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El Reglamento fija normas sobre:
Los términos tradicionales se utilizan para:
El Reglamento fija normas sobre:
El Reglamento también incluye normas para el etiquetado y la presentación relativas a:
Está en vigor desde el .
El Reglamento Delegado se adoptó en paralelo al Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013. Su objetivo es simplificar, aclarar, completar y armonizar las normas de procedimiento relativas a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas para que guarden coherencia con las normas aplicables a otros productos agrícolas y alimenticios.
Lecturas adicionales:
Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión, de , por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las solicitudes de protección de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales del sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las restricciones de utilización, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al etiquetado y la presentación (DO L 9 de , pp. 2-45).
Véase la versión consolidada.
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