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Document 32021D0113

Decisión (UE) 2021/113 del Consejo de 25 de enero de 2021 relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook relativo a la prórroga del Protocolo de aplicación del Acuerdo de Colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook

DO L 36 de 2.2.2021, p. 3–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2021/113/oj

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2.2.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 36/3


DECISIÓN (UE) 2021/113 DEL CONSEJO

de 25 de enero de 2021

relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook relativo a la prórroga del Protocolo de aplicación del Acuerdo de Colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 43 en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con la Decisión (UE) 2020/1545 del Consejo (2), el Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la prórroga del Protocolo de aplicación del Acuerdo de Colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook (en lo sucesivo, «Acuerdo en forma de Canje de Notas»), Protocolo que expira el 13 de octubre de 2020, fue firmado el 13 de noviebre de 2020, a reserva de su celebración en una fecha posterior.

(2)

El objetivo del Acuerdo en forma de Canje de Notas es que la Unión y el Gobierno de las Islas Cook puedan seguir colaborando entre sí para promover una política pesquera sostenible y la explotación responsable de los recursos pesqueros en las aguas de las Islas Cook y que los buques de la Unión puedan faenar en esas aguas.

(3)

Procede aprobar el Acuerdo en forma de Canje de Notas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook relativo a la prórroga del Protocolo de aplicación del Acuerdo de Colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook (3).

Artículo 2

El presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el punto 6 del Acuerdo en forma de Canje de Notas (4).

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 25 de enero de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES


(1)  Aprobación de 14 de diciembre de 2020 (pendiente de publicación en el Diario Oficial).

(2)  Decisión (UE) 2020/1545 del Consejo, de 19 de octubre de 2020, relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook relativo a la prórroga del Protocolo de aplicación del Acuerdo de Colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook (DO L 356 de 26.10.2020, p. 7).

(3)  El texto del Acuerdo en forma de Canje de Notas está publicado en el DO L 356 de 26 de octubre de 2020.

(4)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.


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