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Document 31982R2966
Commission Regulation (EEC) No 2966/82 of 5 November 1982 extending the period of validity of Regulation (EEC) No 2826/77 introducing a Community transit declaration form for use in automatic or electronic data-processing systems
Reglamento (CEE) n° 2966/82 de la Comisión, de 5 de noviembre de 1982, por el que se prorroga el Reglamento (CEE) n° 2826/77 que establece un formulario de declaración de tránsito comunitario que puede utilizarse en un sistema de tratamiento automático o electrónico de información
Reglamento (CEE) n° 2966/82 de la Comisión, de 5 de noviembre de 1982, por el que se prorroga el Reglamento (CEE) n° 2826/77 que establece un formulario de declaración de tránsito comunitario que puede utilizarse en un sistema de tratamiento automático o electrónico de información
DO L 310 de 6.11.1982, p. 11–11
(DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(ES, PT)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1984
| Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
|---|---|---|---|---|---|
| Extended validity | 31977R2826 | prórroga | 31/12/1984 | ||
| Modifies | 31977R2826 | modificación | artículo 5.2 | 01/01/1983 |
Reglamento (CEE) n° 2966/82 de la Comisión, de 5 de noviembre de 1982, por el que se prorroga el Reglamento (CEE) n° 2826/77 que establece un formulario de declaración de tránsito comunitario que puede utilizarse en un sistema de tratamiento automático o electrónico de información
Diario Oficial n° L 310 de 06/11/1982 p. 0011 - 0011
Edición especial en español: Capítulo 02 Tomo 9 p. 0116
Edición especial en portugués: Capítulo 02 Tomo 9 p. 0116
++++ REGLAMENTO ( CEE ) N * 2966/82 DE LA COMISION de 5 de noviembre de 1982 por el que se prorroga el Reglamento ( CEE ) n * 2826/77 que establece un formulario de declaracion de transito comunitario que puede utilizarse en un sistema de tratamiento automatico o electronico de informacion LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea , Visto el Reglamento ( CEE ) n * 122/77 del Consejo , de 13 de diciembre de 1976 , relativo al transito comunitario (1) cuya ultima modificacion la constituye el Reglamento ( CEE ) n * 3813/81 (2) y , en particular , su articulo 57 , Considerando que el Reglamento ( CEE ) n * 2826/77 de la Comision (3) cuya ultima modificacion la constituye el Reglamento ( CEE ) n * 1976/80 (4) , es aplicable hasta el 31 de diciembre de 1982 ; Considerando que , sin embargo , la experiencia ha demostrado la necesidad de prorrogar , mas alla de esta fecha , la posibilidad de utilizar el formulario establecido por el Reglamento ( CEE ) n * 2826/77 ; Considerando que , ademas , los sistemas de tratamiento automatico o electronico de informacion en uso en el sector aduanero no requieren aun , en la fase actual de su evolucion , un cambio de dicho formulario ; Considerando que es , pues , oportuno prorrogar el Reglamento ( CEE ) n * 2826/77 por un periodo de dos anos ; Considerando que las disposiciones previstas en el presente Reglamento concuerdan con el dictamen de comité comunitario , HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO : Articulo 1 En el parrafo 2 del articulo 5 del Reglamento ( CEE ) n * 2826/77 , se sustituira 31 de diciembre de 1982 por 31 de diciembre de 1984 . Articulo 2 El presente Reglamento entrara en vigor el 1 de enero de 1983 . El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro . Hecho en Bruselas , el 5 de noviembre de 1982 . Por la Comision Karl-Heinz NARJES Miembro de la Comision (1) DO n * L 38 de 9 . 2 . 1977 , p. 1 . (2) DO n * L 383 de 31 . 12 . 1981 , p. 28 . (3) DO n * L 333 de 24 . 12 . 1977 , p. 1 . (4) DO n * L 192 de 26 . 7 . 1980 , p. 23 .