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Document 31972L0275

    Directiva 72/275/CEE del Consejo, de 20 de julio de 1972, por la que se modifica la Directiva referente a la introducción de procedimientos de toma de muestras y de métodos de análisis comunitarios para el control oficial de la alimentación animal

    DO L 171 de 29.7.1972, p. 39–39 (DE, FR, IT, NL)
    Edición especial en inglés: Serie I Tomo 1972(III) p. 765 - 765

    Otra(s) edición(es) especial(es) (DA, EL, ES, PT, FI, SV, CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2005

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/1972/275/oj

    31972L0275

    Directiva 72/275/CEE del Consejo, de 20 de julio de 1972, por la que se modifica la Directiva referente a la introducción de procedimientos de toma de muestras y de métodos de análisis comunitarios para el control oficial de la alimentación animal

    Diario Oficial n° L 171 de 29/07/1972 p. 0039 - 0039
    Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 4 p. 0229
    Edición especial en danés: Serie I Capítulo 1972(III) p. 0726
    Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 4 p. 0229
    Edición especial en inglés: Serie I Capítulo 1972(III) p. 0765
    Edición especial griega: Capítulo 03 Tomo 8 p. 0093
    Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 6 p. 0054
    Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 6 p. 0054


    DIRECTIVA DEL CONSEJO

    de 20 de julio de 1972

    por la que se modifica la Directiva referente a la introducción de procedimientos de toma de muestras y de métodos de análisis comunitarios para el control oficial de la alimentación animal

    ( 72/275/CEE )

    EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , sus artículos 43 y 100 ,

    Vista la propuesta de la Comisión ,

    Visto el dictamen de la Asamblea ,

    Visto el dictamen del Comité económico y social ,

    Considerando que el artículo 4 de la Directiva del Consejo , de 20 de julio de 1970 , referente a la introducción de procedimientos de toma de muestras y de métodos de análisis comunitarios para el control oficial de la alimentación animal (1) prevé que el procedimiento previsto para dicha introducción y establecido en el artículo 3 de la Directiva arriba mencionada , sea aplicable durante un período de 18 meses a partir de la fecha en la cual se haya recurrido por primera vez al Comité permanente de la alimentación animal , bien en cumplimiento del apartado 1 del artículo 3 , bien basándose en cualquier otra disposición análoga ,

    Considerando que a dicho Comité se han sometido por primera vez dos proyectos de directiva de la Comisión , en su reunión de los días 15 y 16 de diciembre de 1970 ; que en consecuencia , dicho procedimiento ya no se aplicará desde el 16 de junio de 1972 ,

    Considerando que , no obstante , dicho procedimiento ha satisfecho plenamente en el pasado y que en consecuencia , conviene mantenerlo superado el período regulado anteriormente ,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :

    Artículo 1

    Con efecto desde el 16 de junio de 1972 , se suprimirá el artículo 4 de la Directiva del Consejo de 20 de julio de 1970 .

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .

    Hecho en Bruselas , el 20 de julio de 1972 .

    Por el Consejo

    El Presidente

    T. WESTERTERP

    (1) DO n º L 170 de 3 . 8 . 1970 , p. 2 .

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