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Document 22010D0595
2010/595/EU: Decision No 1/2010 of the ACP-EU Council of Ministers of 21 June 2010 concerning the accession of the Republic of South Africa to the revised ACP-EU Partnership Agreement
2010/595/UE: Decisión n ° 1/2010 del Consejo de Ministros ACP-UE, de 21 de junio de 2010 , relativa a la adhesión de la República de Sudáfrica al Acuerdo modificado de Asociación ACP-UE
2010/595/UE: Decisión n ° 1/2010 del Consejo de Ministros ACP-UE, de 21 de junio de 2010 , relativa a la adhesión de la República de Sudáfrica al Acuerdo modificado de Asociación ACP-UE
DO L 263 de 6.10.2010, p. 13–13
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
6.10.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 263/13 |
DECISIÓN No 1/2010 DEL CONSEJO DE MINISTROS ACP-UE
de 21 de junio de 2010
relativa a la adhesión de la República de Sudáfrica al Acuerdo modificado de Asociación ACP-UE
(2010/595/UE)
EL CONSEJO DE MINISTROS ACP-UE,
Visto el Acuerdo de Asociación entre los miembros del Grupo de Estados de África, el Caribe y el Pacífico (denominados en lo sucesivo «los Estados ACP»), por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 (1) y modificado por primera vez en Luxemburgo el 25 de junio de 2005 (denominado en lo sucesivo «el Acuerdo ACP-UE») (2), y, en particular, su artículo 94, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Acuerdo modificado ACP-UE entró en vigor e 1 de julio de 2008 de conformidad con su artículo 93, apartado 3. |
(2) |
Sudáfrica, que firmó el Acuerdo modificado ACP-UE el 25 de junio de 2005, no depositó un instrumento de la ratificación de conformidad con el artículo 93, apartado 4, antes de la fecha límite del 30 de junio de 2009. |
(3) |
El artículo 94 del Acuerdo modificado ACP-UE estipula que cualquier petición de adhesión de un Estado debe presentarse al Consejo de Ministros ACP-UE y ser aprobada por este. |
(4) |
Sudáfrica presentó una petición de adhesión al Acuerdo ACP-UE el 23 de noviembre de 2009. |
(5) |
De conformidad con sus normas de procedimiento (3), el Consejo de Ministros ACP-UE, establecido conforme al Acuerdo ACP-UE, puede aprobar una petición de adhesión mediante procedimiento escrito. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Aprobación de la petición de adhesión
Queda aprobada la petición de la República de Sudáfrica de adherirse al Acuerdo de Asociación entre los miembros del grupo de Estados de África, el Caribe y el Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 y modificado por primera vez en Luxemburgo el 25 de junio de 2005.
Artículo 2
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su adopción.
Hecho en Uagadugu, el 21 de junio de 2010.
Por el Consejo de Ministros ACP-UE
El Presidente
P. BUNDUKU-LATHA
(1) DO L 317 de 15.12.2000, p. 3.
(2) Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 (DO L 209 de 11.8.2005, p. 27).
(3) DO L 95 de 14.4.2005, p. 44.