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Document 32019D0325

Decisión (PESC) 2019/325 del Consejo, de 25 de febrero de 2019, por la que se modifica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús

ST/6278/2019/INIT

DO L 57 de 26.2.2019, p. 4–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2019/325/oj

26.2.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 57/4


DECISIÓN (PESC) 2019/325 DEL CONSEJO

de 25 de febrero de 2019

por la que se modifica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 15 de octubre de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/642/PESC (1), relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús.

(2)

De la revisión de dicha Decisión se desprende que las medidas restrictivas contra Belarús deben prorrogarse hasta el 28 de febrero de 2020.

(3)

Procede, por lo tanto, modificar la Decisión 2012/642/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 8 de la Decisión 2012/642/PESC se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 8

1.   La presente Decisión se aplicará hasta el 28 de febrero de 2020.

2.   La presente Decisión estará sujeta a revisión continua y se prorrogará o modificará, según proceda, si el Consejo estima que no se han cumplido sus objetivos.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 2019.

Por el Consejo

El Presidente

G. CIAMBA


(1)  Decisión 2012/642/PESC del Consejo, de 15 de octubre de 2012, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús (DO L 285 de 17.10.2012, p. 1).


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