Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32017R0821R(01)

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por el que se establecen obligaciones en materia de diligencia debida en la cadena de suministro por lo que respecta a los importadores de la Unión de estaño, tantalio y wolframio, sus minerales y oro originarios de zonas de conflicto o de alto riesgo (DO L 130 de 19.5.2017)

OJ L 127, 23.5.2018, p. 2–2 (ES, ET, GA, IT)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/821/corrigendum/2018-05-23/oj

23.5.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 127/2


Corrección de errores del Reglamento (UE) 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por el que se establecen obligaciones en materia de diligencia debida en la cadena de suministro por lo que respecta a los importadores de la Unión de estaño, tantalio y wolframio, sus minerales y oro originarios de zonas de conflicto o de alto riesgo

( Diario Oficial de la Unión Europea L 130 de 19 de mayo de 2017 )

En la página 14, artículo 16, título y apartados 1 y 2:

donde dice:

«Artículo 16

Normas aplicables en caso de infracción

1.   Los Estados miembros establecerán el régimen de sanciones aplicable a cualquier infracción del presente Reglamento.

2.   Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el régimen de sanciones a que se refiere el apartado 1 y le notificarán sin demora toda modificación posterior.»,

debe decir:

«Artículo 16

Medidas aplicables en caso de infracción

1.   Los Estados miembros establecerán las medidas aplicables a cualquier infracción del presente Reglamento.

2.   Los Estados miembros comunicarán a la Comisión las medidas a que se refiere el apartado 1 y le notificarán sin demora toda modificación posterior.».


Top