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Document 21998D0320(02)

    Decisión n° 2/98 del Consejo de asociación CE-Turquía del 23 de febrero de 1998 por la que se deroga la Decisión n° 2/78 relativa a las justificaciones del origen de algunos productos textiles exportados por Turquía

    DO L 86 de 20.3.1998, p. 39–39 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 26/02/1998

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1998/224/oj

    21998D0320(02)

    Decisión n° 2/98 del Consejo de asociación CE-Turquía del 23 de febrero de 1998 por la que se deroga la Decisión n° 2/78 relativa a las justificaciones del origen de algunos productos textiles exportados por Turquía

    Diario Oficial n° L 086 de 20/03/1998 p. 0039 - 0039


    DECISIÓN N° 2/98 DEL CONSEJO DE ASOCIACIÓN CE-TURQUÍA del 23 de febrero de 1998 por la que se deroga la Decisión n° 2/78 relativa a las justificaciones del origen de algunos productos textiles exportados por Turquía (98/224/CE)

    EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN CE-TURQUÍA,

    Visto el Acuerdo, de 12 de septiembre de 1963, por el que se establece una asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía,

    Vista la Decisión n° 1/95 del Consejo de Asociación CE-Turquía, de 22 de diciembre de 1995, relativa al establecimiento de la fase definitiva de la Unión Aduanera (1) y, en particular, los apartados 2 y 3 de su artículo 12,

    Considerando que Turquía ha cumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al apartado 2 del artículo 12 de la Decisión n° 1/95 del Consejo de Asociación CE-Turquía; que la Decisión n° 2/78 del Consejo de Asociación CE-Turquía, de 30 de octubre de 1978, relativa a las justificaciones del origen de algunos productos textiles exportados por Turquía (2) ha dejado de tener objeto y debe ser derogada,

    DECIDE:

    Artículo 1

    Queda derogada la Decisión n° 2/78.

    Artículo 2

    La presente Decisión entrará en vigor el tercer día siguiente al de su adopción.

    Hecho en Bruselas, el 23 de febrero de 1998.

    Por el Consejo de Asociación CE-Turquía

    El Presidente

    R. COOK

    (1) DO L 35 de 13.2.1996, p. 1.

    (2) DO L 309 de 1.11.1978, p. 2.

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