del Fondo. En lo que respecta al cierre de la ayuda del caso maltés (inundaciones de 2003) para el que el 10 de mayo de 2006 se recibió un informe de ejecución y se clausuró el 28 de junio de 2007, la Comisión ya señaló que el total de la subvención del Fondo de Solidaridad de la UE (es decir, 961 220 EUR) ha sido utilizada por las autoridades maltesas. El 3 de julio de 2007, la Comisión liquidó la ayuda. En 2007, la Comisión recibió los informes finales de ejecución para las subvenciones realizadas en 2005 y 2006 por parte de Eslovaquia (tormenta de 2004), Suecia, Estonia, Letonia y Lituania (todo ello correspondiente a la tormenta de 2005). Al final del período cubierto por el presente informe anual todavía se estaban evaluando estos informes de ejecución. 6. CONCLUSIONES En 2007, la Comisión recibió un total de 19 nuevas solicitudes, el número más elevado de solicitudes recibidas en un año desde la creación del Fondo. Solo cuatro de estas solicitudes se referían a catástrofes naturales graves. Las otras quince solicitudes fueron presentadas de acuerdo con los criterios para las catástrofes regionales, nueve de las cuales no pudieron ser admitidas al ser presentadas fuera del período de diez semanas que establece el Reglamento para la presentación de solicitudes. Las nuevas solicitudes presentadas en 2007 confirman una vez más la tendencia general según la cual la mayoría de las solicitudes de intervención del Fondo de Solidaridad no se presentan para las catástrofes graves, que constituyen el principal ámbito de aplicación del Fondo, sino con arreglo a los criterios excepcionales aplicables a las catástrofes regionales. Sigue siendo relativamente difícil cumplir estos criterios, que, según el Reglamento, han de ser estudiados por la Comisión «con máximo rigor». La tasa de solicitudes no admitidas en razón de los criterios regionales (excepcionales) sigue siendo elevada. En cuanto a las solicitudes relativas a catástrofes graves, a las que sólo les es aplicable un único criterio cuantitativo, la tasa de evaluaciones positivas se sitúa por ahora en el 100 %. En 2007, los Estados miembros y los servicios de la Comisión volvieron a invertir mucho tiempo y esfuerzos en la preparación y la evaluación, respectivamente, de solicitudes para catástrofes regionales de menor envergadura, que suelen ser rechazadas. Por consiguiente, uno de los principales cambios en la propuesta de la Comisión de 6 de abril de 2005 para un nuevo Reglamento sobre el Fondo de Solidaridad es recurrir únicamente a umbrales cuantitativos para determinar el nivel de daños que se requiere para poner en marcha el Fondo, lo que mejoraría su transparencia. Ello contribuiría a evitar considerables esfuerzos de preparación de las solicitudes que son posteriormente rechazadas debido a que los criterios excepcionales son de muy difícil cumplimiento. Con el nuevo Reglamento sobre el Fondo de Solidaridad, las autoridades nacionales tendrían una idea más clara de cuándo es probable que el Fondo pueda ayudarles a recuperarse de una catástrofe. En 2007, la Comisión realizó varios intentos de convencer a los Estados miembros y en particular a las presidencias alemana y portuguesa del Consejo entrantes, para que se reabriera el debate sobre la propuesta de la Comisión para un nuevo Reglamento del Fondo de Solidaridad, que ha recibido un amplio apoyo en el Parlamento Europeo. No obstante, a finales de 2007 no se había registrado avance alguno en el Consejo. ANEXO 1 European Union Solidarity Fund applications received in 2007 Country | GNI 2005 | 0.6% of GNI | Major disaster threshold 2007 | AT | ÖSTERREICH | 242 610 | 1 455.660 | 1 455.660 | BE | BELGIQUE-BELGIË | 301 089 | 1 806.535 | 1 806.535 | BG | BALGARIJA | 21 700 | 130.200 | 130.200 | CY | KYPROS | 13 316 | 79.895 | 79.895 | CZ | ČESKA REPUBLIKA | 95 308 | 571.847 | 571.847 | DE | DEUTSCHLAND | 2 248 160 | 13 488.960 | 3 266.629* | DK | DANMARK | 208 981 | 1 253.883 | 1 253.883 | EE | EESTI | 10 528 | 63.168 | 63.168 | EL | ELLADA | 177 750 | 1 066.497 | 1 066.497 | ES | ESPAÑA | 893 165 | 5 358.990 | 3 266.629* | FI | SUOMI/FINLAND | 157 346 | 944.076 | 944.076 | FR | FRANCE | 1 718 822 | 10 312.933 | 3 266.629* | HR | HRVATSKA | 30 947** | 185.681 | 1.114 | HU | MAGYARORSZÁG | 83 689 | 502.134 | 502.134 | IE | IRELAND | 137 719 | 826.316 | 826.316 | IT | ITALIA | 1 412 607 | 8 475.641 | 3 266.629 | LT | LIETUVA | 20 296 | 121.774 | 121.774 | LU | LUXEMBOURG (G-D) | 24 018 | 144.106 | 144.106 | LV | LATVIJA | 12 655 | 75.932 | 75.932 | MT | MALTA | 4 395 | 26.369 | 26.369 | NL | NEDERLAND | 510 183 | 3 061.098 | 3 061.098* | PL | POLSKA | 235 325 | 1 411.952 | 1 411.952 | PT | PORTUGAL | 145 347 | 872.080 | 872.080 | RO | ROMÂNIA | 77 011 | 462.068 | 462.068 | SE | SVERIGE | 286 933 | 1 721.600 | 1 721.600 | SI | SLOVENIJA | 27 379 | 164.272 | 164.272 | SK | SLOVENSKÁ REPUBLIKA | 37 141 | 222.843 | 222.843 | TR | TÜRKIYE | 290 025 | 1 740.151 | 10.441 | UK | UNITED KINGDOM | 1 830 312 | 10 981.869 | 3 266.629* | * ~ EUR 3 billion in 2002 prices ** GDP (GNI not available) [1] Reglamento (CE) nº 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, DO L 311/3 de 14.11.2002, en lo sucesivo denominado «el Reglamento». [2] COM(2007) 148 final de 28.3.2007. [3] COM(2007) 527 final de 13.9.2007. [4] COM(2008) 15 final de 18.1.2008. [5] COM(2008) 201 final de 14. 4.2008. [6] COM(2008) 556 final de 15.9.2008.