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Document 32012D0511
2012/511/EU: Council Decision of 23 July 2012 on the signing, on behalf of the European Union, of the Food Assistance Convention
2012/511/UE: Decisión del Consejo, de 23 de julio de 2012 , sobre la firma, en nombre de la Unión Europea, del Convenio sobre Asistencia Alimentaria
2012/511/UE: Decisión del Consejo, de 23 de julio de 2012 , sobre la firma, en nombre de la Unión Europea, del Convenio sobre Asistencia Alimentaria
DO L 256 de 22.9.2012, p. 3–3
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
22.9.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 256/3 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 23 de julio de 2012
sobre la firma, en nombre de la Unión Europea, del Convenio sobre Asistencia Alimentaria
(2012/511/UE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 214, apartado 4, junto con su artículo 218, apartado 5,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Unión es Parte del Convenio sobre Ayuda Alimentaria de 1999 (1) («el CAA 1999»), que expirará el 1 de julio de 2012. |
(2) |
El 17 de noviembre de 2010, el Consejo autorizó a la Comisión a llevar a cabo negociaciones con vistas a un Convenio sobre Asistencia Alimentaria («el Convenio») que incorpore y refleje un enfoque modernizado respecto a la asistencia alimentaria, y que sustituiría al CAA 1999. |
(3) |
Las negociaciones concluyeron satisfactoriamente el 25 de abril de 2012. |
(4) |
Redunda en interés de la Unión firmar el Convenio, que contribuirá a alcanzar los objetivos de ayuda humanitaria a que hace referencia el artículo 214, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. |
(5) |
El Convenio queda abierto a la firma hasta el 31 de diciembre de 2012. |
(6) |
El Convenio deberá ser firmado en nombre de la Unión Europea, a reserva de su celebración. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se autoriza la firma del Convenio sobre Asistencia Alimentaria (en lo sucesivo «el Convenio») en nombre de la Unión, a reserva de la celebración de dicho Convenio (2).
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la(s) persona(s) facultada(s) para firmar el Convenio en nombre de la Unión.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor en la fecha de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 23 de julio de 2012.
Por el Consejo
La Presidenta
C. ASHTON
(1) DO L 222 de 24.8.1999, p. 40.
(2) El texto del Convenio se publicará junto con la Decisión relativa a su celebración.