This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32006D0011
2006/11/EC: Commission Decision of 11 January 2006 amending Decision 2005/758/EC concerning certain protection measures in relation to a suspicion of highly pathogenic avian influenza in Croatia and repealing Decision 2005/749/EC (notified under document C(2005) 6025) Text with EEA relevance
2006/11/CE: Decisión de la Comisión, de 11 de enero de 2006 , por la que se modifica la Decisión 2005/758/CE, relativa a determinadas medidas de protección en relación con una sospecha de presencia de gripe aviar altamente patógena en Croacia y por la que se deroga la Decisión 2005/749/CE [notificada con el número C(2005) 6025] Texto pertinente a efectos del EEE
2006/11/CE: Decisión de la Comisión, de 11 de enero de 2006 , por la que se modifica la Decisión 2005/758/CE, relativa a determinadas medidas de protección en relación con una sospecha de presencia de gripe aviar altamente patógena en Croacia y por la que se deroga la Decisión 2005/749/CE [notificada con el número C(2005) 6025] Texto pertinente a efectos del EEE
DO L 7 de 12.1.2006, pp. 29–31
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
DO L 118M de 8.5.2007, pp. 15–17
(MT)
No longer in force, Date of end of validity: 27/07/2006; derog. impl. por 32006D0533
| Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
|---|---|---|---|---|---|
| Modifies | 32005D0758 | modificación | artículo 1.1 | 11/01/2006 | |
| Modifies | 32005D0758 | adjunta | anexo | 11/01/2006 |
| Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
|---|---|---|---|---|---|
| Implicitly repealed by | 32006D0533 | 28/07/2006 |
|
12.1.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 7/29 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 11 de enero de 2006
por la que se modifica la Decisión 2005/758/CE, relativa a determinadas medidas de protección en relación con una sospecha de presencia de gripe aviar altamente patógena en Croacia y por la que se deroga la Decisión 2005/749/CE
[notificada con el número C(2005) 6025]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2006/11/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE (1), y, en particular, su artículo 18, apartado 7,
Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros (2), y, en particular, su artículo 22, apartado 6,
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
La gripe aviar es una enfermedad vírica contagiosa de las aves de corral y las aves en general, causa de mortalidad y de trastornos que pueden alcanzar rápidamente unas proporciones de epizootia que, a su vez, pueden suponer una grave amenaza para la sanidad animal y la salud pública, así como reducir drásticamente la rentabilidad de la avicultura. Existe el riesgo de que el agente patógeno se introduzca a través del comercio internacional de aves de corral vivas y de productos avícolas. |
|
(2) |
Croacia ha comunicado a la Comisión que se ha aislado un virus A de la gripe, subtipo H5N1, cepa asiática, procedente de un caso clínico en una especie silvestre. Por ello se adoptó la Decisión 2005/749/CE de la Comisión (3), sustituida después por la Decisión 2005/758/CE de la Comisión, de 27 de octubre de 2005, relativa a determinadas medidas de protección en relación con una sospecha de presencia de gripe aviar altamente patógena en Croacia y por la que se deroga la Decisión 2005/749/CE (4). |
|
(3) |
Croacia ha aplicado estrictas medidas de control de la enfermedad y ha seguido comunicando a la Comisión la situación de la enfermedad, lo que justifica limitar la suspensión de las importaciones únicamente a la parte afectada del territorio de Croacia. |
|
(4) |
Por tanto, la Decisión 2005/758/CE debe modificarse en consecuencia. |
|
(5) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2005/758/CE queda modificada como sigue:
|
1) |
En el artículo 1, apartado 1, la frase introductoria se sustituye por el texto siguiente: «Los Estados miembros suspenderán la importación desde la parte del territorio de Croacia mencionada en el anexo de:». |
|
2) |
Se añade un nuevo anexo, cuyo texto es el del anexo de la presente Directiva. |
Artículo 2
Los Estados miembros adoptarán y publicarán inmediatamente las medidas necesarias para cumplir con la presente Decisión. Informarán inmediatamente de ello a la Comisión.
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 11 de enero de 2006.
Por la Comisión
Markos KYPRIANOU
Miembro de la Comisión
(1) DO L 268 de 24.9.1991, p. 56. Directiva modificada en último lugar por el Acta de adhesión de 2003.
(2) DO L 24 de 30.1.1998, p. 9. Directiva modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 165 de 30.4.2004, p. 1. Directiva corregida en el DO L 191 de 28.5.2004, p. 1).
ANEXO
«ANEXO
Parte del territorio de Croacia mencionada en el artículo 1, apartado 1
|
Código ISO del país |
Nombre del país |
Parte del territorio |
||||
|
HR |
Croacia |
En Croacia, los condados de:
|