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Document 22018D0002
Decision No 1/2017 of the EU-Georgia Association Committee in Trade configuration of 6 December 2017 establishing the list of arbitrators referred to in Article 268(1) of the Association Agreement between the European Union and the European Atomic Energy Community and their Member States, of the one part, and Georgia, of the other part [2018/2]
Decisión n.° 1/2017 del Comité de Asociación UE-Georgia en su configuración de Comercio, de 6 de diciembre de 2017, sobre el establecimiento de la lista de árbitros mencionada en el artículo 268, apartado 1, del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra [2018/2]
Decisión n.° 1/2017 del Comité de Asociación UE-Georgia en su configuración de Comercio, de 6 de diciembre de 2017, sobre el establecimiento de la lista de árbitros mencionada en el artículo 268, apartado 1, del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra [2018/2]
DO L 1 de , pp. 3–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
4.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 1/3 |
DECISIÓN N.o 1/2017 DEL COMITÉ DE ASOCIACIÓN UE-GEORGIA EN SU CONFIGURACIÓN DE COMERCIO
de 6 de diciembre de 2017
sobre el establecimiento de la lista de árbitros mencionada en el artículo 268, apartado 1, del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra [2018/2]
EL COMITÉ DE ASOCIACIÓN EN SU CONFIGURACIÓN DE COMERCIO,
Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra («Acuerdo»), y en particular su artículo 268, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
De conformidad con el artículo 431 del Acuerdo, determinadas partes de este se aplican provisionalmente desde el 1 de septiembre de 2014. |
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(2) |
Según el artículo 408, apartado 3, del Acuerdo, el Comité de Asociación tiene la facultad de adoptar decisiones con arreglo a lo dispuesto en el Acuerdo. |
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(3) |
Según el artículo 268, apartado 1, del Acuerdo, el Comité de Asociación en su configuración de Comercio, tal como figura en el artículo 408, apartado 4, del Acuerdo, debe establecer una lista de al menos quince personas con disposición y capacidad para ejercer de árbitro en los procedimientos de solución de diferencias en el plazo de seis meses a partir del inicio de la aplicación provisional del Acuerdo. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La lista de árbitros a los efectos del artículo 268, apartado 1, del Acuerdo se establece en el anexo.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor en la fecha de su adopción.
Hecho en Tiflis, el 6 de diciembre de 2017.
Por el Comité de Asociación en su configuración de Comercio
La Presidencia
G. ARVELADZE
Los Secretarios
M. GABUNIA
S. ZALESKI
ANEXO
LISTA DE ÁRBITROS
I. Árbitros propuestos por Georgia
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1. |
Christian Häberli (Suiza) |
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2. |
Donald McRae (Canadá) |
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3. |
John Adank (Nueva Zelanda) |
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4. |
Ronald Saborio (Costa Rica) |
|
5. |
Thomas Cottier (Suiza) |
II. Árbitros propuestos por la UE
|
1. |
Claus-Dieter Ehlermann |
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2. |
Giorgio Saccerdoti |
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3. |
Jacques Bourgeois |
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4. |
Pieter Jan Kuijper |
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5. |
Ramon Torrent |
III. Presidentes
|
1. |
David Unterhalter (Sudáfrica) |
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2. |
Merit Janow (Estados Unidos) |
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3. |
Helge Seland (Noruega) |
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4. |
Leora Blumberg (Sudáfrica) |
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5. |
William Davey (Estados Unidos) |