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Document 32014D0429

    2014/429/UE: Decisión del Consejo, de 24 de junio de 2014 , relativa a la posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión Europea, en el seno del Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro, en lo que atañe a la adopción de una decisión del Consejo de Asociación relativa a la inclusión en el anexo XVIII de las respectivas indicaciones geográficas protegidas en el territorio de las Partes

    DO L 197 de 4.7.2014, p. 66–74 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2014/429/oj

    4.7.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 197/66


    DECISIÓN DEL CONSEJO

    de 24 de junio de 2014

    relativa a la posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión Europea, en el seno del Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro, en lo que atañe a la adopción de una decisión del Consejo de Asociación relativa a la inclusión en el anexo XVIII de las respectivas indicaciones geográficas protegidas en el territorio de las Partes

    (2014/429/UE)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 9,

    Vista la propuesta de la Comisión Europea,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Acuerdo por el que se establece una asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro (1) (en lo sucesivo, «el Acuerdo») fue rubricado el 22 de marzo de 2011 y firmado el 29 de junio de 2012.

    (2)

    De conformidad con su artículo 353, apartado 4, el Acuerdo se aplica de forma provisional desde el 1 de agosto de 2013 con Nicaragua, Honduras y Panamá, desde el 1 de octubre de 2013 con El Salvador y Costa Rica y desde el 1 de diciembre de 2013 con Guatemala.

    (3)

    De conformidad con el artículo 353, apartado 5, del Acuerdo, cada Parte ha cumplido los requisitos establecidos en el artículo 244 y en el artículo 245, apartado 1, letras a) y b), que se refieren a la aplicación de la legislación en materia de indicaciones geográficas y al registro y protección de las correspondientes indicaciones geográficas que figuran en el anexo XVII del Acuerdo.

    (4)

    El artículo 4 del Acuerdo establece un Consejo de Asociación que, entre otras cosas, debe supervisar el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo y su aplicación.

    (5)

    Según el artículo 245, apartado 2, del Acuerdo, el Consejo de Asociación ha de adoptar en su primera reunión una decisión para incluir en el anexo XVIII («Indicaciones geográficas protegidas») todos los nombres del anexo XVII («Lista de nombres para los que se solicita protección como indicaciones geográficas en el territorio de las Partes») protegidos como indicaciones geográficas después de su examen satisfactorio por las autoridades nacionales o regionales competentes de las Partes (en lo sucesivo, «la decisión del Consejo de Asociación»).

    (6)

    La decisión del Consejo de Asociación también afecta a las indicaciones geográficas adicionales de Centroamérica, enumeradas en la declaración conjunta adjunta al Acuerdo, sobre los «Nombres cuyo registro ha sido solicitado como indicaciones geográficas en una República de la Parte Centroamericana», siempre que hayan sido registradas satisfactoriamente como indicaciones geográficas en la Parte de origen y, posteriormente, hayan sido examinadas satisfactoriamente por la autoridad competente de la Unión.

    (7)

    Las objeciones planteadas contra el registro de «Banano de Costa Rica» en la Unión han sido rechazadas bien porque no se ajustaban a los criterios especificados en la consulta pública o bien porque, aun admitidas, no estaban motivadas. En la presente consulta pública no se planteó ninguna otra objeción.

    (8)

    Procede establecer la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el seno del Consejo de Asociación en lo que atañe a las indicaciones geográficas que deben incluirse en el anexo XVIII del Acuerdo.

    (9)

    La posición de la Unión debe basarse en el proyecto de decisión del Consejo de Asociación adjunto.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La posición que se ha de adoptar en nombre de la Unión en el seno del Consejo de Asociación creado en virtud del artículo 4 del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro, en lo que atañe a las indicaciones geográficas que deben incluirse en el anexo XVIII, parte A y parte B, del Acuerdo, se basará en el proyecto de decisión del Consejo de Asociación adjunto a la presente Decisión.

    Los representantes de la Unión en el Consejo de Asociación podrán acordar correcciones técnicas de poca importancia en el proyecto de decisión del Consejo de Asociación sin una decisión ulterior del Consejo.

    Artículo 2

    Una vez adoptada, la Decisión del Consejo de Asociación se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en Luxemburgo, el 24 de junio de 2014.

    Por el Consejo

    El Presidente

    E. VENIZELOS


    (1)  DO L 346 de 15.12.2012, p. 3.


    PROYECTO

    DECISIÓN No …/2014 DEL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-CENTROAMÉRICA

    de […]

    sobre las indicaciones geográficas que deben incluirse en el anexo XVIII del Acuerdo

    EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-CENTROAMÉRICA,

    Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), y en particular su artículo 245, apartado 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    De conformidad con el artículo 353, apartado 4, la parte IV del Acuerdo, este se aplica provisionalmente desde el 1 de agosto de 2013 con Nicaragua, Honduras y Panamá, desde el 1 de octubre de 2013 con El Salvador y Costa Rica y desde el 1 de diciembre de 2013 con Guatemala.

    (2)

    Las indicaciones geográficas de la Unión Europea y de Centroamérica, que han sido enumeradas en el anexo XVII del Acuerdo, o en virtud de la declaración conjunta sobre «Nombres cuyo registro ha sido solicitado como indicaciones geográficas en una República de la Parte Centroamericana», y que han sido examinadas satisfactoriamente por las autoridades competentes de la otra Parte, figurarán en el anexo XVIII, de conformidad con la parte IV, título VI y título XIII, del Acuerdo.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo único

    Modificación del anexo XVIII

    Las indicaciones geográficas enumeradas en el anexo de la presente Decisión se incluirán en el anexo XVIII, parte A y parte B, del Acuerdo, tal como se prevé en el anexo de la presente Decisión.

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en …, el …

    Por el Consejo de Asociación UE-Centroamérica,

    […]

    Por Costa Rica

    […]

    Por El Salvador

    […]

    Por Guatemala

    […]

    Por Honduras

    […]

    Por Nicaragua

    […]

    Por Panamá

    […]

    Por la Unión Europea

    ANEXO

    DE LA DECISIÓN No … DEL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-CENTROAMÉRICA

    ANEXO XVIII

    INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS

    PARTE A

    Indicaciones geográficas de la Parte UE protegidas en las Repúblicas de la Parte Centroamericana de conformidad con el título VI (Propiedad intelectual) de la parte IV del presente Acuerdo

    ESTADO MIEMBRO

    NOMBRE

    PRODUCTO, DESCRIPCIÓN O CLASE

    ALEMANIA

    Bayerisches Bier

    Cervezas

    ALEMANIA

    Münchener Bier

    Cervezas

    ALEMANIA

    Nürnberger Bratwürste/Nürnberger Rostbratwürste

    Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

    IRLANDA

    Irish Cream

    Aguardientes

    IRLANDA

    Irish whiskey/Uisce Beatha/Eireannach/Irish whisky

    Aguardientes

    GRECIA

    Ούζο (Ouzo) (1)

    Aguardientes

    GRECIA

    Σάμος (Samos)

    Vinos

    ESPAÑA

    Bierzo

    Vinos

    ESPAÑA

    Brandy de Jerez

    Aguardientes

    ESPAÑA

    Campo de Borja

    Vinos

    ESPAÑA

    Cariñena

    Vinos

    ESPAÑA

    Castilla

    Vinos

    ESPAÑA

    Cataluña

    Vinos

    ESPAÑA

    Cava

    Vinos

    ESPAÑA

    Empordá (Ampurdán)

    Vinos

    ESPAÑA

    Idiazábal

    Quesos

    ESPAÑA

    Jamón de Teruel

    Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

    ESPAÑA

    Jerez — Xérès — Sherry

    Vinos

    ESPAÑA

    Jijona

    Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

    ESPAÑA

    Jumilla

    Vinos

    ESPAÑA

    La Mancha

    Vinos

    ESPAÑA

    Los Pedroches

    Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

    ESPAÑA

    Málaga

    Vinos

    ESPAÑA

    Manzanilla — Sanlúcar de Barrameda

    Vinos

    ESPAÑA

    Navarra

    Vinos

    ESPAÑA

    Penedès

    Vinos

    ESPAÑA

    Priorat

    Vinos

    ESPAÑA

    Queso Manchego (2)

    Quesos

    ESPAÑA

    Rías Baixas

    Vinos

    ESPAÑA

    Ribera del Duero

    Vinos

    ESPAÑA

    Rioja

    Vinos

    ESPAÑA

    Rueda

    Vinos

    ESPAÑA

    Somontano

    Vinos

    ESPAÑA

    Toro

    Vinos

    ESPAÑA

    Turrón de Alicante

    Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

    ESPAÑA

    Utiel-Requena

    Vinos

    ESPAÑA

    Valdepeñas

    Vinos

    ESPAÑA

    Valencia

    Vinos

    FRANCIA

    Alsace

    Vinos

    FRANCIA

    Anjou

    Vinos

    FRANCIA

    Armagnac

    Aguardientes

    FRANCIA

    Beaujolais

    Vinos

    FRANCIA

    Bordeaux

    Vinos

    FRANCIA

    Bourgogne

    Vinos

    FRANCIA

    Brie de Meaux (3)

    Quesos

    FRANCIA

    Cadillac

    Vinos

    FRANCIA

    Calvados

    Aguardientes

    FRANCIA

    Camembert de Normandie (4)

    Quesos

    FRANCIA

    Canard à foie gras du Sud-Ouest

    Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

    FRANCIA

    Chablis

    Vinos

    FRANCIA

    Champagne

    Vinos

    FRANCIA

    Châteauneuf-du-Pape

    Vinos

    FRANCIA

    Cognac

    Aguardientes

    FRANCIA

    Comté

    Quesos

    FRANCIA

    Côtes de Provence

    Vinos

    FRANCIA

    Côtes du Rhône

    Vinos

    FRANCIA

    Côtes du Roussillon

    Vinos

    FRANCIA

    Emmental de Savoie (5)

    Quesos

    FRANCIA

    Graves (Graves de Vayres)

    Vinos

    FRANCIA

    Haut-Médoc

    Vinos

    FRANCIA

    Huile essentielle de lavande de Haute-Provence

    Aceite de lavanda

    FRANCIA

    Jambon de Bayonne

    Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

    FRANCIA

    Languedoc (Coteaux du Languedoc)

    Vinos

    FRANCIA

    Margaux

    Vinos

    FRANCIA

    Médoc

    Vinos

    FRANCIA

    Pommard

    Vinos

    FRANCIA

    Pruneaux d'Agen

    Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados — Ciruelas pasas

    FRANCIA

    Reblochon

    Quesos

    FRANCIA

    Rhum de la Martinique

    Aguardientes

    FRANCIA

    Romanée Saint-Vivant

    Vinos

    FRANCIA

    Roquefort

    Quesos

    FRANCIA

    Saint-Emilion

    Vinos

    FRANCIA

    Saint-Julien

    Vinos

    FRANCIA

    Sauternes

    Vinos

    FRANCIA

    Val de Loire

    Vinos

    ITALIA

    Asti

    Vinos

    ITALIA

    Barbaresco

    Vinos

    ITALIA

    Barbera d'Alba

    Vinos

    ITALIA

    Barbera d'Asti

    Vinos

    ITALIA

    Barolo

    Vinos

    ITALIA

    Brachetto d'Acqui

    Vinos

    ITALIA

    Conegliano Valdobbiadene — Prosecco

    Vinos

    ITALIA

    Dolcetto d'Alba

    Vinos

    ITALIA

    Fontina (6)

    Quesos

    ITALIA

    Franciacorta

    Vinos

    ITALIA

    Gorgonzola (7)

    Quesos

    ITALIA

    Grana Padano (8)

    Quesos

    ITALIA

    Grappa

    Aguardientes

    ITALIA

    Mortadella Bologna

    Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

    ITALIA

    Parmigiano Reggiano (9)

    Quesos

    ITALIA

    Prosciutto di Parma (10)

    Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

    ITALIA

    Prosciutto di S. Daniele

    Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

    ITALIA

    Prosciutto Toscano

    Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

    ITALIA

    Provolone Valpadana (11)

    Quesos

    ITALIA

    Soave

    Vinos

    ITALIA

    Taleggio

    Quesos

    ITALIA

    Toscano

    Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.) — Aceite de oliva

    ITALIA

    Toscano/Toscana

    Vinos

    ITALIA

    Vino Nobile di Montepulciano

    Vinos

    CHIPRE

    Ζιβανία (Zivania)

    Aguardientes

    CHIPRE

    Κουμανταρία (Commandaria)

    Vinos

    CHIPRE

    Ούζο (Ouzo) (12)

    Aguardientes

    HUNGRÍA

    Pálinka

    Aguardientes

    HUNGRÍA

    Szegedi téliszalámi/Szegedi szalámi

    Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

    HUNGRÍA

    Tokaj

    Vinos

    HUNGRÍA

    Törkölypálinka

    Aguardientes

    AUSTRIA

    Inländerrum

    Aguardientes

    AUSTRIA

    Jägertee/Jagertee/Jagatee

    Aguardientes

    POLONIA

    Polska Wódka/Vodka polaco

    Aguardientes

    POLONIA

    Wódka ziołowa z Niziny Północnopodlaskiej/Herbal vodka from the North Podlasie Lowland

    Aguardientes

    PORTUGAL

    Douro

    Vinos

    PORTUGAL

    Porto, Port u Oporto

    Vinos

    ESLOVAQUIA

    Vinohradnícka oblasť Tokaj

    Vinos

    SUECIA

    Svensk Vodka/Swedish Vodka

    Aguardientes

    REINO UNIDO

    Scotch Whisky

    Aguardientes

    PARTE B

    Indicaciones geográficas de las Repúblicas de la Parte Centroamericana protegidas en la Parte UE de conformidad con el título VI (Propiedad intelectual) de la parte IV del presente Acuerdo

    PAÍS

    DENOMINACIÓN

    PRODUCTOS

    COSTA RICA

    Café de Costa Rica

    Café

    COSTA RICA

    Banano de Costa Rica

    Fruta

    EL SALVADOR

    Café Apaneca-Ilamapetec

    Café

    [EL SALVADOR]

    [Bálsamo de El Salvador]

    [Extractos de plantas]

    GUATEMALA

    Café Antigua

    Café

    GUATEMALA

    Ron de Guatemala

    Aguardientes

    HONDURAS

    Cafés del occidente hondureño/Honduras western coffee

    Café

    HONDURAS

    Café de Marcala

    Café

    PANAMÁ

    Seco de Panamá

    Aguardientes


    (1)  Producto de Grecia o Chipre.

    (2)  Registrados en Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica y El Salvador.

    (3)  Registrados en Costa Rica, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en El Salvador y Guatemala.

    (4)  Registrados en Costa Rica, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en El Salvador y Guatemala.

    (5)  Registrados en Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica, El Salvador y Guatemala.

    (6)  Registrados en El Salvador, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica y Guatemala.

    (7)  Registrados en Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica, El Salvador y Guatemala.

    (8)  Registrados en Costa Rica, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en El Salvador.

    (9)  Registrados en Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica, El Salvador y Guatemala.

    (10)  Registrados en Costa Rica, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en El Salvador.

    (11)  Registrados en Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica, El Salvador y Guatemala.

    (12)  Producto de Grecia o Chipre.


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