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Document 32013D0028

    2013/28/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 16 de noviembre de 2012 , por la que se adopta la primera lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica [notificada con el número C(2012) 8232]

    DO L 24 de 26.1.2013, p. 643–646 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 07/11/2013; derogado por 32013D0736

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2013/28/oj

    26.1.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 24/643


    DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

    de 16 de noviembre de 2012

    por la que se adopta la primera lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica

    [notificada con el número C(2012) 8232]

    (2013/28/UE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vista la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 2, párrafo tercero,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    La región biogeográfica estépica a que se refiere el artículo 1, letra c), inciso iii), de la Directiva 92/43/CEE comprende partes del territorio de Rumanía, según se especifica en el mapa biogeográfico aprobado el 20 de abril de 2005 por el Comité creado en virtud del artículo 20 de esa Directiva, en lo sucesivo denominado «el Comité de Hábitats».

    (2)

    Es necesario seguir avanzando, dentro del proceso iniciado en 1995, en el establecimiento concreto de la red Natura 2000, que es un elemento esencial para la protección de la biodiversidad de la Unión.

    (3)

    La Comisión adoptó, mediante la Decisión 2008/966/CE (2), la lista inicial de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica a efectos de la Directiva 92/43/CEE. En virtud del artículo 4, apartado 4, y del artículo 6, apartado 1, de dicha Directiva, el Estado miembro interesado debe dar a los espacios incluidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica la designación de zona especial de conservación lo antes posible y como máximo en un plazo de seis años, fijando las prioridades de conservación y las medidas de conservación necesarias.

    (4)

    Las listas de lugares de importancia comunitaria se revisan en el marco de una adaptación dinámica de la red Natura 2000. Resulta, pues, necesario actualizar la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica.

    (5)

    Por un lado, es necesario actualizar la lista de lugares de importancia comunitaria de esa región biogeográfica estépica para incluir en ella espacios adicionales propuestos desde 2010 por Rumanía como lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica a efectos del artículo 1 de la Directiva 92/43/CEE. Respecto a esos lugares adicionales, las obligaciones derivadas del artículo 4, apartado 4, y del artículo 6, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE deben aplicarse lo antes posible y como máximo en un plazo de seis años tras la adopción de la presente Decisión.

    (6)

    Por otro lado, la actualización de la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica es necesaria para reflejar los cambios en la información sobre los lugares enviada por Rumanía tras la adopción de la lista inicial de la Unión. En ese sentido, la lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica constituye una versión consolidada de esa lista. Cabe señalar que, respecto a los lugares incluidos en la presente Decisión, las obligaciones derivadas del artículo 4, apartado 4, y del artículo 6, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE deben aplicarse lo antes posible y como máximo en un plazo de seis años tras la adopción de la lista de lugares de importancia comunitaria en que un lugar fue incluido por primera vez.

    (7)

    En el caso de la región biogeográfica estépica, se remitieron a la Comisión entre junio de 2007 y octubre de 2011, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE, las listas de lugares propuestos como lugares de importancia comunitaria a efectos del artículo 1 de esa Directiva.

    (8)

    Las listas de los lugares propuestos iban acompañadas de información relativa a cada lugar, consignada en el formulario establecido por la Decisión 97/266/CE de la Comisión, de 18 de diciembre de 1996, relativa a un formulario de información sobre un espacio propuesto para su inclusión en la red Natura 2000 (3).

    (9)

    Esa información incluye el mapa del lugar remitido por el Estado miembro interesado, su denominación, su ubicación y su superficie, así como los datos resultantes de la aplicación de los criterios que se especifican en el anexo III de la Directiva 92/43/CEE.

    (10)

    Procede adoptar una lista actualizada de espacios seleccionados como lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica sobre la base del proyecto de lista confeccionado por la Comisión de acuerdo con el Estado miembro interesado, en el que se recogen además lugares que albergan tipos de hábitats naturales prioritarios o especies prioritarias.

    (11)

    Los conocimientos sobre la existencia y distribución de las especies y tipos de hábitats naturales evolucionan constantemente como consecuencia de la vigilancia realizada con arreglo al artículo 11 de la Directiva 92/43/CEE. Por consiguiente, la evaluación y selección de lugares a nivel de la Unión se han llevado a cabo utilizando la mejor información disponible en la actualidad.

    (12)

    El Estado miembro interesado no ha propuesto un número de lugares suficiente para ajustarse a los requisitos de la Directiva 92/43/CEE en lo que se refiere a ciertos tipos de hábitats y a ciertas especies. Así pues, respecto a esos tipos de hábitats y especies no se puede concluir que la red Natura 2000 esté completa. En vista del retraso a la hora de recibir la información y alcanzar el acuerdo con el Estado miembro, procede adoptar una lista actualizada de lugares, que habrá de ser revisada de conformidad con el artículo 4 de la Directiva 92/43/CEE.

    (13)

    Dado que siguen siendo incompletos los conocimientos sobre la existencia y distribución de algunos de los tipos de hábitats naturales del anexo I y de las especies del anexo II de la Directiva 92/43/CEE, no puede afirmarse que la red Natura 2000 esté completa o no. En caso necesario, la lista debe ser objeto de revisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Directiva 92/43/CEE.

    (14)

    En aras de la claridad y de la transparencia, procede derogar la Decisión 2008/966/CE.

    (15)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de Hábitats.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La primera lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica, de conformidad con el artículo 4, apartado 2, párrafo tercero, de la Directiva 92/43/CEE, figura en el anexo de la presente Decisión.

    Artículo 2

    Queda derogada la Decisión 2008/966/CE.

    Artículo 3

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 16 de noviembre de 2012.

    Por la Comisión

    Janez POTOČNIK

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 206 de 22.7.1992, p. 7.

    (2)  DO L 344 de 20.12.2008, p. 117.

    (3)  DO L 107 de 24.4.1997, p. 1.


    ANEXO

    Primera lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica

    Cada uno de los lugares de importancia comunitaria (LIC) se identifica mediante la información contenida en el formulario Natura 2000, incluido el mapa correspondiente. Esa información ha sido remitida por las autoridades nacionales competentes con arreglo al artículo 4, apartado 1, párrafo segundo, de la Directiva 92/43/CEE.

    El cuadro contiene la siguiente información:

    A

    :

    código del LIC compuesto por nueve caracteres, de los cuales los dos primeros son el código ISO del Estado miembro;

    B

    :

    nombre del LIC;

    C

    :

    *= presencia en el LIC de al menos un tipo de hábitat natural o especie prioritarios a tenor del artículo 1 de la Directiva 92/43/CEE;

    D

    :

    superficie del LIC en hectáreas o longitud en kilómetros;

    E

    :

    coordenadas geográficas del LIC (latitud y longitud) en grados decimales.

    Toda la información de la siguiente lista de la Unión se basa en los datos propuestos, remitidos y validados por Rumanía.

    A

    B

    C

    D

    E

    Código del LIC

    Nombre del LIC

    *

    Superficie del LIC

    (ha)

    Longitud del LIC

    (km)

    Coordenadas geográficas del LIC

     

     

     

     

     

    Longitud

    Latitud

    ROSCI0005

    Balta Albă-Amara-Jirlău-Lacul Sărat Câineni

    *

    6 300,3

     

    27,2847

    45,2300

    ROSCI0006

    Balta Mică a Brăilei

     

    20 872,1

     

    27,9086

    44,9978

    ROSCI0012

    Brațul Măcin

    *

    10 235,4

     

    28,1311

    45,0081

    ROSCI0022

    Canaralele Dunării

    *

    25 943

     

    28,0781

    44,4100

    ROSCI0053

    Dealul Alah Bair

    *

    193,5

     

    28,2181

    44,5022

    ROSCI0060

    Dealurile Agighiolului

    *

    1 433,3

     

    28,8136

    45,0447

    ROSCI0065

    Delta Dunării

    *

    454 037,3

     

    28,9203

    44,9003

    ROSCI0067

    Deniz Tepe

    *

    413,7

     

    28,6889

    45,0033

    ROSCI0071

    Dumbrăveni-Valea Urluia-Lacul Vederoasa

    *

    17 971

     

    27,9800

    43,9694

    ROSCI0072

    Dunele de nisip de la Hanul Conachi

    *

    241,7

     

    27,5772

    45,5706

    ROSCI0083

    Fântânița Murfatlar

    *

    577,5

     

    28,3856

    44,1572

    ROSCI0103

    Lunca Buzăului

    *

    6 986,5

     

    26,8722

    45,1519

    ROSCI0105

    Lunca Joasă a Prutului

    *

    5 806

     

    28,1483

    45,7653

    ROSCI0114

    Mlaștina Hergheliei-Obanul Mare și Peștera Movilei

    *

    232,2

     

    28,5717

    43,8344

    ROSCI0123

    Munții Măcinului

    *

    16 893,9

     

    28,3308

    45,1469

    ROSCI0131

    Oltenița-Mostiștea-Chiciu

     

    11 348,7

     

    26,9117

    44,2194

    ROSCI0133

    Pădurea Bădeana

    *

    60,6

     

    27,5717

    46,1572

    ROSCI0134

    Pădurea Balta-Munteni

     

    86

     

    27,4656

    45,9497

    ROSCI0139

    Pădurea Breana-Roșcani

    *

    156,8

     

    27,9956

    45,9269

    ROSCI0149

    Pădurea Eseschioi-Lacul Bugeac

    *

    2 965,7

     

    27,4350

    44,0789

    ROSCI0151

    Pădurea Gârboavele

    *

    219,1

     

    27,9989

    45,5767

    ROSCI0157

    Pădurea Hagieni-Cotul Văii

    *

    3 617,7

     

    28,4500

    43,7889

    ROSCI0162

    Lunca Siretului Inferior

    *

    25 080,7

     

    27,3425

    45,7728

    ROSCI0163

    Pădurea Mogoș-Mâțele

    *

    64,9

     

    27,9481

    45,7222

    ROSCI0165

    Pădurea Pogănești

    *

    180,9

     

    28,0261

    45,9753

    ROSCI0169

    Pădurea Seaca-Movileni

    *

    50,9

     

    27,5333

    46,2883

    ROSCI0172

    Pădurea și Valea Canaraua Fetii-Iortmac

    *

    13 630,9

     

    27,6158

    44,1050

    ROSCI0175

    Pădurea Tălășmani

     

    53,4

     

    27,8406

    46,1217

    ROSCI0178

    Pădurea Torcești

     

    129,9

     

    27,4908

    45,6811

    ROSCI0191

    Peștera Limanu

     

    12,4

     

    28,5242

    43,8069

    ROSCI0201

    Podișul Nord Dobrogean

    *

    84 811,5

     

    28,5019

    44,9703

    ROSCI0213

    Râul Prut

     

    10 540

     

    27,7850

    47,2136

    ROSCI0215

    Recifii Jurasici Cheia

    *

    5 686,2

     

    28,4417

    44,4853

    ROSCI0259

    Valea Călmățuiului

    *

    17 922,9

     

    27,0450

    45,0067

    ROSCI0278

    Bordușani-Borcea

    *

    5 809,7

     

    27,9231

    44,5764

    ROSCI0286

    Colinele Elanului

    *

    755,3

     

    27,9761

    46,3389

    ROSCI0290

    Coridorul Ialomiței

    *

    26 726,8

     

    26,4756

    44,7211

    ROSCI0305

    Ianca-Plopu-Sărat-Comăneasca

    *

    3 222,4

     

    27,6481

    45,2258

    ROSCI0307

    Lacul Sărat-Brăila

    *

    376,7

     

    27,8817

    45,1944

    ROSCI0308

    Lacul și Pădurea Cernica

     

    3 267,3

     

    26,2956

    44,4433

    ROSCI0309

    Lacurile din jurul Măscurei

     

    1 159,7

     

    27,3964

    46,3481

    ROSCI0315

    Lunca Chineja

     

    944,9

     

    27,9600

    45,8006

    ROSCI0319

    Mlaștina de la Fetești

     

    2 019,8

     

    27,8039

    44,3431

    ROSCI0335

    Pădurea Dobrina-Huși

    *

    8 518,3

     

    27,9717

    46,5808

    ROSCI0343

    Pădurile din Silvostepa Mostiștei

    *

    2 119,8

     

    26,7294

    44,2431

    ROSCI0353

    Peștera-Deleni

     

    2 508,1

     

    28,0267

    44,1100

    ROSCI0360

    Râul Bârlad între Zorleni și Gura Gârbăvoțului

     

    2 569,4

     

    27,6700

    46,2108

    ROSCI0389

    Sărăturile de la Gura Ialomiței-Mihai Bravu

    *

    3 449,4

     

    27,7622

    44,7514

    ROSCI0398

    Straja-Cumpăna

     

    1 117

     

    28,5106

    44,0936


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