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Document 32001D0899

2001/899/CE: Decisión del Consejo, de 10 de diciembre de 2001, que modifica la Decisión 1999/325/CE por la que se concede una ayuda macrofinanciera a Bosnia y Hercegovina

DO L 334 de 18.12.2001, p. 28–28 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2002

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2001/899/oj

32001D0899

2001/899/CE: Decisión del Consejo, de 10 de diciembre de 2001, que modifica la Decisión 1999/325/CE por la que se concede una ayuda macrofinanciera a Bosnia y Hercegovina

Diario Oficial n° L 334 de 18/12/2001 p. 0028 - 0028


Decisión del Consejo

de 10 de diciembre de 2001

que modifica la Decisión 1999/325/CE por la que se concede una ayuda macrofinanciera a Bosnia y Hercegovina

(2001/899/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 308,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo(1),

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 1999/325/CE(2) estipula la concesión de una ayuda macrofinanciera suplementaria a Bosnia y Hercegovina, consistente en un préstamo de un importe máximo de 20 millones de euros y una subvención de hasta 40 millones de euros.

(2) Debido a los retrasos en la aplicación de las reformas económicas requeridas en el marco del acuerdo de derecho de giro con el Fondo Monetario Internacional, hasta ahora sólo se han podido desembolsar los dos primeros tramos (de 25 millones de euros y 20 millones de euros, respectivamente). Aún está pendiente el desembolso de un tercer y último tramo de hasta 15 millones de euros.

(3) Bosnia y Hercegovina está determinada a realizar un proceso de reforma y estabilización económica y continúa necesitando ayuda financiera exterior además de la que puedan proporcionar las instituciones financieras internacionales.

(4) La Decisión 1999/325/CE no permite actualmente comprometer fondos para subvención más allá del año 2000.

(5) La Comisión ha consultado al Comité Económico y Financiero antes de presentar su propuesta.

DECIDE:

Artículo único

La Decisión 1999/325/CE queda modificada como sigue:

1) Se sustituye el apartado 3 del artículo 1 por la siguiente frase: "3. El componente de subvención de la ayuda alcanzará, como máximo, 40 millones de euros."

2) Se inserta un nuevo artículo, con el siguiente texto: "Artículo 6

La presente Decisión expirará el 31 de diciembre de 2002.".

Hecho en Bruselas, el 10 de diciembre de 2001.

Por el Consejo

El Presidente

L. Michel

(1) Dictamen emitido el 29 de noviembre de 2001 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(2) DO L 123 de 13.5.1999, p. 57.

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