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Document 32008R0592
Regulation (EC) No 592/2008 of the European Parliament and of the Council of 17 June 2008 amending Council Regulation (EEC) No 1408/71 on the application of social security schemes to employed persons, to self-employed persons and to members of their families moving within the Community (Text with EEA relevance)
Reglamento (CE) n o 592/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008 , por el que se modifica el Reglamento (CEE) n o 1408/71 del Consejo, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (Texto pertinente a efectos del EEE)
Reglamento (CE) n o 592/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008 , por el que se modifica el Reglamento (CEE) n o 1408/71 del Consejo, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 177 de 4.7.2008, p. 1–5
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 31971R1408 | modificación | anexo 8 | 07/07/2008 | |
Modifies | 31971R1408 | modificación | anexo 3 | 07/07/2008 | |
Modifies | 31971R1408 | modificación | anexo 1 | 07/07/2008 | |
Modifies | 31971R1408 | modificación | anexo 6 | 07/07/2008 | |
Modifies | 31971R1408 | modificación | anexo 2 | 07/07/2008 | |
Modifies | 31971R1408 | modificación | anexo 2 BI | 07/07/2008 | |
Modifies | 31971R1408 | modificación | anexo 4 | 07/07/2008 |
4.7.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 177/1 |
REGLAMENTO (CE) N o 592/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 17 de junio de 2008
por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad
(Texto pertinente a efectos del EEE)
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos 42 y 308,
Vista la propuesta de la Comisión,
Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),
Previa consulta al Comité de las Regiones,
De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),
Considerando lo siguiente:
(1) |
Para tener en cuenta los cambios legislativos en algunos Estados miembros, es necesario adaptar determinados anexos del Reglamento (CEE) no 1408/71 (3). |
(2) |
Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CEE) no 1408/71 en consecuencia. |
HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Los anexos I, II, II bis, III, IV, VI y VIII del Reglamento (CEE) no 1408/71 quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Estrasburgo, el 17 de junio de 2008.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
H.-G. PÖTTERING
Por el Consejo
El Presidente
J. LENARČIČ
(1) Dictamen de 25 de octubre de 2007 (DO C 44 de 16.2.2008, p. 106).
(2) Dictamen del Parlamento Europeo de 15 de enero de 2008 (no publicado aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 14 de mayo de 2008.
(3) DO L 149 de 5.7.1971, p. 2. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1992/2006 (DO L 392 de 30.12.2006, p. 1).
ANEXO
Los anexos del Reglamento (CEE) no 1408/71 quedan modificados como sigue:
1) |
El anexo I queda modificado como sigue:
|
2) |
El anexo II queda modificado como sigue:
|
3) |
En el anexo II bis, rúbrica «J. IRLANDA», el texto se sustituye por lo siguiente:
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4) |
El anexo III, parte A, queda modificado como sigue:
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5) |
El anexo IV queda modificado como sigue:
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6) |
El anexo VI queda modificado como sigue:
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7) |
En el anexo VIII, rúbrica «J. IRLANDA», el texto se sustituye por lo siguiente: «La prestación por hijo, la remuneración de los tutores (contributiva) y los suplementos de la pensión (contributiva) de viuda y de la pensión (contributiva) de viudo pagaderos en relación con los hijos que cumplan los requisitos de la Ley consolidada de Protección Social de 2005 y sus modificaciones ulteriores.». |