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Document 32015L2366R(01)
Corrección de errores de la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n.° 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE (DO L 337 de 23.12.2015)
Corrección de errores de la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n.° 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE (DO L 337 de 23.12.2015)
OJ L 153, 10.6.2016, p. 39–39
(ES)
ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2015/2366/corrigendum/2016-06-10/oj
|
10.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 153/39 |
Corrección de errores de la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE
( Diario Oficial de la Unión Europea L 337 de 23 de diciembre de 2015 )
En la página 100, en el artículo 81, apartado 3, segunda frase:
donde dice:
«En el supuesto de que la operación de pago sea iniciada por el beneficiario o a través de él, el proveedor de servicios de pago del ordenante garantizará que el beneficiario reciba el importe total de la operación de pago.»,
debe decir:
«En el supuesto de que la operación de pago sea iniciada por el beneficiario o a través de él, el proveedor de servicios de pago del beneficiario garantizará que el beneficiario reciba el importe total de la operación de pago.».