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Document 32005D0225
2005/225/EC: Commission Decision of 14 March 2005 amending Decision 2003/526/EC as regards classical swine fever control measures in Germany, France, Luxemburg and Slovakia (notified under document number C(2005) 600) (Text with EEA relevance)
2005/225/CE: Decisión de la Comisión, de 14 de marzo de 2005, por la que se modifica la Decisión 2003/526/CE en lo relativo a las medidas de control de la peste porcina clásica en Alemania, Francia, Luxemburgo y Eslovaquia [notificada con el número C(2005) 600] (Texto pertinente a efectos del EEE)
2005/225/CE: Decisión de la Comisión, de 14 de marzo de 2005, por la que se modifica la Decisión 2003/526/CE en lo relativo a las medidas de control de la peste porcina clásica en Alemania, Francia, Luxemburgo y Eslovaquia [notificada con el número C(2005) 600] (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 272M de 18.10.2005, p. 181–182
(MT)
DO L 71 de 17.3.2005, p. 70–71
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2006; derog. impl. por 32006D0805
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 32003D0526 | DATE artículo 11 | |||
Extended validity | 32003D0526 | 30/04/2006 |
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Implicitly repealed by | 32006D0805 | 01/01/2007 |
17.3.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 71/70 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 14 de marzo de 2005
por la que se modifica la Decisión 2003/526/CE en lo relativo a las medidas de control de la peste porcina clásica en Alemania, Francia, Luxemburgo y Eslovaquia
[notificada con el número C(2005) 600]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2005/225/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), y, en particular, su artículo 10, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Ante los brotes de peste porcina clásica detectados en algunos Estados miembros se adoptó la Decisión 2003/526/CE de la Comisión, de 18 de julio de 2003, sobre medidas de protección contra la peste porcina clásica en ciertos Estados miembros (2). En dicha Decisión se establecieron una serie de medidas adicionales de control de esta enfermedad. |
(2) |
La situación en lo que se refiere a la peste porcina clásica en algunas zonas de Renania-Palatinado en Alemania, el departamento de Mosela en Francia y en Luxemburgo ha mejorado significativamente. Lo mismo puede decirse en lo que respecta a los territorios de las administraciones de los distritos veterinarios y alimentarios de Levice, Nitra, Topoľčany, Nové Mesto nad Váhom y el distrito de Púchov en Eslovaquia. En consecuencia, las medidas adoptadas por la Decisión 2003/526/CE en relación con estas zonas deberían dejar de aplicarse. |
(3) |
Teniendo en cuenta la situación general de la peste porcina clásica en otras zonas de Alemania, Francia y Eslovaquia, conviene prorrogar la validez de la Decisión 2003/526/CE. |
(4) |
Procede, pues, modificar en consecuencia la Decisión 2003/526/CE. |
(5) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2003/526/CE se modifcará como sigue:
1) |
En el artículo 11, la fecha «30 de abril de 2005» se sustituirá por «30 de abril de 2006». |
2) |
El anexo se sustituirá por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión. |
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 2005
Por la Comisión
Markos KYPRIANOU
Miembro de la Comisión
(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2002/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 315 de 19.11.2002, p. 14).
(2) DO L 183 de 22.7.2003, p. 46. Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión 2004/831/CE (DO L 359 de 4.12.2004, p. 61).
ANEXO
«ANEXO
PARTE I
Zonas de Alemania y Francia contempladas en los artículos 2, 3, 5, 6, 7 y 8
1) |
Alemania: en el Estado federado de Renania-Palatinado:
|
2) |
Francia: El territorio del departamento del Bas-Rhin y Mosela:
|
PARTE II
Zonas de Eslovaquia contempladas en los artículos 2, 3, 5, 7 y 8
El territorio de las administraciones veterinarias y alimentarias del distrito de Trnava (con los distritos de Piešťany, Hlohovec y Trnava), Trenčín (con los distritos de Trenčín y Bánovce nad Bebravou), Prievidza (con los distritos de Prievidza y Partizánske), Púchov (sólo con el distrito de Ilava), Žiar nad Hronom (con los distritos de Žiar nad Hronom, Žarnovica y Banská Štiavnica), Zvolen (con los distritos de Zvolen, Krupina y Detva), Banská Bystrica (con los distritos de Banská Bystrica y Brezno), Lučenec (con los distritos de Lučenec y Poltár) y Veľký Krtíš.».