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Document 32005R0362
Commission Regulation (EC) No 362/2005 of 3 March 2005 providing for the rejection of applications for export licences in the cereal sector in relation to products of CN code 11010015
Reglamento (CE) n° 362/2005 de la Comisión, de 3 de marzo de 2005, por el que se rechazan las solicitudes de certificados de exportación de los productos del código NC 11010015
Reglamento (CE) n° 362/2005 de la Comisión, de 3 de marzo de 2005, por el que se rechazan las solicitudes de certificados de exportación de los productos del código NC 11010015
DO L 58 de 4.3.2005, p. 3–3
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
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4.3.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 58/3 |
REGLAMENTO (CE) N o 362/2005 DE LA COMISIÓN
de 3 de marzo de 2005
por el que se rechazan las solicitudes de certificados de exportación de los productos del código NC 1101 00 15
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1784/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales (1),
Visto el Reglamento (CE) no 1342/2003 de la Comisión, de 27 de julio de 2003, por el que se establecen disposiciones especiales de aplicación del régimen de certificados de importación en el sector de los cereales y del arroz (2), y, en particular, su artículo 8, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1342/2003, se rechazan las solicitudes de certificados de exportación que implican fijación anticipada de las restituciones de productos del código NC 1101 00 15, presentadas el 1 de marzo de 2005.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 4 de marzo de 2005.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 3 de marzo de 2005.
Por la Comisión
J. M. SILVA RODRÍGUEZ
Director General de Agricultura y de Desarrollo Rural
(1) DO L 270 de 21.10.2003, p. 78.
(2) DO L 189 de 29.7.2003, p. 12. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1092/2004 (DO L 209 de 11.6.2004, p. 9).