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Document 52001AR0134
Opinion of the Committee of the Regions on the "Communication from the Commission to the Council and the European Parliament — An Internal Market Strategy for Services"
Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo — Una estrategia para el mercado interior de servicios"
Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo — Una estrategia para el mercado interior de servicios"
DO C 357 de 14.12.2001, pp. 65–68
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo — Una estrategia para el mercado interior de servicios"
Diario Oficial n° C 357 de 14/12/2001 p. 0065 - 0068
Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo - Una estrategia para el mercado interior de servicios" (2001/C 357/17) EL COMITÉ DE LAS REGIONES, vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo "Una estrategia para el mercado interior de servicios" COM(2000) 888 final; vista la decisión de la Comisión de 13 de febrero de 2001, conforme al primer apartado del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, de sobre el particular; vista la decisión de su Mesa de 1 de junio de 2000 de encargar a la Comisión de Empleo, Política Económica, Mercado Único, Industria y PYME (Comisión 6) la elaboración de un dictamen en la materia; vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de Lisboa; vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de Estocolmo; vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo "Estrategia para el mercado interior europeo" (COM(1999) 624 final); visto su Dictamen sobre "Los retos de la política de empresa en la economía del conocimiento" (COM(2000) 256 final), CDR 185/2000 fin(1); visto su Dictamen sobre "La innovación en una economía del conocimiento" (COM(2000) 567 final), CDR 468/2000 fin(2); visto el proyecto de dictamen (CDR 134/2001 rev.) aprobado por la Comisión 6 el 7 de mayo de 2001 (ponente: Sr. Sanz Alonso (E, PPE), Presidente del Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Rioja), ha aprobado por unanimidad en su 39o Pleno celebrado los días 13 y 14 de junio de 2001(sesión del 13 de junio) el presente Dictamen. Considerandos y recomendaciones Aspectos generales de los servicios en el mercado interior 1. El Comité acoge con satisfacción la oportunidad que se le brinda de hacer observaciones con relación a esta Comunicación que constituirá el marco global para el desarrollo de los servicios en el mercado interior europeo. 2. El Comité comprueba con satisfacción que las Conclusiones de la Cumbre de Estocolmo toman nota y acogen favorablemente las propuestas de la Comisión recogidas en la Comunicación sobre la estrategia de los servicios en el Mercado Interior. 3. El Comité considera crucial la contribución del Mercado Interior a la consecución de los objetivos de crecimiento sostenible y sostenido, más y mejor empleo y mayor cohesión social. 4. La sociedad de la información ha introducido una dimensión nueva en el sector de los servicios. El Comité considera imprescindible que se tomen las medidas oportunas para desarrollar el proceso de adaptación de las empresas de servicios, singularmente las PYMES, a los cambios que se están operando en la forma de ofrecer y suministrar servicios gracias a las nuevas tecnologías. Necesidad de una estrategia en el mercado interior de servicios 5. El Comité está de acuerdo con la necesidad de establecer una estrategia global de los servicios en el mercado interior. Es necesario incrementar la calidad y competitividad del sector servicios; los cambios que se operen para la mejora del sector contribuirán a la expansión de la economía europea. La Comisión presentó en 1999(3) una estrategia para el mercado interior europeo en la que se establecieron cuatro objetivos estratégicos: mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, incremento de la eficacia de los mercados comunitarios de productos y capitales, mejora del entorno empresarial y explotar los logros del mercado interior en un mundo en evolución. Estos objetivos han sido reflejados en la estrategia de los servicios en el mercado interior. 6. El Comité es consciente de que la nueva economía ha modificado la noción de fronteras en las transacciones económicas; esta situación favorece la creación del mercado interior, dado que los consumidores pueden acceder con igual facilidad a los servicios prestados por empresas de su entorno local, regional y nacional, como a los servicios prestados por empresas de regiones o localidades de un Estado diferente. 7. Sin embargo, el Comité no puede olvidar que la sociedad de la información deberá ser un factor de integración y cohesión regional y no un elemento que contribuya a incrementar en mayor medida las diferencias regionales(4) dividiendo Europa entre regiones prestadoras de servicios y regiones consumidoras de los mismos. 8. Las infraestructuras, en especial las relacionadas con las telecomunicaciones, van a jugar en el futuro un papel importante en la prestación de servicios. Por ello, el Comité, de acuerdo con la reglamentación dispuesta en el paquete de Fondos Estructurales y Fondo de Cohesión, apoya la necesidad de creación y desarrollo de infraestructuras de telecomunicaciones que permitan a todas las regiones y municipios europeos la prestación de servicios electrónicos, así como la mejora de las infraestructuras físicas necesarias para la prestación de servicios no electrónicos. 9. El Comité señala la necesidad de abaratar los costes de las telecomunicaciones y observa con agrado la liberalización del sector que en los últimos años ha incidido en un abaratamiento de los servicios y en una mayor oferta de los mismos. Recuerda sin embargo la necesidad de que se respete el servicio universal y las prestaciones específicas a colectivos discapacitados y desfavorecidos. 10. La sociedad de la información y su implementación en el sector servicios no solo ha contribuido a la aceleración en el desarrollo del mercado interior en Europa, sino que ha consolidado la aparición de un mercado global en el que a las PYME de carácter regional les resulta difícil operar en igualdad de condiciones. El Comité considera que en este punto es necesario que las autoridades regionales y locales puedan favorecer la creación y el desarrollo de empresas locales y regionales conocedoras de las necesidades y gustos de su clientela local y regional, para que puedan prestar servicios de forma competitiva. La PYME de carácter regional deberá operar en el mercado interior en Europa mediante una utilización óptima de las tecnologías de la información y las comunicaciones, y aprovechar de modo singular los instrumentos e infraestructuras que le aporta la sociedad de la información para operar en igualdad de condiciones con organizaciones similares de ámbitos no europeos. 11. El Comité es consciente de las dificultades que entraña acceder a los servicios electrónicos para determinadas empresas y para los consumidores, y por ello reclama que se proporcionen las medidas adecuadas de formación a empresas y consumidores posibilitando su acceso a esta nueva generación de servicios. 12. La falta de titulados en Europa esta produciendo un estancamiento en el desarrollo de servicios electrónicos y paralelamente en el ritmo de creación de empleo. La formación, y en especial la formación permanente, deberán ser una de las prioridades en las regiones y municipios de cara a la integración del entramado empresarial regional en la prestación de servicios electrónicos, sobre todo en el caso de las PYME. 13. El Comité es consciente de la necesidad de favorecer el multilingüismo en la prestación de servicios electrónicos, como paso previo para que los consumidores europeos puedan acceder a esta nueva modalidad de servicios. Esta es una de las ventajas con la que cuentan las empresas regionales y locales más próximas al consumidor de su entorno. 14. El Comité defiende la necesidad de respetar la especificidad cultural de las regiones y municipios europeos. Integrar el factor cultural en la prestación de servicios electrónicos multiplica las posibilidades de negocio con repercusiones en el incremento del turismo y los servicios relacionados, y en una mayor difusión de la artesanía regional y local. 15. El Comité considera necesaria la referencia a la futura ampliación de la Unión Europea. En el futuro nuevos Estados se incorporarán al mercado único; por ello es necesario trabajar para la integración del mismo con anterioridad a la ampliación, y paralelamente, proporcionarles la información y formación adecuada para que, una vez producida su incorporación a la UE, puedan formar parte del mercado interior, reduciendo en lo posible los periodos transitorios relativos a la libertad de prestación de servicios en los Tratados de Adhesión. Necesidad de eliminación de obstáculos 16. Un mercado interior integrado será aquel en el que la prestación de los servicios pueda hacerse con independencia de las fronteras nacionales. Por ello el Comité está de acuerdo con la Comunicación en la necesidad de superar los obstáculos administrativos y armonizar las condiciones legislativas para que no entorpezcan o hagan menos atractiva la prestación de los servicios en un Estado miembro diferente al de la empresa que los presta. La estrategia deberá ser global y abarcar a todos los servicios en coherencia con otras políticas comunitarias, sin olvidar las especificidades de cada ámbito. 17. El Comité es partidario de establecer un sistema eficaz para la resolución de reclamaciones y litigios, que garantice los derechos económicos de los consumidores en un mercado integrado y mejore su confianza en la prestación de servicios electrónicos. Este sistema tiene una importancia especial en las operaciones transfronterizas. 18. El Comité considera que la implantación de la moneda única tendrá un efecto positivo en la integración del mercado interior y ayudará a la desaparición de muchos de los obstáculos existentes en el comercio de servicios intracomunitarios. 19. El Comité considera que la prestación de servicios deberá respetar los criterios medioambientales. Los Estados, regiones, municipios e instituciones deberán respetar en cualquier caso los principios de subsidiariedad y proporcionalidad en materia de medio ambiente. Aplicación de la estrategia 20. El Comité está de acuerdo con la estrategia, pero la considera muy ambiciosa con relación al calendario propuesto. Aunque la Comisión deberá ajustarse a los plazos fijados en la Comunicación, el Comité considera imprescindible que la Comisión escuche y recoja las indicaciones de todos los actores implicados en el proceso, Estados miembros, regiones y entidades locales por un lado, y empresas y consumidores por otro. 21. El Comité señala la importancia de "un análisis exhaustivo y sistemático de los obstáculos a la libre circulación de servicios que persisten y sus repercusiones en otros sectores económicos". Este documento que la Comisión presentará a principios del 2002 será la base para las medidas de supresión de obstáculos. Por ello el análisis realizado por la Comisión deberá ser lo más exacto y exhaustivo posible. 22. El Comité apoya la iniciativa de la Comisión de recurrir a la experiencia de los consumidores y empresas, que proveen o contratan como usuarias servicios, a través de la consulta pública. 23. Las acciones previstas en la Comunicación no incluyen un apartado relativo a la aplicación de estas medias en los países de la ampliación, deberá trabajarse con ellos de forma conjunta. Una medida eficaz para dar a conocer la estrategia del mercado interior de servicios son el hermanamiento administrativo con las regiones y localidades de los países candidatos. 24. El Comité considera adecuada la política de eliminación de obstáculos planteada por la Comisión, a través del reconocimiento mutuo, la aplicación directa de los Tratados en los supuestos de no infracción, el recurso a procedimientos no legislativos y a un instrumento de armonización horizontal. Se trata de facilitar la eliminación de las barreras a la libertad de prestación de servicios, haciendo uso, siempre que sea posible, de procedimientos no reglados. Recomendaciones finales 25. El Comité considera como principal prioridad el respeto de la cohesión geográfica y regional en la consecución de un mercado de servicios integrado. La conclusión del mercado único deberá ser un logro común, con la participación de todas las regiones y localidades europeas, no pudiendo establecerse exclusiones en virtud del diferente grado de desarrollo económico regional. 26. El Comité considera, en segundo lugar, que la realización del mercado interior de servicios no deberá en ningún caso relegar al ciudadano al papel de mero consumidor. La sociedad de la información, aplicada a la realización del mercado interior de servicios, no deberá suponer un nuevo factor de exclusión social; deberá ser considerada un medio que facilite y mejore la calidad de vida de los ciudadanos europeos y no un fin al servicio exclusivo de las empresas suministradoras de servicios. 27. El Comité considera imprescindible para el buen funcionamiento del mercado interior que se produzca un avance en la eliminación de los obstáculos que impiden la libre circulación de servicios. El sector servicios representa en la actualidad alrededor de dos tercios del número de empleos existentes en Europa. 28. El papel de las nuevas tecnologías es fundamental en la consecución de un mercado interior integrado. El Comité considera una oportunidad única la adaptación de las PYME a las nuevas tecnologías, dado que les va a permitir operar en competencia o cooperación con las grandes empresas accediendo a nuevos segmentos de mercado. Disminuirán sensiblemente los gastos de creación y de mantenimiento de infraestructuras y operaciones en Estados miembros diferentes, sometidos a la legislación de cada uno de estos Estados, que las grandes empresas -pero no las PYME- pueden soportar en la actualidad y que les permitía hasta la fecha tener mayores posibilidades de acceso a mercados diferentes. 29. Sin embargo, el hecho de que la sociedad de la información facilite la creación del mercado interior en el sector servicios puede dar lugar a una deslocalización de las empresas del sector debida a su ubicación en aquellas regiones y municipios donde las facilidades económicas, fiscales sean mayores. Por esta razón el Comité de las Regiones considera que deberá prestarse especial vigilancia a la aplicación de la normativa fiscal europea, a las ayudas que las regiones más desarrolladas puedan conceder a estas empresas y al impacto causado por las mismas. 30. El Comité considera imprescindible incrementar el desarrollo y la eficacia de las grandes líneas de transporte, energía y telecomunicación. Aboga por la interconexión e interoperabilidad de las mismas, de forma que contribuyan a un desarrollo regional equitativo y justo. 31. El Comité considera necesario que la integración del mercado interior de servicios se realice de forma sostenible, atendiendo a la capacidad de las trabajadores, empresas y mercados en base a criterios de calidad, ecoeficiencia, racionalidad, funcionalidad y competitividad. 32. El Comité considera que la competitividad de las empresas europeas deberá establecerse sobre parámetros de calidad en la prestación de los servicios. Los servicios europeos se han caracterizado por incorporar un alto valor añadido en su composición; son representativos parámetros de calidad como la producción biológica, cultural, las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, el respeto al medio ambiente... La mejora de la competitividad de las empresas europeas con relación a las no europeas no deberá sacrificar la calidad de los servicios europeos. 33. El Comité insta a las empresas a que la disminución del precio de los servicios, en aras de una mayor competitividad, no derive en una disminución de los costes laborales. Los salarios justos y las prestaciones sociales han sido dos de las características del modelo social europeo. El respeto de los derechos laborales y del diálogo social permite diferenciar el modelo europeo(5). 34. El Comité señala la necesidad de la implementación de procesos de innovación en el ámbito de creacción o prestación de nuevos servicios por parte de las empresas europeas. 35. El Comité concederá una atención especial a la política de protección de los consumidores. La prestación de servicios dentro del mercado interior deberá ser respetuosa con la salud del consumidor, si bien los criterios de protección de la salud de los consumidores fijados por cada Estado miembro no podrán suponer obstáculos añadidos a la creación del mercado interior. 36. El Comité considera necesaria la participación de las regiones en la fase de consulta para la identificación de los obstáculos en el mercado interior de servicios, dado que por su conocimiento y relaciones directas con el entramado empresarial local y regional pueden facilitar información de gran utilidad a la Comisión. 37. El Comité considera que la Comisión deberá vigilar la aplicación efectiva por los Estados miembros, regiones y localidades, de las normas relativas a la libertad de circulación de servicios en el mercado interior, incluidas aquellas que hagan referencia al respeto del medio ambiente, la salud y los consumidores, y sobre todo deberá permanecer vigilante en la eliminación de los obstáculos constatados. Bruselas, 13 de junio de 2001. El Presidente del Comité de las Regiones Jos Chabert (1) DO C 22 de 24.1.2001, p. 10. (2) DO C 253 de 12.9.2001, p. 20. (3) Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo: Estrategia para el mercado interior europeo, COM(1999) 624 final. (4) Segundo informe de la Comisión sobre la Cohesión económica y social. (5) Informe de Eurostat (Marzo/2001): "Análisis de los costes laborales en la industria y el sector servicios en Europa, Estados Unidos y Japón".