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Document 41998D0019
The Schengen acquis - Decision of the Executive Committee of 23 June 1998 on Monegasque residence permits (SCH/Com-ex (98) 19)
Acervo de Schengen - Decisión del Comité ejecutivo de 23 de junio de 1998 relativa a los permisos de residencia monegascos [SCH/Com-ex (98) 19]
Acervo de Schengen - Decisión del Comité ejecutivo de 23 de junio de 1998 relativa a los permisos de residencia monegascos [SCH/Com-ex (98) 19]
DO L 239 de 22.9.2000, p. 199–199
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
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In force
Acervo de Schengen - Decisión del Comité ejecutivo de 23 de junio de 1998 relativa a los permisos de residencia monegascos [SCH/Com-ex (98) 19]
Diario Oficial n° L 239 de 22/09/2000 p. 0199 - 0199
DECISIÓN DEL COMITÉ EJECUTIVO de 23 de junio de 1998 relativa a los permisos de residencia monegascos [SCH/Com-ex (98) 19] EL COMITÉ EJECUTIVO, Considerando que el establecimiento de la libre circulación entre Francia y Mónaco es anterior a la entrada en vigor del Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen, Considerando que las Partes contratantes del Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen no han puesto objeciones a dicho régimen de libre circulación, Considerando que sobre la base del Convenio de vecindad entre Francia y Mónaco de 18 de mayo de 1963, tal y como fue revisado y completado por canje de notas franco-monegascas el 15 de diciembre de 1997, las autoridades francesas aplican las normas y controles previstos por el Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen para ejercer los controles en materia de entrada, estancia y establecimiento de extranjeros en el Principado de Mónaco, - Decide incluir los permisos de residencia monegascos en la parte reservada a las autoridades francesas en el anexo IV de la Instrucción consular común(1). - Decide incluir en el anexo I del Manual común Schengen, entre los puestos habilitados para el cruce de las fronteras exteriores(2), al helipuerto y al puerto de la Condamine de Mónaco. - Decide incluir los permisos de residencia monegascos en la parte reservada a las autoridades francesas en el anexo XI del Manual común Schengen. - Decide que la expedición o la prórroga de un permiso de residencia monegasco no obligará a una Parte contratante a proceder a la retirada de una descripción a efectos de no admisión del SIS. Ostende, 23 de junio de 1998. El Presidente L. Tobback (1) Véase SCH/Comex (99) 13. (2) Documento confidencial. Véase SCH/Comex (98) 17.