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Document 32026R0117
Commission Delegated Regulation (EU) 2026/117 of 3 November 2025 amending Regulation (EU) 2022/2343 of the European Parliament and of the Council laying down management, conservation and control measures applicable in the Indian Ocean Tuna Commission (IOTC) Area of Competence, amending Council Regulations (EC) No 1936/2001, (EC) No 1984/2003 and (EC) No 520/2007
Reglamento Delegado (UE) 2026/117 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2025, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2022/2343 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen medidas de ordenación, conservación y control aplicables en la zona de competencia de la Comisión del Atún para el Océano Índico (CAOI) y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1936/2001, (CE) n.o 1984/2003 y (CE) n.o 520/2007 del Consejo
Reglamento Delegado (UE) 2026/117 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2025, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2022/2343 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen medidas de ordenación, conservación y control aplicables en la zona de competencia de la Comisión del Atún para el Océano Índico (CAOI) y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1936/2001, (CE) n.o 1984/2003 y (CE) n.o 520/2007 del Consejo
C/2025/7339
DO L, 2026/117, , ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2026/117/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2026/117 |
15.1.2026 |
REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2026/117 DE LA COMISIÓN
de 3 de noviembre de 2025
por el que se modifica el Reglamento (UE) 2022/2343 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen medidas de ordenación, conservación y control aplicables en la zona de competencia de la Comisión del Atún para el Océano Índico (CAOI) y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1936/2001, (CE) n.o 1984/2003 y (CE) n.o 520/2007 del Consejo
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2022/2343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2022, por el que se establecen medidas de ordenación, conservación y control aplicables en la zona de competencia de la Comisión del Atún para el Océano Índico (CAOI) y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1936/2001, (CE) n.o 1984/2003 y (CE) n.o 520/2007 del Consejo (1), y en particular su artículo 54, apartado 1, letra i),
Considerando lo siguiente:
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(1) |
La Unión es parte contratante del Acuerdo para la creación de la Comisión del Atún para el Océano Índico (CAOI), según se aprobó mediante la Decisión 95/399/CE del Consejo (2). |
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(2) |
El Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron el Reglamento (UE) 2022/2343 con el fin de incorporar al Derecho de la Unión las medidas de conservación y ordenación de la CAOI, que son vinculantes para la Unión. |
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(3) |
En su reunión anual de 2022, la CAOI adoptó la Resolución 22/02, sobre el establecimiento de un programa para el transbordo de buques de pesca a gran escala. Además, en su reunión anual de 2025, la CAOI adoptó la Resolución 25/05, sobre el establecimiento de un programa para el transbordo de buques de pesca a gran escala. Las Resoluciones 22/02 y 25/05 introdujeron la obligación de declarar el número OMI del buque de transporte y del buque pesquero, así como la necesidad de indicar la hora del transbordo en tiempo universal coordinado (UTC). |
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(4) |
Estas medidas deben incorporarse al Derecho de la Unión. Procede, por tanto, modificar el Reglamento (UE) 2022/2343 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo 7 del Reglamento (UE) 2022/2343 se sustituye de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 3 de noviembre de 2025.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 311 de 2.12.2022, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2022/2343/oj.
(2) Decisión 95/399/CE del Consejo, de 18 de septiembre de 1995, relativa a la adhesión de la Comunidad al Acuerdo para la creación de la Comisión del Atún para el Océano Índico (DO L 236 de 5.10.1995, p. 24, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1995/399/oj).
ANEXO
El anexo 7 del Reglamento (UE) 2022/2343 se sustituye por el texto siguiente:
«ANEXO 7
Declaración de Transbordo de la CAOI
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Buque de transporte |
Buque pesquero |
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Nombre del buque e indicativo de radio: Bandera: Número OMI: Número de licencia del Estado de abanderamiento: Número del registro nacional, si se conoce: Número de registro CAOI, si se conoce: |
Nombre del buque e indicativo de radio: Bandera: Número OMI: Número de licencia del Estado de abanderamiento: Número del registro nacional, si se conoce: Número de registro CAOI, si se conoce: |
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Día (1) |
Mes |
Hora |
Año |
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Nombre del representante: |
Nombre del capitán del buque atunero de gran tamaño (LSTV) |
Nombre del capitán del buque de transporte: |
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Salida |
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desde |
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Retorno |
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a |
Firma: |
Firma: |
Firma: |
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Transbordo |
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Indíquese el peso en kilogramos o la unidad utilizada (por ejemplo, caja, canasto) y el peso desembarcado en kilogramos de esa unidad: ________kilogramos.
LOCALIZACIÓN DEL TRANSBORDO
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Especies |
Puerto |
Mar |
Tipo de producto |
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Entero |
Eviscerado |
Descabezado |
Fileteado |
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En caso de transbordo efectuado en el mar, nombre y firma del observador de la CAOI:
(1) Para completar la presente declaración de transbordo, deben indicarse la hora y la fecha del transbordo en tiempo universal coordinado (UTC).
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2026/117/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)