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Document 32010A0225(01)

    Dictamen del Consejo, de 2 de diciembre de 2009 , sobre la adenda al programa de estabilidad actualizado de Bélgica (2008-2012)

    DO C 47 de 25.2.2010, p. 1–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    25.2.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 47/1


    DICTAMEN DEL CONSEJO

    de 2 de diciembre de 2009

    sobre la adenda al programa de estabilidad actualizado de Bélgica (2008-2012)

    2010/C 47/01

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y, en particular, su artículo 5, apartado 3,

    Vista la recomendación de la Comisión,

    Previa consulta al Comité Económico y Financiero,

    HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

    (1)

    El 2 de diciembre de 2009 el Consejo examinó la adenda a la actualización de abril de 2009 del programa de estabilidad de Bélgica (denominada en lo sucesivo «la adenda»), que cubre el período 2008-2012 (2), presentada por las autoridades belgas como consecuencia de la recomendación formulada por el Consejo en su dictamen de 7 de julio de 2009 sobre el programa de abril de 2009. El presente dictamen actualiza el emitido en julio, teniendo en cuenta la información contenida en la adenda al programa de abril de 2009.

    (2)

    El desplome del comercio mundial, unido a la pérdida de confianza, a sus efectos sobre la riqueza y a las condiciones de crédito más restrictivas, provocaron una fuerte contracción de la economía en el último trimestre de 2008 y en el primer trimestre de 2009. En el segundo trimestre la contracción fue más limitada, y se prevé que la tasa de crecimiento trimestral sea ligeramente positiva en el segundo semestre del año, habida cuenta de la mejora del entorno internacional. Según las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión, el PIB anual se contraerá aproximadamente en un 3 % en 2009 y volverá a crecer en 2010 (0,6 %). En 2011, se prevé que el crecimiento se sitúe en un 1,5 %, lo que supone por tanto un leve rebasamiento del potencial de crecimiento, que se ha reducido por la caída de las inversiones y el incremento de la tasa de desempleo en el contexto de la crisis. La recesión tendrá asimismo un importante impacto negativo sobre las finanzas públicas; según las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión, el déficit de las administraciones públicas aumentará, pasando del 1,2 % del PIB en 2008 a aproximadamente el 6 % del PIB en 2009. Se prevé que el déficit se estabilice en 2010 y 2011 teniendo en cuenta: i) que la incidencia presupuestaria de las medidas de estímulo adoptadas a finales de 2008 como consecuencia del Plan Europeo de Recuperación Económica (PERE) se mantendrá en el 0,5 % del PIB en 2010, dado que el plan incluye medidas permanentes, y ii) las medidas de saneamiento adoptadas por los diferentes niveles de gobierno en sus presupuestos para 2010 (0,75 % del PIB) y 2011 (0,25 % del PIB). Sin embargo, se prevé que la composición desfavorable del crecimiento económico en 2010, unida a un nuevo e importante incremento del desempleo, al aumento de los gastos de intereses, y al incremento de los gastos asociados al envejecimiento de la población (debido asimismo a las medidas tomadas en los últimos años para incrementar las prestaciones sociales, incluidas las pensiones) neutralizará completamente el impacto de las medidas de saneamiento sobre el saldo presupuestario.

    (3)

    El escenario macroeconómico en que se basa la adenda prevé que, tras crecer un 1,1 % en 2008, el PIB real disminuirá un 3,1 % en 2009, antes de repuntar hasta el 0,4 % en 2010. Posteriormente, se prevé que el crecimiento del PIB sea de un 1,9 % en 2011 y un 2,4 % en 2012. En relación con el programa actualizado de abril de 2009, el crecimiento ha sido revisado a la baja, en particular para 2009. Sobre la base de la información disponible (3), este nuevo escenario parece bastante verosímil; las previsiones pueden pecar de cierta prudencia para el período 2009-2010, mientras que, para los años posteriores, parecen algo optimistas, si se tienen en cuenta las estimaciones más recientes del potencial de producción. Aunque en las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión también se espera que la brecha de producción se vaya reduciendo gradualmente una vez concluida la recesión, la adenda parece un tanto optimista en cuanto al ritmo de esta reducción. La composición del crecimiento es globalmente verosímil durante todo el período cubierto por la adenda. Las previsiones de inflación contenidas en la adenda pueden considerarse realistas. Por otro lado, las previsiones relativas al incremento de los salarios parecen demasiado elevadas durante todo el período, pues el menor crecimiento de los costes laborales en el extranjero puede ejercer una mayor presión a la baja sobre los salarios en Bélgica habida cuenta de su alta tasa de desempleo. Finalmente, las previsiones de aumento del empleo para 2011 que figuran en la adenda pueden también pecar de un cierto optimismo.

    (4)

    La adenda presenta un objetivo de déficit para 2009 del 5,9 % del PIB (que coincide con las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión). El aumento del déficit en 2009, respecto del 1,2 % del PIB en 2008, refleja principalmente el efecto de los estabilizadores automáticos. Este efecto ha sido mucho más importante de lo que podría esperarse del funcionamiento de las elasticidades normalizadas y refleja, en particular, una fuerte disminución de los ingresos tributarios en concepto de impuesto de sociedades. Las medidas expansionistas incluidas en el presupuesto para 2009 (0,5 % del PIB) y los planes de estímulo fiscal aprobados por el Gobierno federal y los gobiernos regionales (0,5 % del PIB) fueron relativamente restringidas, en consonancia con el limitado margen de maniobra como consecuencia del elevado nivel de deuda. Finalmente, el deterioro presupuestario refleja también medidas puntuales negativas equivalentes a alrededor de medio punto porcentual del PIB, adoptadas de conformidad con dos decisiones judiciales (4). Como consecuencia de estas medidas puntuales y del hecho de que los estabilizadores automáticos han tenido un efecto superior al previsto, el objetivo de déficit para 2009 es en la actualidad el 2,5 % del PIB, superior al que figuraba en el programa de estabilidad actualizado de abril de 2009, aunque no se han adoptado nuevas medidas expansionistas. Según los datos facilitados en la adenda y recalculados por los servicios de la Comisión con arreglo a la metodología común, el déficit estructural (déficit ajustado en función del ciclo excluidas las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal), aumentaría al 4,7 % del PIB en 2009, frente al 2,3 % en 2008. Según las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión, el aumento del déficit estructural en 2009 sería algo inferior (2 puntos en vez de 2,4 puntos porcentuales), sobre todo porque en la adenda no se consideró que el impacto de las resoluciones judiciales (0,5 % del PIB) tuviera un carácter excepcional.

    (5)

    El objetivo principal de la estrategia presupuestaria a medio plazo de la adenda es garantizar una vuelta gradual al equilibrio presupuestario de aquí a 2015. La adenda no menciona explícitamente el objetivo a medio plazo ni tampoco prevé que se alcance el objetivo a medio plazo inicial de Bélgica (superávit del 0,5 % del PIB, ajustado en función del ciclo y excluidas las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal) dentro del período que abarca la adenda. El déficit global se estabilizará probablemente en torno al 6 % del PIB en 2010 gracias a unas medidas correctoras de importe equivalente al 0,5 % del PIB, antes de mejorar progresivamente hasta situarse en el 4,4 % del PIB en 2012 (con ayuda de las medidas de saneamiento equivalentes al 1 % del PIB en 2011 y al 1,25 % en 2012). En la adenda se menciona como objetivo para 2013 situar el déficit por debajo del valor de referencia del 3 % del PIB, pero no se presenta un escenario plenamente desarrollado para ese año (5). El déficit estructural que se menciona en la adenda, recalculado con arreglo a la metodología común, mejoraría probablemente en torno a un cuarto de punto porcentual tanto en 2010 como en 2011 y en medio punto porcentual en 2012. Como en la adenda no se tuvo en cuenta que el impacto de medio punto porcentual del PIB de las decisiones judiciales es de carácter excepcional, el saldo estructural en realidad se deteriorará en un cuarto de punto porcentual del PIB en 2010 (del – 4,2 % del PIB en 2009 al – 4,4 % del PIB en 2010). Los ajustes estructurales previstos en la adenda son considerablemente menores que los importes de las medidas previstas mencionadas anteriormente. Esto significa que el saldo estructural, si no se modifica la política económica, se deterioraría automáticamente en medio punto porcentual del PIB al año por término medio, como consecuencia de la composición desfavorable del crecimiento económico en 2010, el aumento de los gastos de intereses y el incremento de los gastos asociados al envejecimiento de la población (debido asimismo a las medidas adoptadas en los últimos años para incrementar las prestaciones sociales, incluidas las pensiones). Según la adenda, el esfuerzo de saneamiento previsto se basa también en un aumento de los ingresos tributarios (en particular de los procedentes de los impuestos sobre la renta y el patrimonio) y en la reducción del gasto (sobre todo en consumo intermedio, salarios públicos y transferencias social en especie). La adenda estima la deuda de las administraciones públicas en un 89,6 % del PIB en 2008, frente a un 84 % en 2007, y considera que este aumento es en gran medida consecuencia de un considerable ajuste entre flujos y fondos derivado de las operaciones de rescate de entidades bancarias (6 % del PIB). En la adenda se prevé un nuevo incremento del ratio deuda/PIB hasta aproximadamente el 104 % en 2011, año en que se estabilizaría globalmente; este aumento es bastante superior al que se preveía en la actualización de abril (básicamente en razón de déficit más elevados). Según las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión, se producirá un aumento del ratio de deuda comparable.

    (6)

    Los objetivos presupuestarios corren por lo general ciertos riesgos de corrección a la baja, sobre todo a partir de 2011. En primer lugar, la situación macroeconómica es incierta, por lo que no puede excluirse que en 2011 y 2012 los resultados sean peores que los previstos en la adenda. En segundo lugar, no se especifican en grado suficiente las medidas de saneamiento mencionadas en la adenda como respaldo de los objetivos. Aunque, sobre la base de los proyectos de presupuesto para 2010 de los diferentes niveles de gobierno acordados tras la presentación de la adenda, parece que en 2010 el importe de las medidas correctoras rebasará el 0,5 % del PIB previsto en la adenda, dado que en la actualidad las medidas ya suficientemente especificadas suponen un 0,75 % del PIB, no se dispone de mucha información sobre la naturaleza de las medidas previstas para los años posteriores. Por último, el Gobierno ofreció al sector bancario garantías considerables, que, en la medida en que se ejecuten, podrían incrementar en el futuro el déficit y la deuda, aunque una parte de los costes del apoyo estatal al sector financiero podría recuperarse posteriormente. Por otro lado, habida cuenta de la disminución de los ingresos superior a la prevista en 2009, no se puede excluir que los ingresos tributarios puedan registrar un dinamismo mayor del que implicarían las elasticidades normalizadas. Teniendo en cuenta los riesgos que pesan sobre los objetivos presupuestarios, es probable que la evolución del ratio de deuda sea también menos favorable de lo previsto en la adenda.

    (7)

    La política presupuestaria, si se evalúa en función de la evolución del saldo estructural recalculada en la adenda y teniendo en cuenta los riesgos mencionados anteriormente, es expansionista en 2009, en consonancia con el PERE, y globalmente neutra durante el resto del período del programa. En vista de los riesgos asociados a la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, entre los que figuran el elevado nivel de deuda pública, que además no va disminuyendo suficientemente hacia el valor de referencia durante el período del programa, y los importantes pasivos contingentes derivados de las medidas de estabilización del sistema financiero, el proceso de saneamiento debe reforzarse considerablemente a partir de 2011.

    (8)

    La adenda se atiene en mayor medida a los requisitos en materia de datos que establece el código de conducta para los programas de estabilidad y de convergencia, aunque subsisten lagunas en los datos obligatorios y opcionales (6).

    La conclusión general es que la política presupuestaria expansionista en 2009 está en consonancia con el PERE. Combinadas con el funcionamiento de los estabilizadores automáticos, las medidas discrecionales de apoyo elevarán el déficit nominal cerca del 6 % del PIB. La proporción entre la deuda pública bruta y el PIB, que aumentó en 2008 a raíz de las medidas destinadas a estabilizar el sistema financiero, seguiría su tendencia creciente hasta situarse en el 104 % en 2012. Esta evolución se produciría tras haber registrado un descenso espectacular, del 134 % en 1993 al 84 % en 2007, debido al logro del equilibrio presupuestario. El objetivo de la senda de saneamiento que se describe en la adenda es la reducción gradual del déficit al 4,4 % en 2012, seguida de una nueva disminución hasta el 2,8 % del PIB en 2013, hasta lograrse un presupuesto equilibrado en 2015. La senda de saneamiento está globalmente sujeta a un riesgo de corrección a la baja a partir de 2011, debido a que las medidas de apoyo no están lo suficientemente especificadas y a que las hipótesis macroeconómicas son relativamente optimistas. A la luz de la dinámica de la deuda y de la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, el proceso de saneamiento previsto se debería reforzar considerablemente a partir de 2011 a fin de reducir resueltamente el déficit por debajo del valor de referencia del 3 % del PIB.

    En vista de la evaluación anterior y de las recomendaciones formuladas anteriormente en el dictamen del Consejo de 7 de julio de 2009 para mejorar la calidad y la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, se insta asimismo a Bélgica a que lleve a cabo en 2010 todas las medidas de saneamiento previstas en el proyecto de presupuesto para 2010 y a que intensifique considerablemente el esfuerzo de ajuste previsto a partir de 2011 mediante la aplicación de las medidas estructurales especificadas, a fin de reducir resueltamente el déficit por debajo del valor de referencia del 3 % del PIB.

    Comparación de las principales previsiones macroeconómicas y presupuestarias

     

    2007

    2008

    2009

    2010

    2011

    2012

    PIB real

    (% de variación)

    PE sep 2009

    2,8

    1,1

    –3,1

    0,4

    1,9

    2,4

    COM otoño 2009

    2,9

    1,0

    –2,9

    0,6

    1,5

    PE abr 2009

    2,8

    1,1

    — 1,9

    0,6

    2,3

    2,3

    Inflación IPCA

    (%)

    PE sep 2009

    1,8

    4,5

    0,0

    1,5

    1,6

    1,6

    COM otoño 2009

    1,8

    4,5

    0,0

    1,3

    1,5

    PE abr 2009

    1,8

    4,5

    0,7

    1,8

    1,8

    1,7

    Brecha de producción (7)

    (% del PIB potencial)

    PE sep 2009

    2,6

    2,0

    –2,3

    –2,9

    –2,3

    –1,5

    COM otoño 2009

    2,4

    1,7

    –2,3

    –2,8

    –2,4

    PE abr 2009

    2,3

    1,5

    –1,9

    –2,7

    –1,9

    –1,2

    Saldo neto de las operaciones financieras con el resto del mundo

    (% del PIB)

    PE sep 2009

    2,1

    –1,6

    –1,9

    –2,1

    –2,3

    COM otoño 2009

    3,5

    –0,2

    0,1

    0,4

    0,3

    PE abr 2009

    Ingresos de las administraciones públicas

    (% del PIB)

    PE sep 2009

    48,7

    47,9

    48,1

    48,5

    49,2

    COM otoño 2009

    48,2

    48,8

    47,7

    48,0

    48,2

    PE abr 2009

    48,1

    48,6

    48,2

    Gastos de las administraciones públicas

    (% del PIB)

    PE sep 2009

    49,9

    53,8

    54,1

    53,9

    53,6

    COM otoño 2009

    48,4

    50,0

    53,6

    53,8

    54,0

    PE abr 2009

    48,3

    49,8

    51,6

    Saldo de las administraciones públicas

    (% del PIB)

    PE sep 2009

    –1,2

    –5,9

    –6,0

    –5,5

    –4,4

    COM otoño 2009

    –0,2

    –1,2

    –5,9

    –5,8

    –5,8

    PE abr 2009

    –0,2

    –1,2

    –3,4

    –4,0

    –3,4

    –2,6

    Saldo primario

    (% del PIB)

    PE sep 2009

    2,5

    –2

    –1,9

    –1,2

    –0,1

    COM otoño 2009

    3,6

    2,6

    –2,0

    –1,8

    –1,7

    PE abr 2009

    3,6

    2,5

    0,4

    –0,1

    0,6

    1,5

    Saldo ajustado en función del ciclo (8)

    (% del PIB)

    PE sep 2009

    –1,6

    –2,3

    –4,7

    –4,4

    –4,2

    –3,6

    COM otoño 2009

    –1,5

    –2,1

    –4,6

    –4,3

    –4,5

    PE abr 2009

    –1,5

    –2,0

    –2,4

    –2,6

    –2,4

    –1,9

    Saldo estructural (9)

    (% del PIB)

    PE sep 2009

    –1,5

    –2,3

    –4,7

    –4,4

    –4,2

    –3,6

    COM otoño 2009

    –1,4

    –2,2

    –4,2

    –4,4

    –4,5

    PE abr 2009

    –1,3

    –2

    –2,4

    –2,6

    –2,4

    –1,9

    Deuda bruta de las administraciones públicas

    (% del PIB)

    PE sep 2009

    89,7

    97,5

    101,9

    103,9

    104,3

    COM otoño 2009

    84,2

    89,8

    97,2

    101,2

    104,0

    PE abr 2009

    84,0

    89,6

    93,0

    95,0

    94,9

    93,9

    Adenda de septiembre de 2009 a la actualización de abril de 2009 del programa de estabilidad (PE); previsiones de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2009; cálculos de los servicios de la Comisión.


    (1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. Los documentos a que se hace referencia en este texto pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica: http://ec.europa.eu/economy_finance/sg_pact_fiscal_policy/fiscal_policy528_es.htm

    (2)  La actualización del programa de estabilidad de abril de 2009 abarca el período de 2008 a 2013.

    (3)  La evaluación tiene en cuenta las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión.

    (4)  En primer lugar, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas resolvió que determinados impuestos de sociedades tenían que ser devueltos dado que el régimen belga de deducción de los dividendos percibidos no era compatible con la Directiva 90/435/CEE del Consejo, de 23 de julio de 1990, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes. En segundo lugar, el Tribunal Constitucional de Bélgica resolvió que los impuestos sobre la renta de las personas físicas percibidos indebidamente debían ser devueltos a las personas desempleadas que vivían en régimen de matrimonio o de cohabitación para garantizar la igualdad de trato.

    (5)  El programa anuncia unos déficit para el período 2013-2015 (2,8 % del PIB en 2013, 1,3 % del PIB en 2014 y 0 % del PIB en 2015), pero no aporta un desglose más detallado ni un escenario macroeconómico que respalden estos objetivos.

    (6)  En concreto, no se presenta el cuadro relativo a la evolución cíclica.

    (7)  Brechas de producción y saldos ajustados en función del ciclo recalculados por los servicios de la Comisión partiendo de los datos de la adenda.

    (8)  Sobre la base de un potencial de crecimiento estimado del 1,9 %, el 1,7 %, el 1,1 %, el 1,0 %, y el 1,2 %, respectivamente, en el período 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011.

    (9)  Saldo presupuestario ajustado en función del ciclo excluidas las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal. Las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal son nulas en todo el período, con arreglo a la adenda. Según las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión, las medidas puntuales tienen en 2008 y 2010 un efecto de reducción del déficit (0,1 % del PIB) y un efecto de aumento del déficit en 2009 (0,5 % del PIB).

    Fuente:

    Adenda de septiembre de 2009 a la actualización de abril de 2009 del programa de estabilidad (PE); previsiones de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2009; cálculos de los servicios de la Comisión.


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