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Document 52003PC0372

Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2596/97 por el que se prorroga el período establecido en el apartado 1 del artículo 149 del Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia

/* COM/2003/0372 final - CNS 2003/0144 */

52003PC0372

Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2596/97 por el que se prorroga el período establecido en el apartado 1 del artículo 149 del Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia /* COM/2003/0372 final - CNS 2003/0144 */


Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2596/97 por el que se prorroga el período establecido en el apartado 1 del artículo 149 del Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia

(presentada por la Comisión)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Considerando las dificultades que planteaba la aplicación de la legislación comunitaria a la leche de consumo, Finlandia y Suecia, desde el momento de su adhesión, gozaron de una excepción en lo que se refiere a los requisitos de contenido en materia grasa para este tipo de leche.

Inicialmente esta excepción se basaba en el Acta de adhesión, partiendo de la hipótesis de el Consejo reexaminaría las categorías de materia grasa de la leche de consumo. No obstante, este proceso de reexamen de las categorías de materia grasa y la consolidación de las correspondientes normas culminaron en la aprobación del Reglamento (CE) nº 2597/97, que no permitió la integración de toda la leche de consumo comercializada en Finlandia y en Suecia. Por esta razón, el período inicial de excepción tuvo que prorrogarse por dos veces. En diciembre de 2001, Finlandia y Suecia presentaron informes sobre los avances en la aplicación de estas normas en los que indicaban que la adaptación causaba problemas persistentes.

A la vista de la persistencia de las dificultades que hicieron necesaria la excepción, la propuesta de Reglamento adjunta establece una excepción de cinco años, que expirará en el mismo momento que otros acuerdos similares transitorios concedidos a los nuevos Estados miembros; además dos años antes de que finalicen todas las actuales excepciones, la Comisión presentará un informe sobre el mercado de la leche de consumo, probablemente acompañado de propuestas para armonizar las normas cubiertas por el Reglamento (CE) nº 2597/97.

2003/0144 (CNS)

Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 2596/97 por el que se prorroga el período establecido en el apartado 1 del artículo 149 del Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Vista el Acta de adhesión de Austria, Finlandia y Suecia, y, en particular el apartado 2 de su artículo 149,

Vista la propuesta de la Comisión [1],

[1] DO C ... de ..., p. ...

Visto el dictamen del Parlamento Europeo [2],

[2] DO C ... de ..., p. ...

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo [3],

[3] DO C ... de ..., p. ...

Considerando lo siguiente:

(1) El párrafo segundo del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 2596/97 del Consejo [4] prorroga hasta el 31 de diciembre de 2003 el período durante el que pueden adoptarse medidas transitorias en lo que respecta a las exigencias relativas al contenido en materia grasa de la leche comercializada con arreglo a las condiciones fijadas en el Acta de adhesión de Austria, Finlandia y en Suecia. En el sector de la leche y de los productos lácteos, los requisitos relativos al contenido en materia grasa de la leche destinada al consumo humano siguen causando dificultades en Finlandia y en Suecia.

[4] DO L 351 de 23.12.1997, p. 12. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2703/1999 (DO L 327 de 21.12.1999, p. 11).

(2) Por consiguiente, conviene recurrir a la posibilidad, prevista en el apartado 2 del artículo 149 del Acta de adhesión de 1994, de prorrogar dicho período; un período suplementario hasta el 30 de abril de 2009 parece adecuado.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 1 del Reglamento (CE) No 2596/97, el segundo párrafo se sustituye por el texto siguiente:

"No obstante, dicho período queda prorrogado hasta el 30 de abril de 2009 en lo que respecta a las exigencias relativas al contenido en materia grasa de la leche destinada al consumo humano producida en Finlandia y en Suecia."

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2004.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembros.

Hecho en Bruselas,

Por el Consejo

El Presidente

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