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Document 31972R2778

Regulation (EEC) No 2778/72 of the Commission of 20 December 1972 amending Regulation (EEC) No 1172/72 prescribing the form of the documents referred to in Council Regulation (EEC) No 517/72 and Council Regulation (EEC) No 516/72

OJ L 292, 29.12.1972, p. 22–22 (DE, FR, IT, NL)
English special edition: Series I Volume 1972(28-30.12) P. 79 - 79

⏵Other special edition(s) (DA, ES, PT)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 01/06/1992

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1972/2778/oj

31972R2778

Reglamento (CEE) n° 2778/72 de la Comisión, de 20 de diciembre de 1972, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1172/72 relativo al establecimiento de los documentos citados por el Reglamento (CEE) n° 517/72 del Consejo y el Reglamento (CEE) n° 516/72 del Consejo

Diario Oficial n° L 292 de 29/12/1972 p. 0022
Edición especial en danés: Serie I Capítulo 1972(28-30.12) p. 0003
Edición especial en inglés: Serie I Capítulo 1972(28-30.12) p. 0079
Edición especial en español: Capítulo 07 Tomo 2 p. 0006
Edición especial en portugués: Capítulo 07 Tomo 2 p. 0006


REGLAMENTO ( CEE ) N º 2778/72 DE LA COMISIÓN

de 20 de diciembre de 1972

por el que se modifica el Reglamento ( CEE ) n º 1172/72 relativo al establecimiento de los documentos citados por el Reglamento ( CEE ) n º 517/72 del Consejo y el Reglamento ( CEE ) n º 516/72 del Consejo

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Tratado de adhesión a la Comunidad Económica Europea y a la Comunidad Europea de la Energía Atómica del Reino de Dinamarca , de Irlanda , del Reino de Noruega y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y , en particular , el artículo 153 del Acta relativa a las condiciones de adhesión y a las adaptaciones de los Tratados ,

Considerando que los Anexos 1 y 4 del Reglamento ( CEE ) n º 1172/72 de la Comisión , de 26 de mayo de 1972 , relativo al establecimiento de los documentos citados en el Reglamento ( CEE ) n º 517/72 del Consejo y el Reglamento ( CEE ) n º 516/72 del Consejo (1) , contienen , en llamada a pie de página , la enumeración de los signos distintivos de los seis Estados miembros de la Comunidad ; que , como consecuencia de la adhesión , a partir del 1 de enero de 1973 , del Reino de Dinamarca , de Irlanda y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte , debe adaptarse dicha llamada a pie de página ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

El texto de las llamadas a pie de página (1) de los Anexos 1 y 4 del Reglamento ( CEE ) n º 1172/72 de la Comisión , de 26 de mayo de 1972 , relativo al establecimiento de los documentos a los que se refieren los Reglamentos ( CEE ) n º 517/72 del Consejo , y ( CEE ) n º 516/72 del Consejo , será sustituido por el siguiente texto :

« (1) Bélgica ( B ) , Dinamarca ( DK ) , Alemania ( D ) , Francia ( F ) , Irlanda ( IRL ) , Italia ( I ) , Luxemburgo ( L ) , Holanda ( NL ) , Reino Unido ( GB ) . »

Artículo 2

La presente adaptación entrará en vigor el 1 de enero de 1973 .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 20 de diciembre de 1972 .

Por la Comisión

El Presidente

S. L. MANSHOLT

(1) DO n º L 134 de 12 . 6 . 1972 , p. 1 .

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