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Documento 32001R0536

Reglamento (CE) n° 536/2001 de la Comisión, de 19 de marzo de 2001, por el que se rectifica el Reglamento (CE) n° 2905/2000, relativo a la apertura de contingentes arancelarios aplicables a la importación en la Comunidad Europea de determinados productos agrícolas transformados originarios de Suiza y de Liechtenstein

Úř. věst. L 80, 20.3.2001, pp. 5-6 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Estatuto jurídico del documento Ya no está vigente, Fecha de fin de validez: 31/12/2001

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2001/536/oj

32001R0536

Reglamento (CE) n° 536/2001 de la Comisión, de 19 de marzo de 2001, por el que se rectifica el Reglamento (CE) n° 2905/2000, relativo a la apertura de contingentes arancelarios aplicables a la importación en la Comunidad Europea de determinados productos agrícolas transformados originarios de Suiza y de Liechtenstein

Diario Oficial n° L 080 de 20/03/2001 p. 0005 - 0006


Reglamento (CE) no 536/2001 de la Comisión

de 19 de marzo de 2001

por el que se rectifica el Reglamento (CE) n° 2905/2000, relativo a la apertura de contingentes arancelarios aplicables a la importación en la Comunidad Europea de determinados productos agrícolas transformados originarios de Suiza y de Liechtenstein

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 3448/93 del Consejo, de 6 de diciembre de 1993, por el que se establece el régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2580/2000(2), en particular, el apartado 2 de su artículo 7,

Vista la Decisión 2000/239/CE del Consejo, de 13 de marzo de 2000, sobre la celebración de un Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Europea, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, relativa al Protocolo n° 2 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza(3), y, en particular, su artículo 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n° 2905/2000 de la Comisión(4) ha abierto contingentes arancelarios aplicables a la importación en la Comunidad Europea de determinados productos agrícolas transformados originarios de Suiza y de Liechtenstein. Una comprobación ha desvelado la existencia de errores en el cuadro 1 de su anexo. Por consiguiente, cabe rectificar dicho Reglamento.

(2) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de cuestiones horizontales relativas a los intercambios de productos agrícolas transformados que no figuran en el anexo I.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El cuadro 1 del anexo al Reglamento (CE) n° 2905/2000 se sustituirá por el anexo al presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2001.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de marzo de 2001.

Por la Comisión

Erkki Liikanen

Miembro de la Comisión

(1) DO L 318 de 20.12.1993, p. 18.

(2) DO L 298 de 25.11.2000, p. 5.

(3) DO L 76 de 25.3.2000, p. 11.

(4) DO L 336 de 30.12.2000, p. 52.

ANEXO

Cuadro 1

>SITIO PARA UN CUADRO>

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