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Document 32014R0074
Council Implementing Regulation (EU) No 74/2014 of 28 January 2014 implementing Article 16(2) of Regulation (EU) No 204/2011 concerning restrictive measures in view of the situation in Libya
Reglamento de Ejecución (UE) n ° 74/2014 del Consejo, de 28 de enero de 2014 , por el que se aplica el artículo 16, apartado 2, del Reglamento (UE) n ° 204/2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia
Reglamento de Ejecución (UE) n ° 74/2014 del Consejo, de 28 de enero de 2014 , por el que se aplica el artículo 16, apartado 2, del Reglamento (UE) n ° 204/2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia
DO L 26 de 29.1.2014, p. 1–1
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 19/01/2016; derog. impl. por 32016R0044
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 32011R0204 | modificación | anexo III | 29/01/2014 |
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Implicitly repealed by | 32016R0044 | 20/01/2016 |
29.1.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 26/1 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 74/2014 DEL CONSEJO
de 28 de enero de 2014
por el que se aplica el artículo 16, apartado 2, del Reglamento (UE) no 204/2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) no 204/2011, del Consejo, de 2 de marzo de 2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia (1), y, en particular, su artículo 16, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 2 de marzo de 2011, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) no 204/2011. |
(2) |
El Consejo estima que se debe retirar una entidad de la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que figura en el anexo III del Reglamento (UE) no 204/2011. |
(3) |
El anexo III del Reglamento (UE) no 204/2011 debe por ello modificarse en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
La siguiente entidad debe retirarse de la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que figura en el anexo III del Reglamento (UE) no 204/2011:
Libyan Housing and Infrastructure Board (HIB).
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será vinculante en su totalidad y directamente aplicable en todos los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 28 de enero de 2014.
Por el Consejo
El Presidente
G. STOURNARAS
(1) DO L 58 de 3.3.2011, p. 1.