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Document 31998D0168

    98/168/CE: Decisión de la Comisión de 17 de febrero de 1998 por la que se modifica la Decisión 93/70/CEE relativa a la codificación del mensaje Animo para incluir en él ciertos tipos de desechos animales de mamíferos (Texto pertinente a los fines del EEE)

    DO L 62 de 3.3.1998, p. 37–38 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1998/168/oj

    31998D0168

    98/168/CE: Decisión de la Comisión de 17 de febrero de 1998 por la que se modifica la Decisión 93/70/CEE relativa a la codificación del mensaje Animo para incluir en él ciertos tipos de desechos animales de mamíferos (Texto pertinente a los fines del EEE)

    Diario Oficial n° L 062 de 03/03/1998 p. 0037 - 0038


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 17 de febrero de 1998 por la que se modifica la Decisión 93/70/CEE relativa a la codificación del mensaje Animo para incluir en él ciertos tipos de desechos animales de mamíferos (Texto pertinente a los fines del EEE) (98/168/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables a los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 20,

    Considerando que, para permitir una rápida comprensión del mensaje Animo, la Comisión precisó la codificación que debe utilizarse para los animales y productos animales mediante la Decisión 93/70/CEE (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 97/628/CE (4);

    Considerando que, mediante la Decisión 97/735/CE (5) la Comisión estableció nuevas disposiciones para el comercio de determinados tipos de desechos de mamíferos; que, en particular, los Estados miembros de expedición y de destino deben informarse mutuamente de la naturaleza y el destino de las mercancías mediante el sistema informático Animo;

    Considerando que, en este sentido, conviene modificar la codificación utilizada para los animales vivos y los productos animales para introducir los productos objeto de esas nuevas disposiciones;

    Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen el Comité veterinario permanente,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    El anexo de la Decisión 93/70/CEE quedará modificado somo sigue:

    1) En el título I del punto 12 del capítulo «I.3 PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL», se sustituirá por el texto siguiente:

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    2) En el título III:

    - Se sustituirá el título por el siguiente:

    «Lista de los destinos posibles para animales vivos, esperma, óvulos, embriones y productos de origen animal».

    - Se añadirá el punto D4 siguiente:

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 17 de febrero de 1998.

    Por la Comisión

    Franz FISCHLER

    Miembro de la Comisión

    (1) DO L 224 de 18. 8. 1990, p. 29.

    (2) DO L 62 de 15. 3. 1993, p. 49.

    (3) DO L 25 de 2. 2. 1993, p. 34.

    (4) DO L 261 de 23. 9. 1997, p. 1.

    (5) DO L 294 de 28. 10. 1997, p. 7.

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