This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 22013D0160
Decision of the EEA Joint Committee No 160/2013 of 8 October 2013 amending Annex II (Technical regulations, standards, testing and certification) to the EEA Agreement
Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 160/2013, de 8 de octubre de 2013 , por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE
Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 160/2013, de 8 de octubre de 2013 , por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE
DO L 58 de 27.2.2014, p. 13–13
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
| Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
|---|---|---|---|---|---|
| Modifies | 21994A0103(52) | adjunta | capítulo XIII punto 15q guion | 09/10/2013 |
| Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
|---|---|---|---|---|---|
| Corrected by | 22013D0160R(01) | (DE) |
|
27.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 58/13 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N o 160/2013
de 8 de octubre de 2013
por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Directiva 2012/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se modifica la Directiva 2001/83/CE en lo referente a farmacovigilancia (1). |
|
(2) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo II, capítulo XIII, punto 15q (Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), del Acuerdo EEE se añade el siguiente guion:
|
«— |
32012 L 0026: Directiva 2012/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012 (DO L 299 de 27.10.2012, p. 1).». |
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2012/26/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 9 de octubre de 2013, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 8 de octubre de 2013.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Thórir IBSEN
(1) DO L 299 de 27.10.2012, p. 1.
(*1) Se han indicado preceptos constitucionales.