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Document 31971R1637

    Reglamento (CEE) n° 1637/71 de la Comisión, de 28 de julio de 1971, por el que se modifica el Reglamento n° 158/67/CEE que fija los coeficientes de equivalencia entre las diversas calidades de cereales

    DO L 170 de 29.7.1971, p. 20–22 (DE, FR, IT, NL)
    Edición especial en inglés: Serie I Tomo 1971(II) p. 608 - 610

    Otra(s) edición(es) especial(es) (DA, EL, ES, PT)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 01/07/1993

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1971/1637/oj

    31971R1637

    Reglamento (CEE) n° 1637/71 de la Comisión, de 28 de julio de 1971, por el que se modifica el Reglamento n° 158/67/CEE que fija los coeficientes de equivalencia entre las diversas calidades de cereales

    Diario Oficial n° L 170 de 29/07/1971 p. 0020 - 0022
    Edición especial en danés: Serie I Capítulo 1971(II) p. 0546
    Edición especial en inglés: Serie I Capítulo 1971(II) p. 0608
    Edición especial griega: Capítulo 03 Tomo 7 p. 0005
    Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 5 p. 0044
    Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 5 p. 0044


    REGLAMENTO ( CEE ) N º 1637/71 DE LA COMISIÓN

    de 28 de julio de 1971

    por el que se modifica el Reglamento n º 158/67/CEE que fija los coeficientes de equivalencia entre las diversas calidades de cereales

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

    Visto el Reglamento n º 120/67/CEE del Consejo , de 13 de junio de 1967 , sobre organización común de mercados en el sector de los cereales (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1528/71 (2) y , en particular , el apartado 4 de su artículo 13 ,

    Considerando que el Reglamento n º 158/67 de la Comisión , de 23 de junio de 1967 (3) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2204/69 , de 5 de noviembre de 1969 (4) , fija los coeficientes de equivalencia entre las calidades de cereales ofertadas en el mercado mundial y la calidad tipo para la cual se fija el precio de umbral ;

    Considerando que , a consecuencia de un nuevo sistema de clasificación para el trigo blando en Canadá , desde hace algún tiempo se ofrece trigo del tipo n º 1 , Canadá Western Red Spring , que no figura en el Anexo del Reglamento n º 158/67/CEE ;

    Considerando que , para la determinación de los precios cif , es necesario fijar coeficientes de equivalencia para dicha calidad ofertada con contenidos por proteínas diferentes teniendo en cuenta , por una parte , la calidad tipo comunitaria y , por otra , las diferencias de precios y de características entre dicha calidad y las calidades enumeradas en el Anexo del Reglamento n º 158/67/CEE ;

    Considerando que la comparación de determinadas calidades de trigo blando procedente de los Estados Unidos y de Australia , ofertadas en el mercado mundial , con la calidad tipo para la cual se fija el precio de umbral ha mostrado que , para dichas calidades , los coeficientes de equivalencia fijados por el Reglamento n º 158/67/CEE deben revisarse , teniendo en cuenta las diferencias de precio entre las calidades ofertadas así como las características de dichas calidades ;

    Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de gestión de los cereales ,

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

    Artículo 1

    La sección « Trigo blando » del Anexo del Reglamento n º 158/67/CEE se sustituirá por la siguiente :

    País de origen * Denominación de la calidad de los cereales * Coeficientes de equivalencia en unidades de cuenta por 1 000 kg *

    * * Importe por deducir del precio de la calidad de los cereales * Importe por añadir al precio de la calidad de los cereales *

    * TRIGO BLANDO * * *

    USA * Soft Red Winter Garlicky II + III * 2,50 * *

    * Soft Red Winter I + II * 3,75 * *

    * Western White II * 3,75 * *

    * Soft White II * 3,75 * *

    * Hard Winter/Dark Hard Winter I + II ( contenido en proteínas hasta 12,4 % garantizado o sin contenido en proteínas garantizado ) * 9,00 * *

    * Hard Winter/Dark Hard Winter I + II ( contenido en proteínas de 12,5 % a 12,9 % garantizado ) * 9,75 * *

    País de origen * Denominación de la calidad de los cereales * Coeficientes de equivalencia en unidades de cuenta por 1 000 kg *

    * * Importe por deducir del precio de la calidad de los cereales * Importe por añadir al precio de la calidad de los cereales *

    * Hard Winter/Dark Hard Winter I + II ( contenido en proteínas de 13 % a 13,4 % garantizado ) * 10,50 * *

    * Hard Winter/Dark Hard Winter I + II ( contenido en proteínas de 13,5 % a 13,9 % garantizado ) * 11,25 * *

    * Hard Winter/Dark Hard Winter I + II ( contenido en proteínas garantizado igual o superior a 14 % ) * 12,00 * *

    * Red Spring/Northern Spring/Dark Northern Spring I + II ( contenido en proteínas hasta 12,4 % garantizado o sin contenido en proteínas garantizado ) * 9,50 * *

    * Red Spring/Northern Spring/Dark Northern Spring I + II ( contenido en proteínas de 12,5 % a 12,9 % garantizado ) * 10,25 * *

    * Red Spring/Northern Spring/Dark Northern Spring I + II ( contenido en proteínas de 13 % a 13,4 % garantizado ) * 11,00 * *

    * Red Spring/Northern Spring/Dark Northern Spring I + II ( contenido en proteínas de 13,5 % a 13,9 % garantizado ) * 11,75 * *

    * Red Spring/Northern Spring/Dark Northern Spring I + II ( contenido en proteínas de 14 % a 14,4 % garantizado ) * 12,50 * *

    * Red Spring/Northern Spring/Dark Northern Spring I + II ( contenido en proteínas garantizado igual o superior a 14,5 % ) * 13,25 * *

    Canadá * Nr. 1 Canada Western Red Spring ( contenido en proteínas hasta 12,4 % garantizado o sin contenido en proteínas garantizado ) * 10,00 * *

    * Nr. 1 Canada Western Red Spring ( contenido en proteínas de 12,5 % a 12,9 % garantizado ) * 10,75 * *

    * Nr. 1 Canada Western Red Spring ( contenido en proteínas de 13 % a 13,4 % garantizado ) * 11,50 * *

    * Nr. 1 Canada Western Red Spring ( contenido en proteínas de 13,5 % a 13,9 % garantizado ) * 12,25 * *

    * Nr. 1 Canada Western Red Spring ( contenido en proteínas de 14 % a 14,4 % garantizado ) * 13,00 * *

    * Nr. 1 Canada Western Red Spring ( contenido en proteínas garantizado igual o superior a 14,5 % ) * 13,75 * *

    * Nr. 1 Manitoba Northern * 12,50 * *

    * Nr. 2 Manitoba Northern * 12,00 * *

    * Nr. 3 Manitoba Northern * 10,50 * *

    * Nr. 4 Manitoba Northern * 9,00 * *

    * Nr. 5 Canada * 6,00 * *

    País de origen * Denominación de la calidad de los cereales * Coeficientes de equivalencia en unidades de cuenta por 1 000 kg *

    * * Importe por deducir del precio de la calidad de los cereales * Importe por añadir al precio de la calidad de los cereales *

    Argentina * Southern Wheat ( Bahía Blanca , Necochea ) * 9,00 * *

    * Up River ( Rosa Fee ) * 9,00 *

    * Down River ( Buenos Aires ) * 9,00 * *

    Australia * Faq * 6,75 * *

    * Hard * 9,00 * *

    * Prime Hard ( contenido en proteínas garantizado igual o superior a 14 % ) * 12,00 * *

    Gran Bretaña * English Milling * 0 * 0 *

    Suecia * * 0 * 0 *

    Bulgaria * * 2,25 * *

    Rumanía * * 3,75 * *

    URSS * Tipo 441 * 9,00 * *

    * Tipo 431 * 10,50 * *

    * Tipo 121 ( SKS 14 ) ( contenido en proteínas garantizado igual o superior a 14 % ) * 12,50 * *

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de agosto de 1971 .

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

    Hecho en Bruselas , el 28 de julio de 1971 .

    Por la Comisión

    El Presidente

    Franco M. MALFATTI

    (1) DO n º 117 de 19 . 6 . 1967 , p. 2269/67 .

    (2) DO n º L 162 de 20 . 7 . 1971 , p. 1 .

    (3) DO n º 128 de 27 . 6 . 1967 , p. 2536/67 .

    (4) DO n º L 279 de 6 . 11 . 1969 , p. 19 .

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