EUR-Lex El acceso al Derecho de la Unión Europea

Volver a la página principal de EUR-Lex

Este documento es un extracto de la web EUR-Lex

Documento 62022TA0172

Asunto T-172/22: Sentencia del Tribunal General de 8 de marzo de 2023 — Gönenç/EUIPO — Solar (termorad ALUMINIUM PANEL RADIATOR) [«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión TERMORAD ALUMINIUM PANEL RADIATOR — Marca Benelux denominativa anterior THERMRAD — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»]

DO C 155 de 2.5.2023, p. 57/57 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

2.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 155/57


Sentencia del Tribunal General de 8 de marzo de 2023 — Gönenç/EUIPO — Solar (termorad ALUMINIUM PANEL RADIATOR)

(Asunto T-172/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión TERMORAD ALUMINIUM PANEL RADIATOR - Marca Benelux denominativa anterior THERMRAD - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2023/C 155/74)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Salim Selahaddin Gönenç (Iconio, Turquía) (representante: V. Martín Santos, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Eberl y J. Ivanauskas, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Solar A/S (Vejen, Dinamarca) (representante: L. Elmgaard Sørensen, abogada)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Sala Segunda de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 18 de enero de 2022 (asunto R 770/2021-2).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar al Sr. Salim Selahaddin Gönenç a cargar con sus propias costas, así como con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y las de Solar A/S causadas en el presente procedimiento.


(1)  DO C 207 de 23.5.2022.


Arriba