Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32022D1958R(01)

Corrección de errores de la Decisión (UE) 2022/1958 del Consejo, 13 de octubre de 2022, relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Macedonia del Norte en lo que respecta a las actividades operativas llevadas a cabo por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en la República de Macedonia del Norte (DO L 270 de 18.10.2022)

ST/15213/2024/INIT

OJ L, 2024/90769, 29.11.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2022/1958/corrigendum/2024-11-29/oj (ES)

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2022/1958/corrigendum/2024-11-29/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/90769

29.11.2024

Corrección de errores de la Decisión (UE) 2022/1958 del Consejo, 13 de octubre de 2022, relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Macedonia del Norte en lo que respecta a las actividades operativas llevadas a cabo por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en la República de Macedonia del Norte

( Diario Oficial de la Unión Europea L 270 de 18 de octubre de 2022 )

En la página 3, Declaración relativa a Islandia, el Reino de Noruega, la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein, párrafo segundo:

donde dice:

«En tales circunstancias, sería deseable que las autoridades de Islandia, el Reino de Noruega, la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein, por una parte, y la República de Macedonia, por otra, celebren sin demora acuerdos bilaterales sobre las acciones operativas llevadas a cabo por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en la República de Macedonia del Norte en términos similares a los del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Macedonia del Norte en lo que respecta las actividades operativas llevadas a cabo por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en la República de Macedonia del Norte.»,

debe decir:

«En tales circunstancias, sería deseable que las autoridades de Islandia, el Reino de Noruega, la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein, por una parte, y la República de Macedonia del Norte, por otra, celebren sin demora acuerdos bilaterales sobre las acciones operativas llevadas a cabo por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en la República de Macedonia del Norte en términos similares a los del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Macedonia del Norte en lo que respecta las actividades operativas llevadas a cabo por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en la República de Macedonia del Norte.».


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2022/1958/corrigendum/2024-11-29/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


Top