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Document 32001G0720(01)

Resolución del Consejo de 13 de julio de 2001 sobre el papel de la educación y de la formación en las políticas con relevancia para el empleo

DO C 204 de 20.7.2001, pp. 1–2 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document In force

32001G0720(01)

Resolución del Consejo de 13 de julio de 2001 sobre el papel de la educación y de la formación en las políticas con relevancia para el empleo

Diario Oficial n° C 204 de 20/07/2001 p. 0001 - 0002


Resolución del Consejo

de 13 de julio de 2001

sobre el papel de la educación y de la formación en las políticas con relevancia para el empleo

(2001/C 204/01)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Teniendo presente:

1) las Conclusiones del Consejo Europeo de Lisboa de los días 23 y 24 de marzo de 2000, en que la Unión Europea se fijaba un nuevo objetivo estratégico para el próximo decenio y hacía hincapié en el papel fundamental de la educación y de la formación para una transición coronada por el éxito hacia una economía y una sociedad basadas en el conocimiento. En particular, el Consejo Europeo invitaba al Consejo de Educación a contribuir a los procesos de Luxemburgo y de Cardiff;

2) el dictamen del Consejo de Educación de 9 de noviembre de 2000 sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a las directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros para el año 2001, en que se recomienda que a partir del año 2001 la Comisión, al redactar proyectos de directrices para las políticas de empleo para el año siguiente, tenga en cuenta el dictamen que le envíen los Ministros de Educación;

3) las Conclusiones del Consejo Europeo de Estocolmo de los días 23 y 24 de marzo de 2001, en que se reafirmaba el objetivo estratégico de Lisboa y se hacía hincapié en la importancia de las aptitudes básicas, especialmente en temas digitales y de tecnología de la información y en el papel de una educación general sólida para poder seguir potenciando la movilidad de los trabajadores y la formación permanente;

4) las "Medidas para el empleo 2000", que merecieron el respaldo del Consejo Europeo de Niza de los días 7 y 8 de diciembre de 2000, y la Decisión 2001/63/CE del Consejo, de 19 de enero de 2001, relativa a las directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros para el año 2001(1), que confieren prioridad al aprendizaje a lo largo de la vida como objetivo horizontal alrededor del cual los Estados miembros deben definir estrategias coherentes;

5) la Agenda social europea, también aprobada por el Consejo Europeo de Niza, en que destaca entre otras cosas la necesidad de mejorar el acceso al aprendizaje permanente y que implica que las políticas se formulen y apliquen de forma integrada a nivel europeo y nacional;

6) el informe del Consejo de Educación sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y de formación, que fue elevado al Consejo Europeo de Estocolmo como contribución a los procesos de Luxemburgo y de Cardiff, y la petición formulada por el Consejo Europeo de Estocolmo de que se someta un nuevo informe al Consejo Europeo de primavera en el 2002;

7) la comunicación de la Comisión titulada "Nuevos mercados de trabajo europeos abiertos a todos y accesibles para todos", que destaca la importancia de que se eleve el nivel de las cualificaciones y su transferibilidad de un país a otro, y de que se fortalezcan las cualificaciones adquiridas durante la educación y las políticas de aprendizaje permanente, así como el respaldo dado por el Consejo Europeo de Estocolmo a la creación de un grupo de trabajo de alto nivel sobre capacitación y movilidad que aproveche las competencias de las empresas, el sector educativo y los interlocutores sociales;

8) el Memorándum de la Comisión sobre el aprendizaje permanente, que abrió un amplio debate a nivel europeo y en los Estados miembros sobre cómo poner en prática estrategias de amplio alcance y coherentes para el aprendizaje permanente, y el plan de acción e-Learning para el período 2001-2004, que se propone implicar a los protagonistas de la educación y de la formación, así como a los protagonistas sociales, industriales y económicos relevantes, para corregir la escasez de cualificación asociada con la nueva economía y para mejorar la inclusión social,

RECONOCE la importancia que en la estrategia europea del empleo se concede a las políticas de educación y de formación y el papel significativo que corresponde a la educación y la formación a la hora de alcanzar el nuevo objetivo estratégico fijado en Lisboa de que Europa debe convertirse en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo;

RECONOCE la importancia de que los asuntos relacionados con la política de educación y de formación se enfoquen dentro de un contexto más amplio, con la debida atención a todas las expectativas generales que la sociedad asocia con la educación y la formación: el desarrollo de la sociedad y del individuo al igual que el desarrollo de la economía;

SUBRAYA la relevancia y complementariedad que poseen, respecto de los objetivos del proceso de Luxemburgo, los tres objetivos principales expuestos en el Informe sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación:

- aumentar la calidad y la eficacia de los sistemas de educación y formación en la Unión Europea,

- facilitar el acceso de todos a los sistemas de educación y formación,

- abrir los sistemas de educación y formación a un mundo más amplio;

HACE HINCAPIÉ en que varios subobjetivos expresados en este Informe están relacionados con el intento de facilitar el acceso al mercado laboral y de mejorar la adaptabilidad de la mano de obra, en particular:

- el desarrollo de aptitudes para la sociedad del conocimiento,

- garantizar a todo el mundo el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC),

- ofrecer un entorno de aprendizaje abierto,

- reforzar los lazos con la vida laboral, la investigación y la sociedad en general,

- el desarrollo del espíritu de emrpesa,

- la mejora del aprendizaje de lenguas extranjeras,

- el aumento de la movilidad y de los intercambios;

INSISTE, en consecuencia, en que la elaboración y puesta en práctica del programa de trabajo que resulte del Informe sobre los futuros objetivos de los sistemas de educación y formación es un proceso en sí mismo;

HACE HINCAPIÉ en que el seguimiento de este Informe constituirá una contribución significativa al proceso de Luxemburgo y al desarrollo de políticas de empleo a nivel tanto europeo como nacional;

TOMA NOTA del documento de la Comisión titulado "Educación y formación en las políticas de empleo", que en este contexto pone de relieve:

- la necesidad de esfuerzos más intensos para asegurar una educación inicial de calidad que dote a los jóvenes de las cualificaciones básicas que exige la sociedad del conocimiento,

- la importancia de una estrategia coherente de educación y formación para establecer un vínculo entre los distintos sistemas de educación y formación y fomentar el reconocimiento de la formación formal e informal,

- la importancia de contar con estadísticas comparables y la disponibilidad de indicadores para analizar y observar la contribución de las políticas de educación y formación de los Estados miembros;

AGUARDA expectante el inminente Plan de acción sobre aprendizaje permanente, que la Comisión debería publicar en noviembre del 2001 y que debería constituir una importante contribución a los procesos e iniciativas actuales para lograr una sociedad y economía basadas en el conocimiento;

AGUARDA expectante el informe que el Grupo de trabajo de alto nivel sobre capacitación y movilidad deberá presentar a más tardar en diciembre del 2001 y la oportunidad de contribuir a la preparación del plan de acción para el desarrollo y la apertura de nuevos mercados europeos de trabajo, que debe presentarse al Consejo Europeo de primavera del 2002;

REAFIRMA su intención de participar activamente en la puesta en práctica de la Agenda social europea, en particular en lo relativo a la directriz "Por un mayor número y una mejor calidad de los puestos de trabajo", mediante el fomento efectivo del aprendizaje permanente, el desarrollo de cualificaciones en tecnologías de la información y de comunicación y la movilidad de estudiantes, docentes y personal en prácticas;

DESTACA la necesidad de que los responsables de la educación y de la formación participen activamente en los distintos procesos que a nivel europeo están en marcha para fomentar el pleno empleo, habida cuenta de la contribución vital que los sitemas de educación y de formación deben prestarles y de la importancia de un enfoque coherente de actividades e iniciativas sobre educación y formación;

INSTA A LA COMISIÓN Y A LOS ESTADOS MIEMBROS:

a que, dentro de sus respectivas competencias:

- garanticen que el seguimiento del Informe sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación contribuya a los procesos de Luxemburgo y Cardiff y sitúen la educación y la formación en el centro de la cooperación comunitaria en las políticas de empleo y afines,

- garanticen que el Consejo de Educación participe activamente en el estudio de la propuesta de la Comisión relativa a directrices de empleo y en la definición de indicadores relevantes y comparables para así presentar a su debido tiempo una contribución a la preparación de las directrices y las materias relevantes en lo relativo a la educación y la formación, así como en la perspectiva del aprendizaje permanente,

- refuercen el intercambio de experiencias y ejemplos de buenas prácticas, basado en el análisis comparativo de los planes nacionales de acción para el empleo, como en el documento de la Comisión titulado "Educación y formación en las políticas de empleo".

(1) DO L 22 de 24.1.2001, p. 18.

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