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Document 52005DC0105
Report from the Commission to the Council and the European Parliament on the national strategies for the reduction of biodegradable waste going to landfills pursuant to article 5(1) of directive 1999/31/EC on the landfill of waste {SEC(2005) 404}
Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre las estrategias nacionales para reducir los residuos biodegradables destinados a vertederos de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos {SEC(2005) 404}
Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre las estrategias nacionales para reducir los residuos biodegradables destinados a vertederos de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos {SEC(2005) 404}
/* COM/2005/0105 final */
Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre las estrategias nacionales para reducir los residuos biodegradables destinados a vertederos de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos {SEC(2005) 404} /* COM/2005/0105 final */
Bruselas, 30.03.2005 COM(2005) 105 final INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO SOBRE LAS ESTRATEGIAS NACIONALES PARA REDUCIR LOS RESIDUOS BIODEGRADABLES DESTINADOS A VERTEDEROS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 5, APARTADO 1, DE LA DIRECTIVA 1999/31/CE RELATIVA AL VERTIDO DE RESIDUOS {SEC(2005) 404} 1. INTRODUCCIÓN El presente informe tiene por objeto informar a las demás instituciones comunitarias, los Estados miembros y los interesados, de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos, sobre las estrategias nacionales elaboradas por los Estados miembros para reducir las cantidades de residuos biodegradables destinados a vertederos. El objetivo de la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos[1] es impedir o reducir, en la medida de lo posible, los efectos negativos del vertido de residuos en el medio ambiente, en particular la contaminación de las aguas superficiales, las aguas subterráneas, el suelo y el aire, y en el medio ambiente mundial, incluido el efecto invernadero, así como cualquier riesgo derivado para la salud humana, durante todo el ciclo de vida del vertedero. En virtud del artículo 5, apartado 1, de la Directiva, los Estados miembros tienen que establecer una estrategia nacional para reducir los residuos biodegradables destinados a vertederos antes del 16 de julio de 2003 y notificar dicha estrategia a la Comisión. Las estrategias deben incluir medidas que permitan alcanzar los objetivos contemplados en el artículo 5, apartado 2, en particular mediante el reciclado, compostaje, biogasificación o valorización de materiales/energía. El artículo 5, apartado 2, exige una reducción de los residuos municipales biodegradables destinados a vertederos - del 75 % para el 16 de julio de 2006, - del 50 % para el 16 de julio de 2009, y - del 35% para el 16 de julio de 2016, calculada con arreglo a la cantidad total de residuos municipales biodegradables generados en 1995 o en el último año anterior a 1995 del que se disponga de datos normalizados de Eurostat. Los Estados miembros que, en 1995, enviaron más del 80 % de sus residuos municipales a vertederos pueden aplazar cuatro años como máximo la consecución de cada uno de los objetivos. En enero de 2004, la Comisión había recibido las estrategias nacionales de Alemania, Austria, Dinamarca, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal y Suecia, así como los planes regionales de Inglaterra, País de Gales, Escocia, Irlanda del Norte, Gibraltar, la Región Flamenca y la Región Valona. España e Irlanda no han presentado sus estrategias. Finlandia presentó su estrategia demasiado tarde y no pudo incluirse en el presente informe. Por otro lado, los diez nuevos Estados miembros tenían que presentar sus estrategias nacionales tras la adhesión. La Comisión seguirá manteniendo contactos con esos Estados miembros para obtener información de toda la Comunidad. El presente informe reúne las estrategias presentadas. Teniendo en cuenta que no se proporcionó ningún modelo, la estructura y detalles de las estrategias presentadas varían considerablemente. El presente informe incluye una descripción de la situación actual de los Estados miembros y de sus estrategias nacionales, así como conclusiones generales. Este informe está acompañado de un documento de trabajo de los servicios de la Comisión que contiene un resumen más detallado de las estrategias y datos recibidos de los Estados miembros. 2. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS ESTRATEGIAS NACIONALES Austria ya ha alcanzado el último objetivo de reducción del artículo 5. Austria está obligada por ley a recoger por separado los residuos biodegradables, que, a continuación, son objeto de compostaje. Asimismo, los residuos de envases deben recogerse por separado y reutilizarse o valorizarse. En caso de proyectos de construcción más importantes, tienen que separarse los residuos biodegradables. Los vertederos sólo pueden aceptar residuos ya tratados mediante incineración a fin de alcanzar una concentración de carbono orgánico total (COT) inferior al 5 % o que hayan sido sometidos a tratamiento mecánico biológico. Bélgica presentó las estrategias regionales de la Región Valona y de la Región Flamenca. No se proporcionó ninguna estrategia de la Región de Bruselas-Capital. La Región Flamenca supera ya el último objetivo de reducción establecido en el artículo 5. El plan de gestión de residuos de esa Región prevé nuevas reducciones mediante la prohibición del vertido de determinados residuos, como residuos domésticos no clasificados, residuos para valorización y fracción combustible (con un COT superior al 6 %). La Región Valona prevé alcanzar los objetivos mediante el establecimiento de metas para la reducción de la generación de residuos municipales, para la recuperación global de residuos y para su reciclaje. Se prevé una recogida selectiva de residuos orgánicos con carácter voluntario. Deben crearse nuevas instalaciones de biometanización, compostaje y valorización energética. Dinamarca ya ha alcanzado el último objetivo de reducción mediante la prohibición de vertido de todos los residuos que se prestan a incineración. Francia ya cumple en gran parte los objetivos para 2006 y 2009. Desde 2002, sólo pueden aceptarse en los vertederos los «residuos finales», es decir, los residuos que no pueden ser objeto de ningún otro tratamiento con arreglo a las condiciones técnicas y económicas actuales. Va a aumentar el reciclaje de papel, dados los nuevos objetivos para recuperar los residuos de envases. El establecimiento de una recogida selectiva de residuos biodegradables figura en numerosos planes regionales de gestión de residuos. Varios de esos planes prevén nuevas instalaciones de incineración. Alemania cumplirá el último objetivo de reducción en 2005, no sólo por lo que se refiere a los residuos municipales sino también a todos los residuos biodegradables. El Derecho alemán prevé una obligación general de recogida selectiva. Los residuos municipales biodegradables son objeto de una recogida selectiva y se compostan. La madera residual no puede destinarse a vertederos. Los residuos de envases se recogen y recuperan en un porcentaje elevado, acercándose a su límite la cuota de recuperación. A partir del 1 de junio de 2005, los vertederos sólo podrán aceptar los residuos municipales incinerados (COT del 3 %) o los que hayan sido sometidos a tratamiento mecánico biológico (COT del 18 %). Italia ya cumple el objetivo de 2006. Con medidas económicas, incluida una ecotasa, el precio del vertido aumentará, lo que dará lugar a una reducción de los vertidos. Se prevé un incremento de la recogida selectiva de residuos orgánicos, sobre todo en las regiones meridionales. Se construirán nuevas instalaciones de incineración. Existen prohibiciones de vertido de subproductos animales de alto y medio riesgo, y de residuos hospitalarios orgánicos. Grecia ha establecido un sistema de recogida selectiva y de recuperación de residuos de envases. Se construirán instalaciones de tratamiento biomecánico y/o de valorización energética cuando sea viable desde el punto de vista económico y técnico. Tendrán que actualizarse los planes regionales e incluir medidas para alcanzar los objetivos de reducción previstos en el plan nacional. Los operadores de los nuevos vertederos y de los ya existentes tienen que buscar una solución para el tratamiento previo de los residuos. Luxemburgo ha establecido diferentes sistemas de recogida selectiva para residuos domésticos, residuos verdes, papel y madera. Los dos vertederos de residuos municipales disponen de un centro de recogida selectiva e instalaciones para el tratamiento previo de los residuos (trituración, clasificación, homogeneización y estabilización orgánica). Los Países Bajos ya cumplen el último objetivo de reducción. Se incinera la mayor parte de los residuos municipales. Se fomenta el compostaje doméstico. Se han establecido objetivos para la recogida selectiva de residuos orgánicos. Se prohíbe el vertido de residuos biodegradables recogidos por separado y la incineración de residuos fuera de las instalaciones. Por lo que respecta al tratamiento de residuos biodegradables recogidos por separado, las opciones preferidas son el compostaje y la fermentación. Portugal ha establecido objetivos para aumentar la recogida selectiva de residuos orgánicos y de jardín, en una primera etapa sólo los que proceden principalmente de restaurantes, comedores y supermercados, y a continuación también los de los hogares. En el futuro, sólo se procederá al compostaje de residuos biodegradables recogidos por separado. Se fomentará el compostaje doméstico. Se prevé la construcción de nuevas instalaciones de tratamiento biológico. Se construirá una tercera incineradora y se considera la posibilidad de ampliar las existentes. Se han establecido objetivos para el reciclado de los envases de papel. Se está estudiando la posibilidad de aumentar las tasas por utilización de vertederos y de introducir progresivamente restricciones al vertido de residuos en vertederos. Suecia ha prohibido el vertido de residuos combustibles y orgánicos. Pueden concederse exenciones en caso de falta de capacidad. Se incinera la mayor parte de los residuos. El tratamiento biológico va en aumento. El Reino Unido aprovecha la posibilidad que ofrece la Directiva sobre vertederos de aplazar cuatro años el cumplimiento de los objetivos. A fin de alcanzar los objetivos, las autoridades competentes en este ámbito dispondrán de derechos para el vertido de residuos biodegradables. Se han establecido objetivos de valorización y reciclado para los residuos de envases. Esos derechos son negociables. Se han elaborado estrategias regionales para Inglaterra, Escocia, País de Gales, Irlanda del Norte y Gibraltar. 3. CONCLUSIÓN 3.1. Las estrategias Sólo doce Estados miembros han presentado sus estrategias nacionales de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la Directiva sobre vertederos. Dos de los doce Estados miembros han presentado estrategias regionales. El Reino Unido presentó todas las estrategias regionales. Bélgica no presentó ninguna estrategia para la región de Bruselas. En todas las estrategias se contemplan el fomento del compostaje, el reciclado de papel y la valorización energética. La mayor parte de ellas subraya la importancia de utilizar residuos orgánicos separados en origen para lograr compost de buena calidad. Los pormenores de las estrategias y las medidas para alcanzar los objetivos varían considerablemente. Unos Estados miembros han optado por medidas jurídicamente vinculantes, mientras que otros han preferido establecer medidas voluntarias e incentivos. Grecia y Reino Unido aplazarán cuatro años los objetivos de reducción. Austria, Dinamarca, Alemania, Países Bajos y la Región Flamenca ya cumplen los objetivos establecidos en la Directiva o ya han tomado las medidas necesarias a tal fin. Por lo que respecta a Alemania, la cuestión de disponer de una capacidad de tratamiento suficiente no parece estar totalmente solucionada todavía. Suecia no ha presentado ningún dato, pero los objetivos podrían cumplirse en los próximos años si se aplican estrictamente las prohibiciones en materia de vertidos. La estrategia de la Región Valona fija objetivos generales de reducción y valorización de residuos, pero no proporciona información sobre las medidas establecidas para garantizar la consecución de los objetivos. Francia, Grecia e Italia no facilitan en sus estrategias información sobre las medidas concretas adoptadas para alcanzar los objetivos. Por consiguiente, resulta difícil determinar si las estrategias van a producir los cambios necesarios. Los datos presentados por Luxemburgo no parecen suficientes para poder evaluar si se han alcanzado los objetivos. Las medidas descritas en la estrategia parecen adecuadas a tal fin. La estrategia de Portugal contiene cierta información sobre la planificación de instalaciones de tratamiento y objetivos de reciclado y compostaje, pero no proporciona datos de las medidas concretas adoptadas para lograr esos objetivos. El sistema de comercio de derechos del Reino Unido, junto con medidas para incrementar la demanda de productos reciclados, podría tener buenos resultados, pero falta información sobre la planificación de instalaciones, por lo que resulta difícil determinar si pueden alcanzarse los objetivos en la práctica. 3.2. Perspectivas La Directiva sobre vertederos establece objetivos de reducción que deben alcanzarse en determinadas fechas y deja a los Estados miembros la posibilidad de elegir los instrumentos. La Comisión vigila la aplicación de la Directiva sobre vertederos y los progresos realizados por los Estados miembros para la consecución de los objetivos de reducción establecidos en la Directiva. En sus informes trienales sobre la aplicación de dicha Directiva, los Estados miembros tienen que informar de las cantidades de residuos biodegradables destinados a vertederos cada año a lo largo del período de referencia. Esos informes mostrarán si las estrategias son satisfactorias y si se han alcanzado los objetivos. Los primeros informes, que cubren el período 2001 a 2003, debían presentarse en setiembre de 2004. Por consiguiente, la Comisión debe presentar su informe en junio de 2005. No obstante, la mayor parte de los Estados miembros lleva retraso en la presentación de sus informes. En el segundo informe (2004-2006) se proporcionarán las conclusiones sobre si se ha alcanzado o no el objetivo de 2006. Tras analizar las estrategias, no está claro que alcancen los objetivos de reducción de vertidos los Estados miembros que todavía no lo han hecho. Parece que se requerirán esfuerzos suplementarios a tal fin. La Comisión prestará una atención especial a la consecución del objetivo de 2006 y tomará todas las medidas necesarias para garantizar una aplicación correcta de la Directiva.
[1] DO L 182 de 16.7.1999, p.1.