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Dokument 52002PC0061

Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición comunitaria sobre la instauración de un Comité Consultivo Mixto que decidirá el Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo Europeo entre las Comunidades Europeas y Lituania

/* COM/2002/0061 final - ACC 2002/0042 */

52002PC0061

Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición comunitaria sobre la instauración de un Comité Consultivo Mixto que decidirá el Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo Europeo entre las Comunidades Europeas y Lituania /* COM/2002/0061 final - ACC 2002/0042 */


Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la posición comunitaria sobre la instauración de un Comité Consultivo Mixto que decidirá el Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo Europeo entre las Comunidades Europeas y Lituania

(presentada por la Comisión)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. El Acuerdo Europeo, por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra, que entró en vigor el 1 de febrero de 1998 estipula, en su artículo 116, que el Consejo de Asociación podrá decidir la creación de cualquier órgano especial para asistirle en el desempeño de sus tareas.

2. Aunque el Acuerdo Europeo anteriormente mencionado no prevé el establecimiento de un mecanismo consultivo para el diálogo entre los grupos de interés social y económico de ambas partes, la Comisión propone que el Consejo de Asociación cree un Comité Consultivo Mixto que represente a los grupos de interés social y económico de ambas partes respaldando el gran interés demostrado a este respecto por sus respectivos interlocutores sociales, representados por el Comité Económico y Social, por parte de la Comunidad, y por seis representantes de los grupos de interés económico y social, por parte de la República de Lituania.

3. El Comité Consultivo propuesto permitirá mantener el diálogo y la cooperación entre los interlocutores sociales de ambas partes que resultará igualmente ventajoso tanto para los interlocutores sociales lituanos, quienes adquirirán mayor familiaridad con el proceso de consulta que tiene lugar en el Comité Económico y Social y con el diálogo entre los interlocutores sociales en la Unión Europea en general, como para los interlocutores sociales de la Unión Europea, que adquirirán una mayor familiaridad con la dimensión social de las reformas de las estructuras económicas y sociales que están teniendo lugar en la República de Lituania. El Consejo de Asociación podrá, además, consultar al Comité Consultivo Mixto propuesto antes de tomar decisiones en sectores de interés social evidente. La consulta al Comité quedará, no obstante, a discreción del Consejo de Asociación.

4. La creación del Comité Consultivo Mixto propuesto no tiene ninguna incidencia financiera en el presupuesto de la Comunidad, ya que los participantes lituanos se harán cargo de sus propios gastos y los gastos de la Comunidad quedarán cubiertos por el presupuesto del Comité Económico y Social.

5. En el anexo se adjunta el texto de la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que la Comunidad deberá adoptar en el seno del Consejo de Asociación, en virtud del apartado 1 del artículo 2 de la Decisión del Consejo y de la Comisión de 19.12.1997, relativa a la celebración del mencionado Acuerdo Europeo. Se pide al Consejo que apruebe el texto previa consulta al Parlamento .

2002/0042 (ACC)

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la posición comunitaria sobre la instauración de un Comité Consultivo Mixto que decidirá el Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo Europeo entre las Comunidades Europeas y Lituania

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom),

Vistos el segundo y el tercer guión del apartado 2 del artículo 300 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el apartado 1 del artículo 2 de la Decisión del Consejo y de la Comisión de 19.12.1997 relativa a la celebración del Acuerdo Europeo por el que se establece una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra,

Vista la propuesta de la Comisión [1],

[1] DO C [...] de [...], p. [...].

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 116 del mencionado Acuerdo Europeo estipula que el Consejo de Asociación podrá decidir crear algún comité especial u organismo que pueda ayudarle en la consecución de sus cometidos,

(2) El diálogo y la cooperación entre los grupos de interés social y económico de la Unión Europea y de la República de Lituania pueden aportar una contribución muy valiosa a la plena aplicación del Acuerdo Europeo,

(3) Parece oportuno que dicha cooperación tenga lugar entre los miembros del Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas y los interlocutores de los grupos de interés económico y social de la República de Lituania,

DECIDE:

La posición que la Comunidad deberá adoptar en el seno del Consejo de Asociación instituido por el artículo 11 del Acuerdo Europeo constitutivo de una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra, en lo referente a la creación de un Comité Consultivo Mixto se basará en el proyecto de Decisión del mencionado Consejo de Asociación que figura como anexo a la presente Decisión.

Hecho en Bruselas, el

Por el Consejo

El Presidente

ANEXO

PROYECTO DE DECISIÓN Nº ....../2001

del Consejo de Asociación

Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra, por la que se modifica, mediante la creación de un Comité Consultivo Mixto, la Decisión n° 1/98 por la que se adopta el reglamento interno del Consejo de Asociación (2001/.../CE)

El Consejo de Asociación,

Visto el Acuerdo Europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra [2], y en particular su artículo 116,

[2] DO L 51 de 20.02.1998, p. 3

Considerando lo siguiente:

(1) El diálogo y la cooperación entre los grupos de interés social y económico de la Unión Europea y de la República de Lituania pueden aportar una valiosa contribución al desarrollo de las relaciones entre la UE y Lituania;

(2) Se estima oportuno que dicha cooperación se organice entre los miembros del Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas, por una parte, y los representantes de los grupos de interés económico y social de Lituania, por otra, mediante la creación de un Comité Consultivo Mixto;

(3) En consecuencia, debe modificarse el reglamento interno del Consejo de Asociación, adoptado mediante la Decisión Nº 1/98,

ha adoptado la presente Decisión:

Artículo 1

Se añadirán los siguientes artículos al reglamento interno del Consejo de Asociación:

"Artículo 15

Comité Consultivo Mixto

Por la presente se crea un Comité Consultivo Mixto encargado de promover el diálogo y la cooperación entre los grupos de interés social y económico de la Unión Europea y de Lituania. El diálogo y la cooperación abarcarán todos los aspectos socioeconómicos de las relaciones entre la Unión Europea y la República de Lituania inherentes a la aplicación del Acuerdo Europeo. El Comité Consultivo Mixto se pronunciará sobre las cuestiones planteadas en este ámbito.

Artículo 16

El Comité Consultivo Mixto estará compuesto por seis representantes del Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas y seis representantes de los grupos de interés económico y social de la República de Lituania.

El Comité Consultivo Mixto desempeñará sus actividades en consulta con el Consejo de Asociación o por iniciativa propia.

Los miembros serán elegidos de forma que el Comité Consultivo Mixto refleje lo más fielmente posible los distintos grupos de interés social y económico de la Comunidad Europea y de la República de Lituania.

El Comité Consultivo Mixto estará copresidido por un miembro del Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas y por un miembro lituano.

El Comité Consultivo Mixto adoptará su propio reglamento interno.

Artículo 17

El Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas, por una parte, y los grupos de interés económico y social lituanos, por otra, sufragarán respectivamente los gastos de participación en las reuniones del Comité y de sus grupos de trabajo, tanto en lo referente a costes de personal, viajes y estancia como en lo referente a costes postales y de telecomunicaciones.

Los gastos de interpretación durante las reuniones, así como los de traducción y de reproducción de los documentos, correrán a cargo del Comité Económico y Social, con excepción de los gastos de interpretación o de traducción del o al lituano, que correrán a cargo de los grupos de interés económico y social lituanos.

Los demás gastos relativos a la organización material de las reuniones correrán a cargo de la parte organizadora de cada reunión."

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente a la fecha de su adopción.

Hecho en Bruselas, el

Por el Consejo de Asociación

El Presidente

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